Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2003 (04/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de enero de 2003

so f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM; De conformidad con los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, los articulos 6.4 y 6.5 de la Directiva Nº 0112001 CONSUCODE/PRE, contando con el informe tecnico-legal que dispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, por no admitir sustituto, para la adquisicion del software "Media Plus Back Office" que requiere la Secretaria de Comunicaciones, hasta por la suma de Cuarenta y Dos Mil Doscientos Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 42 209,00). Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina de Administracion a realizar la adquisicion a que se refiere el articulo precedente, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por la suma en este indicada, con cargo a la Fuente de Financiamiento de la Unidad Ejecutora 003-Secretaria General PCM. Articulo 3º.- Transcribir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00081

de este MORDAZA de servicio resulta importante las cualidades especiales del locador, a cuyas caracteristicas se puede anadir las que la doctrina atribuye al denominado "contrato intuitu personae", es decir, la profesionalidad, solvencia o responsabilidad economica, entre otros, independientemente que exista otro locador que pueda prestar en esencia el mismo servicio, estableciendose, de esta manera, que la diferencia entre ambos locadores es la forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlo de la misma manera que el otro; Que, el Inc. h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los servicios personalisimos se encuentran exonerados de los procesos de Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion como lo dispone el articulo 20º del indicado cuerpo legal, a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, los articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley acotada, asi como la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, establecen los procedimientos y formalidades a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, precisandose que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas, sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases; De conformidad con los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, los articulos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, los articulos 6.4 y 6.5 de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, contando con los Informes TecnicoLegal que dispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 492-2002-PCM MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Visto, el Memorandum Nº 210-2002-PCM/SC de la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el cual remite el detalle de bienes y servicios que requieren para el cumplimiento de sus metas; CONSIDERANDO: Que, la Secretaria de Comunicaciones solicita la contratacion del servicio denominado focus group - "Clima Social Lima", para lo cual se debe convocar a una empresa de investigacion de mercados con amplia experiencia en investigacion sociologica y de mercados en el ambito nacional, que dentro de sus productos y servicios efectue estudios de opinion publica de escenarios politicos y sociales. El personal directivo, profesional y de MORDAZA que conforme el staff de la empresa locadora, debera constituir un equipo de remarcada trayectoria y gran conocimiento en la aplicacion de tecnicas tanto cualitativas como cuantitativas en la investigacion sociologica y de mercado. La empresa de investigacion de mercados, debera gozar de reconocido prestigio en investigacion sociologica y de mercados forjados sobre la base de su trayectoria profesional, solvencia patrimonial y economica, infraestructura y equipamiento de primer orden y contar con un equipo profesional de planta con amplia experiencia en focus groups y encuestas de opinion a nivel nacional; Que, de acuerdo con el sustento de la prestacion enunciada, es necesario contratar una empresa de reconocida experiencia, capacidad, calidad, prestigio, credibilidad y especializacion en el rubro, caracteristicas que la definen como prestadora de servicios personalisimos, conforme a lo previsto por el primer parrafo del articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, toda vez que tales cualidades constituyen caracteristicas inherentes, particulares o especiales del locador cuya contratacion se solicita; Que, a mayor abundamiento, segun el Informe Legal Nº 083-2001-(GTN) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la definicion dada por el Reglamento, se desprende que para la determinacion

Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, por servicios personalisimos, para la contratacion del servicio de focus group "Clima Social Lima" que requiere la Secretaria de Comunicaciones, hasta por la suma de Veinte Mil Seiscientos Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20 674,00). Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina de Administracion a realizar la contratacion a que se refiere el articulo precedente, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por la suma en este indicado, con cargo a la Fuente de Financiamiento de la Unidad Ejecutora 003-Secretaria General PCM. Articulo 3º.- Transcribir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00082

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios para la importacion de productos vegetales y semillas botanicas de las categorias de riesgo fitosanitario 2, 3 y 4
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 342-2002-AG-SENASA-DGSV MORDAZA, 12 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, constituye uno de los objetivos del SENASA, la prevencion y control de plagas que representan riesgo a la agricultura del pais; Que, de conformidad con la Convencion Internacional de Proteccion Fitosanitaria ­ CIPF de la Organiza-

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