Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2003 (31/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 238239 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 Que, por Resolución Suprema Nº 354-2001-ED, se de- signó al señor Martín Javier SOTA NADAL, como Presi-dente de la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria; Que, la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria, a través de su Presidente ha entregado al señor Ministro de Educación el diagnóstico de la realidad universitaria así como el Anteproyecto de la Ley Universi-taria, habiendo cumplido con el trabajo encomendado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modifi-cado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por finalizado el trabajo de la Comi- sión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria. Artículo 2º.- Agradecer al señor Martín Javier SOTA NADAL, Presidente de la Comisión Nacional por la Segun-da Reforma Universitaria, por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 01930 Aceptan renuncia de Director Regional de Educación Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0189-2003-ED Lima, 30 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 310-2001-ED, se designó a don Santiago ARAUJO SALINAS, como Di- rector Regional de Educación Piura, cargo considerado deconfianza; Que, el mencionado funcionario ha presentado su re- nuncia al cargo referido en el considerando precedente; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renun-cia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supre- mos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por don Santiago ARAUJO SALINAS, como Director Regional de Educación Piura, cargo considerado de confianza, dán-dosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 01891 Aceptan renuncia de Directora de la Unidad de Servicios Educativos N” 04 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0193-2003-ED Lima, 30 de enero de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2002-ED, se designó a doña María Victoria MADRID MENDOZA, como Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº04, cargo considerado de confianza; Que, la mencionada funcionaria ha presentado su re- nuncia al cargo referido en el considerando precedente; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renun-cia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supre- mos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por doña María Victoria MADRID MENDOZA, como Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, cargo consi-derado de confianza, dándosele las gracias por los servi- cios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 01884 ENERGÍA Y MINAS Reconocen servidumbres convenciona- les de ocupación de bienes a favor de Luz del Sur S.A.A. para instalaciones de servicio pœblico de electricidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2003-EM/DM Lima, 13 de enero de 2003 VISTO: El expediente Nº 31123502 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando el reconocimiento de la servi- dumbre de ocupación de bienes de propiedad particularindispensable para la instalación de la subestación com- pacta del tipo pedestal de distribución para Servicio Públi- co de Electricidad Nº 8636; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107- 96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado el re- conocimiento de la servidumbre de ocupación de bienes depropiedad particular indispensable para la instalación de la sub- estación compacta del tipo pedestal de distribución para Servi- cio Público de Electricidad Nº 8636, ubicada en Lotización In-dustrial Santa Rosa Calle "K" (hoy Michael Faraday) Mz. "N" Lote 21, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio se- ñalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación de bienes de propie- dad particular del Sr. Jesús Morote Solari e hijos, sobre unárea de 7,11 metros cuadrados para una subestación de distri- bución, conforme consta en el Acta de Conciliación Nº 273 de fecha 2 de octubre de 2002, cuya copia obra en el expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Conce- siones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la exis-tencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación atal servidumbre convencional las normas de seguridad esta- blecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, así como en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley de