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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2003 (04/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 236496 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de enero de 2003 so f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por el De- creto Supremo Nº 012-2002-PCM; De conformidad con los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, los artículos 6.4 y 6.5 de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, contando con el informe técni- co-legal que dispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, por no admitir sustituto, para la adquisición del software "Media Plus Back Office" que requiere la Secretaría de Comunicaciones, hasta por lasuma de Cuarenta y Dos Mil Doscientos Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 42 209,00). Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Admi- nistrativos de la Oficina de Administración a realizar la ad- quisición a que se refiere el artículo precedente, mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por lasuma en éste indicada, con cargo a la Fuente de Financia- miento de la Unidad Ejecutora 003-Secretaría General - PCM. Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente Resolu- ción y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00081 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 492-2002-PCM Lima, 30 de diciembre de 2002 Visto, el Memorándum Nº 210-2002-PCM/SC de la Se- cretaría de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el cual remite el detalle de bienes yservicios que requieren para el cumplimiento de sus me- tas; CONSIDERANDO: Que, la Secretaría de Comunicaciones solicita la contra- tación del servicio denominado focus group - "Clima Social Lima", para lo cual se debe convocar a una empresa de investigación de mercados con amplia experiencia en in-vestigación sociológica y de mercados en el ámbito nacio- nal, que dentro de sus productos y servicios efectúe estu- dios de opinión pública de escenarios políticos y sociales.El personal directivo, profesional y de campo que confor- me el staff de la empresa locadora, deberá constituir un equipo de remarcada trayectoria y gran conocimiento en laaplicación de técnicas tanto cualitativas como cuantitati- vas en la investigación sociológica y de mercado. La empre- sa de investigación de mercados, deberá gozar de recono-cido prestigio en investigación sociológica y de mercados forjados sobre la base de su trayectoria profesional, solven- cia patrimonial y económica, infraestructura y equipamien-to de primer orden y contar con un equipo profesional de planta con amplia experiencia en focus groups y encues- tas de opinión a nivel nacional; Que, de acuerdo con el sustento de la prestación enun- ciada, es necesario contratar una empresa de reconocida experiencia, capacidad, calidad, prestigio, credibilidad yespecialización en el rubro, características que la definen como prestadora de servicios personalísimos, conforme a lo previsto por el primer párrafo del artículo 111º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, toda vez que tales cualidades constituyen caracte-rísticas inherentes, particulares o especiales del locador cuya contratación se solicita; Que, a mayor abundamiento, según el Informe Legal Nº 083-2001-(GTN) del Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, de la definición dada por el Reglamento, se desprende que para la determinaciónde este tipo de servicio resulta importante las cualidades especiales del locador, a cuyas características se puede añadir las que la doctrina atribuye al denominado "con- trato intuitu personae" , es decir, la profesionalidad, sol- vencia o responsabilidad económica, entre otros, inde- pendientemente que exista otro locador que pueda pres- tar en esencia el mismo servicio, estableciéndose, de estamanera, que la diferencia entre ambos locadores es la forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlo de la misma manera que el otro; Que, el Inc. h) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que los servicios personalísimos se encuentran exonerados de los procesos de Adjudicación Directa, proce- diendo su contratación como lo dispone el artículo 20º delindicado cuerpo legal, a través de una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley acotada, así como la Directiva Nº 011-2001-CON- SUCODE/PRE, establecen los procedimientos y formali- dades a que deben someterse las contrataciones y adqui-siciones exoneradas de los procesos de selección, precisándose que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse mediante acciones inmedia-tas, sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las bases; De conformidad con los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, los artículos 105º, 111º, 113º y 116º de suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, los artículos 6.4 y 6.5 de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, contando con los Informes Técnico-Legal que dispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, por servicios persona-lísimos, para la contratación del servicio de focus group - "Clima Social Lima" que requiere la Secretaría de Comunicaciones, hasta por la suma de Veinte Mil Seiscien-tos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20 674,00). Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Admi- nistrativos de la Oficina de Administración a realizar la con-tratación a que se refiere el artículo precedente, mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por la suma en éste indicado, con cargo a la Fuente de Financia-miento de la Unidad Ejecutora 003-Secretaría General - PCM. Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente Resolu- ción y de los Informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00082 AGRICULTURA Establecen requisitos fitosanitarios para la importación de productos vege-tales y semillas botÆnicas de las cate-gorías de riesgo fitosanitario 2, 3 y 4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 342-2002-AG-SENASA-DGSV Lima, 12 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, constituye uno de los objetivos del SENASA, la prevención y control de plagas que representan riesgo a laagricultura del país; Que, de conformidad con la Convención Internacio- nal de Protección Fitosanitaria – CIPF de la Organiza-