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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2003 (31/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 78

PÆg. 238292 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 Establecen Beneficio Especial al Buen Contribuyente ORDENANZA Nº 129-MDB Barranco, 22 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO el Informe Nº 009-2003-USC/OAT/MDB emitido por la Jefe de la Unidad del Servicio al Contribuyente de esta Municipalidad respecto al beneficio especial al buen contribuyente, en la sesión ordinaria de Concejo del 22de enero del 2003; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son ór- ganos de gobierno local que gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, la Constitución Política del Perú, en su segundo párrafo del artículo 74º establece que los Gobiernos Loca- les pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, ta- sas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro desu jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, es necesario reconocer y premiar la puntualidad en sus obligaciones tributarias a los contribuyentes que enla actualidad no tienen deudas pendientes de cancelación con la Municipalidad, por lo que se les otorgarán descuen- tos especiales para el Ejercicio 2003; Que, los artículos 27º y 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF que aprueban el Texto Único Ordenado, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Locales a condonar concarácter general los intereses moratorios y las sanciones, respecto a los tributos que administran; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, Ley Nº 23853, y con el voto unáni- me de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- BENEFICIO ESPECIAL AL BUEN CONTRIBUYENTE.- Los contribuyentes que al 31 de di- ciembre del 2002 estuvieran al día en el pago de sus obli- gaciones tributarias (Impuesto Predial y Arbitrios); obten-drán una rebaja excepcional, equivalente al Cinco por ciento (5%) de descuento sobre la liquidación del tributo insoluto de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques yJardines y Serenazgo) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003. Este beneficio se encontrará incluido en la Liquida- ción de Tributos que emita oportunamente la Municipali-dad. Artículo Segundo.- DESCUENTO POR PRONTO PAGO TOTAL.- Los contribuyentes que al 28 de febre- ro del 2003 efectúen la cancelación por adelantado de sus obligaciones tributarias correspondientes al Ejerci-cio Fiscal 2003 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipa- les), obtendrán una rebaja ascendente al Diez por cien- to (10%) de descuento sobre los Arbitrios Municipalesde Limpieza Pública, de Parques y Jardines y de Serenazgo. Artículo Tercero.- DESCUENTO POR PRONTO PAGO TRIMESTRAL.- Los contribuyentes que efectúen la can- celación de sus obligaciones tributarias correspondientesal Ejercicio Fiscal 2003 (Impuesto Predial y Arbitrios Munici- pales) en forma trimestral y dentro de las fechas de venci- miento establecidas por la Municipalidad (28 de febrero, 30de mayo, 29 de agosto, 28 de noviembre); obtendrán una rebaja equivalente al Cinco por ciento (05%) de descuento sobre la cuota correspondiente de los Arbitrios Municipa-les de Limpieza Pública, de Parques y Jardines y de Se- renazgo. Artículo Cuarto.- Los beneficios señalados en los ar- tículos segundo y tercero de la presente Ordenanza no serán acumulables. Artículo Quinto.- En aplicación de la norma VI del Código Tributario, aprobado por el Decreto SupremoNº 0135-99-EF, deróguese en su totalidad la Ordenanza Nº 079-MDB. Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Oficina de Administración Tributaria y a la Oficina de Planeamiento. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, ratifíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 01795 Establecen monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predialcorrespondiente al ejercicio fiscal 2003 ORDENANZA Nº 130-MDB Barranco, 22 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Informe Nº 010-2003-USC/OAT/MDB emiti- do por la Jefe de la Unidad del Servicio al Contribuyente de esta Municipalidad respecto al monto mínimo a pagar por concepto de impuesto predial 2003, en la Sesión Ordinariade Concejo del 22 de enero del 2003; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley deTributación Municipal, las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente al cero con 60/100 por ciento(0,6%) de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT vigente al 1 de enero del año a que corresponde el impuesto; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT vigente al 1 de enero del ejercicio fiscal 2003 ha sido establecido en Tres Mil Cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,100); Que, estando a lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 36º y por el artículo 109º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853 y con el voto unánime de sus miem-bros, el Concejo Municipal ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer en la jurisdicción distri- tal de Barranco, que el importe mínimo a pagar por con-cepto del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fis- cal 2003 es de Dieciocho y 60/100 Nuevos Soles (S/. 18.60). Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Oficina de Administración Tributaria y a la Oficina de Planeamiento. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, ratifíquese, publíquese, cúm- plase y archívese.. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 01796 Fijan montos por concepto de emisión mecanizada, determinación y distribu-ción de tributos para el aæo 2003 ORDENANZA Nº 131-MDB Barranco, 22 de enero del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO