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PÆg. 238243 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los Artículos 5º y 7º del Reglamento dedicha Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Su-premo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2003, el mismo que en documento adjunto for- ma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución se pu- blique en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su expedición, en igual plazo debe-rá notificarse al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Pro- moción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Informática, incluya en la página WEB del Ministerio de Energía y Mi- nas el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones delMinisterio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 01910 INTERIOR Decomisan armas de fuego internadas en almacenes de la DICSCAMEC por estar implicadas en hechos delictivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2205-2002-IN/1706 Lima, 5 de diciembre del 2002 Visto: la Hoja de Recomendación Nº 158-2002-IN-1703 de 2.DIC.2002, de la Comisión nombrada por R.D. Nº 2575-2001-IN-1706 de 2.DIC.2002, para la evaluación del destino final de las armas de fuego internadas desde 1973 en los almacenes de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil DICS- CAMEC, por haberse encontrado implicadas en hechos delic- tivos, sin que haya sido posible determinar su procedencia portener el número de serie erradicado, y de las armas de fuego internadas por sus propietarios en forma definitiva, para que la DICSCAMEC determine su destino final. CONSIDERANDO: Que, la Subdirección de Administración de Armas de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Con- trol de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil DICSCA- MEC, con el Informe Técnico Nº 32-2002-IN-1702-3 de11.OCT.2002, informa que existen mil novecientas noventitrés (1993) armas de fuego que han sido internadas en los almace- nes de la DICSCAMEC, por encontrarse implicadas en hechosdelictivos con el número de serie erradicado por acción mecá- nica, lo que constituye infracción al inciso f) del artículo 158º del D.S. Nº 007-98-IN del 1.OCT.98, que es sancionada con eldecomiso del arma, según la Tabla de Infracciones aprobada por R.M. Nº 1032-98-IN-0101 de 19.NOV.98; y con los Infor- mes Nº 33-2002-IN-1702-3 de 20.NOV.2002 y Nº 34-2002-IN-1702-3 de 20.NOV.2002 da cuenta que quinientas ochenta (580) armas de fuego han sido internadas por sus propietarios en forma definitiva, renunciando irrevocablemente a su propiedad,a efecto que la DICSCAMEC determine su destino final; Que la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos yotros Materiales Relacionados", suscrita por el Perú el 14.NOV.97 en Washington D.C. Estados Unidos de Norte Amé- rica, en el marco del Vigésimo Cuarto Período de Sesiones dela Asamblea General de la Organización de los Estados Ame- ricanos, que fue ratificada con el D.S. Nº 029-99-RE de 4.JUN.99, dispone que los Estados miembros deben adoptarlas medidas necesarias para asegurar que las armas de fuegoque hayan sido incautadas, confiscadas o decomisadas no lle- guen a manos de particulares o del comercio por la vía desubasta, y recomienda la destrucción de las armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; Que la Secretaría de Asuntos Multilaterales y Especiales del Ministerio de Relaciones con el FACSÍMIL (SME-PMS- ONU) Nº 222-2002 de 26.NOV.2002, comunica el interés de difundir los esfuerzos del Perú en el cumplimiento delPrograma de Acción de la Organización de Estados Ame- ricanos para combatir y eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras dentro del Marco del 15º Aniversariode la "Creación del Centro Regional de las Naciones Uni- das para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe", y solicita la participación del SectorInterior en el proyecto de erradicación de armas; Que la Ley Nº 25054 de 19.JUN.89 que norma la fabri- cación, comercio, posesión y uso por particulares de ar-mas y municiones que no son de guerra y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 007-98-IN del 1.OCT.98, estable- cen que el Ministerio del Interior a través de la DirecciónGeneral de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC, es la entidad encargada del control, destino final y destruc-ción de las armas de fuego de uso civil; y, Estando a lo propuesto por el Director General de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC y lo opinado por la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior en el InformeNº 6827-2002-IN-0202 de 28.NOV.2002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Decomisar las mil novecientas noventi- trés (1,993) armas de fuego que se encuentran internadas en los almacenes de la Dirección General de Control deServicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Ex- plosivos de Uso Civil DICSCAMEC, por haberse encontra- do implicadas en hechos delictivos, con el número de serieerradicado, y las quinientas ochenta (580) armas de fuego internadas por sus propietarios en forma definitiva en la DICSCAMEC, de acuerdo a las relaciones que se adjun-tan que forman parte de la presente resolución; y que ha- cen un total de dos mil quinientos setentitrés (2,573) ar- mas de fuego que se detallan a continuación: a) Armas con el número de serie erradicado (Limado) Armas neumáticas 031 Carabinas 119Escopetas 342 Pistolas 207 Revólveres 1 ,294 --------- 1,993 b) Armas internadas en forma definitiva por sus propie- tarios Carabinas 035 Escopetas 082 Pistolas 165 Revólveres 295Pistolas Ametralladoras 003 ------- 580 TOTAL: 2,573 Artículo 2º.- Autorizar la destrucción de las dos mil quinientas setentitrés (2,573) armas de fuego, indicadas en el artículo precedente. Artículo 3º.- La Dirección General de Control de Servi- cios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explo- sivos de Uso Civil DICSCAMEC, al término de la destruc-ción de las armas de fuego, formulará el Informe final co- rrespondiente, anexando las actas debidamente suscritas por los participantes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 23177