Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2003 (04/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
- SGT Staley Burkart - CW2 MORDAZA Ovalle - LCDR Tom Lundin - Sr. MORDAZA Campuzano - Sr. MORDAZA MORDAZA - Sr. MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, sabado 4 de enero de 2003 US Army US Army US Air Reserve Civilian US Air Force Civilian US Army Civilian US Army

(6) meses computados desde la fecha de suscripcion del respectivo contrato. Articulo 3º.- La presente contratacion se regulara por las disposiciones contenidas en el Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias y modificatorias. Articulo 4º.- La presente Resolucion Jefatural junto con los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, seran puesta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe 0009

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo 4º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional del Congreso de la Republica en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Registrese, comuniquese y publiquese.

DEFENSA
Autorizan ingreso de personal estadounidense para realizar ejercicios militares de capacitacion en destreza medica
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-DE/SG MORDAZA, 1 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema; Que, mediante Oficio Nº 480/CHMAAG/NAVSEC del 5 diciembre 2002, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos comunica al Secretario General del Ministerio de Defensa que la Embajada de los Estados Unidos, ha enviado al Ministerio de Relaciones Exteriores la Nota Diplomatica Nº 1311 con fecha 2 diciembre 2002, en el cual describe la disposicion del Comando Sur de programar Ejercicios Militares de Capacitacion en Destreza Medica (MEDRETES) a realizarse en el Peru durante el ano 2003 en las ciudades de MORDAZA, Iquitos y Tarapoto; Que, la Hoja Diplomatica aludida en el parrafo precedente hace mencion de 3 (tres) Ejercicios Militares de Capacitacion en Destreza Medica; el personal que la conforma no portara MORDAZA y estara compuesta por un equipo que incluye: una Unidad Medica Militar de los Estados Unidos, una Unidad Veterinaria y un Equipo de Especialistas en Asuntos Civiles. Las Unidades Medicas estaran conformadas por personal militar en actividad y/o personal de reserva y personal civil de apoyo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal estadounidense en un numero de 15 (quince) con la finalidad de hacer una visita temporal al Peru para realizar Ejercicios Militares de capacitacion en Destreza Medica, del 12 al 31 enero del 2003. Articulo 2º.- La delegacion estara conformada por los siguientes: - Col MORDAZA Lombeida - Lt Col MORDAZA Fortugno - Lt Col MORDAZA MORDAZA - Maj MORDAZA MORDAZA - Capt MORDAZA MORDAZA - Capt MORDAZA Nies - 1 LT MORDAZA Stevenson - SPC Jeno Karsanyi - SSG MORDAZA Hill US Air Force US Air Force US Air Force US Army US Navy Reserve US Army US Army US Army US Army

Rubrica del Dr. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de RR.EE. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 00005

Autorizan contratar estudio de abogados para que ejerza la representacion legal del Estado Peruano en MORDAZA judicial seguido en EE.UU., mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2098-DE/SG MORDAZA, 26 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1089-DE/SG de 3 de MORDAZA de 2002, se aprobo la contratacion del Estudio de Abogados Akerman, Senterfitt & Eidson P.A., de la MORDAZA de Miami, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para que, en coordinacion con la Comision creada por el Estado mediante Decreto Supremo Nº 003-2002-JUS de 27 de enero de 2002, ejerza la representacion legal del Estado Peruano, en el MORDAZA judicial promovido por la empresa BBC AIRCRAFT LC contra el Estado Peruano ante la Corte del Undecimo Circuito Judicial del Condado de Dade, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, la contratacion del Estudio de Abogados Akerman, Senterfitt & Eidson P.A. fue por el periodo de cuatro (4) meses y por la suma de cien mil dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 100,000.00) por concepto de honorarios profesionales y gastos, que vencio el 31 de octubre de 2002; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1689 DE/SG de 29 de octubre de 2002, se aprobo la prorroga del contrato por el periodo de un mes adicional y por la suma de US$ 20,000.00; Que, mediante carta de 25 de noviembre de 2002, la Presidente de la Comision encargada de coordinar la defensa de los intereses del Estado Peruano, creada por Decreto Supremo Nº 003-2002-JUS de 27 de enero de 2002, ha solicitado ampliar el contrato celebrado con el referido Estudio de Abogados por el periodo de tres (3) meses adicionales, en vista que el MORDAZA judicial MORDAZA citado aun se encuentra en tramite; Que, teniendo en cuenta que la prorroga solicitada excede el MORDAZA contenido en el articulo 42º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de 12 de febrero de 2001, resulta necesario para los intereses del Estado Peruano renovar el contrato por servicios personalisimos con el Estudio de Abogados Akerman, Senterfitt & Eidson. P.A., por los meses de diciem-

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