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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2003 (16/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 237464 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de enero de 2003 Servicios Sociales; Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil; Comisión de Servicios a la Ciudad; Que, de acuerdo a los objetivos de la actual gestión, es necesario conformar dos comisiones adicionales a las ya instituidas, siendo éstas la Comisión de Ecología y Medio Ambiente y la Comisión de Transporte y Vialidad; Que, asimismo, en el artículo 73º de la norma citada se establece que "el número mínimo de los miembros de lasComisiones es de tres (3) pudiendo ser mayor siempre ycuando sea impar. El quórum de las Comisiones se esta- blece por mayoría"; Que, como consecuencia de la variación del número de Comisiones, se requiere determinar el número máximo deintegrantes de las Comisiones de Trabajo, debiendo modi-ficarse para tal efecto el artículo 73º; Que, en ese orden de ideas se debe modificar el Artícu- lo 87º del citado reglamento, incorporándose como función del Presidente de Comisión, la facultad de tener voto diri-mente cuando exista empate en la votación de sus acuer-dos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó lo siguiente; Artículo Primero.- Modifíquense los Artículos 73º, 85º y 87º del Reglamento Interno del Concejo - RIC, los mismosque quedarán redactados de la siguiente manera: "Art. 73º.- El número mínimo de los miembros de las Comisiones es de tres (3) pudiendo ser hasta de cinco (5)miembros. El quórum de las Comisiones se establece pormayoría". "Art. 85º.- El Concejo contará con diez (10) Comisiones Permanentes que corresponderán a los órganos funda-mentales de la gestión municipal. Las Comisiones Perma-nentes serán las siguientes: 1.- Comisión de Asuntos Jurídicos 2.- Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática 3.- Comisión de Comercialización4.- Comisión de Desarrollo Urbano5.- Comisión de Educación, Cultura, Recreación y De- portes 6.- Comisión de Participación Vecinal y Servicios Socia- les 7.- Comisión de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil8.- Comisión de Servicios a la Ciudad9.- Comisión de Ecología y Medio Ambiente10.- Comisión de Transporte y Vialidad" "Art. 87º.- Son funciones del Presidente: - Convocar y Presidir las Comisiones - Informar al Concejo las actividades de la Comisión- Votar como dirimente en caso de empate" Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General la difusión y cumplimiento del presente Edicto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 00851 Autorizan contratación del servicio de impresión de cuponeras de pago parael cobro del impuesto predial y arbi- trios y del servicio de mensajería ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2003 La Molina, 7 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 6 de enero del 2003;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a ley, tienen auto-nomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia. Corresponden al Concejo lasfunciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía lasfunciones ejecutivas; Que, con Informe Nº 002-2003-MDLM-OA de fecha 3 de enero del 2003, el Director de Administración mani-fiesta que, el 28 de febrero del 2003 de acuerdo a lanormatividad pertinente, vence el plazo para el pagocorrespondiente al Impuesto Predial, oportunidad en laque, en paralelo, se efectúa el cobro de Arbitrios Munici- pales, Servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes y Serenazgo; Que, la anterior Gestión Municipal no adoptó oportu- namente las acciones necesarias para la inclusión deesta actividad en el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones para el año 2003 y así poder llevar a cabo el proceso de selección correspondiente, por lo que es necesario adoptar los mecanismos legales que permitana la Municipalidad cumplir con la emisión oportuna de laCuponera de Pago del Impuesto Predial y Arbitrios deLimpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, asícomo su distribución oportuna a los contribuyentes del distrito de La Molina, aplicando el marco normativo ex- cepcional que fija las normas de contratación y adquisi-ción del Estado; Que, los cobros de dichos conceptos se realizan me- diante Cuponeras que contienen los recibos de pago co-rrespondientes al año fiscal vigente, y que se remiten a los contribuyentes por única vez, por lo que se obtienen en una sola contratación del servicio de impresión de las mis-mas que, para el presente año, se estima como valor refe-rencial la suma de S/. 66,282.00 (sesenta y seis mil dos-cientos ochenta y dos y 00/100 Nuevos Soles), lo queconlleva a la convocatoria de una Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación del Servicio de Impresión de las Cuponeras de Pago del Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales del año 2003, cuyo proceso de selección abar-caría un plazo mayor al previsto para la distribución de lasreferidas Cuponeras, este hecho no permitiría que los con-tribuyentes puedan realizar oportunamente sus pagos lo que se traduciría en una deficiente recaudación poniendo en peligro la prestación de servicios básicos a la comuni-dad; Que, el Artículo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado establece que "Se con- sidera situación de urgencia cuando la ausencia extraordi- naria e imprevisible de determinado bien o servicio compro-mete, en forma directa e inminente, la continuidad de losservicios esenciales o de las operaciones productivas quela Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a laEntidad a la adquisición o contratación de los bienes, ser- vicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selecciónque corresponda"; Que, el inciso c) del Artículo 19º de la citada norma establece que, están exonerados de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta, según sea el caso, las adquisiciones y contrata- ciones que se realicen en situación de urgencia declara-das conforme a Ley; y, el Artículo 20º establece que lasadquisiciones antes indicadas se realizan mediante elproceso de menor cuantía; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) del Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la formalidad de los procedi-mientos no sujetos a Licitación Pública y Concurso Pú-blico o Adjudicación Directa se aprobará medianteAcuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobier-nos Locales, publicado en el Diario Oficial El Peruano y remitido a la Contraloría General de la República, den- tro de los diez días calendario siguientes a la fecha desu aprobación; Estando al Informe Nº 007/MDLM-AJ/2003 de fecha 6 de enero del 2003, de la Oficina de Asesoría Jurídica; a losInformes Nºs. 002-003-MDLM-OA y 008-2003-MDLM-OA de fecha 6 de enero del 2003, de la Dirección de Adminis- tración; y, de acuerdo a las facultades conferidas por laLey Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Con-cejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de apro-bación del Acta;