Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (14/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 239108 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de febrero de 2003 cutivo ante la Comisión encargada de elaborar el Ante- proyecto de la Reforma del Código Civil, dándosele las gracias por la colaboración prestada. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Comisión de Constitución del Congreso, y a los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 02869 Designan representante del Poder Ejecutivo ante Comisión encargada deelaborar el Anteproyecto de la Refor-ma del Código Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2003-JUS Lima, 11 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26394, modificada por Ley Nº 26673, se crea la Comisión encargada de elaborar un Antepro- yecto de la Ley de Reforma del Código Civil, la mismaque estará integrada por cinco representantes del Poder Legislativo, y por ocho representantes del Poder Ejecuti- vo, designados por el Ministerio de Justicia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 460-2002- JUS, publicada el 3 de diciembre de 2002, se designó a los representantes del Poder Ejecutivo ante la Comisiónencargada de elaborar el Anteproyecto de la Reforma del Código Civil; Que, resulta necesario nombrar a un nuevo represen- tante del Poder Ejecutivo ante la referida Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, por el artículo 1ºde la Ley Nº 26394, modificada por la Ley Nº 26673, y por los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al doctor Javier de Belaúnde López de Romaña, como representante del Poder Ejecuti- vo ante la Comisión encargada de elaborar el Antepro-yecto de la Reforma del Código Civil. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Comisión de Constitución del Congreso, y alos interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 02870 PRODUCE Establecen que en toda actividad ofi- cial estatal, regional y municipal sepromoverÆ el uso de vinos y licoresnacionales, especialmente del pisco DECRETO SUPREMO Nº 005-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 100, de fecha 21 de septiembre de 1932, se estableció que en el Palacio deGobierno, prefecturas, municipalidades, etc., en todos los actos oficiales sólo se consumirán vinos y licores nacionales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-91-ICTI/ IND, de fecha 16 de enero de 1991, se da pleno reconoci- miento oficial al Pisco como denominación de origen pe- ruano para los productos obtenidos por la destilación decaldos, resultante de la fermentación exclusiva de la uva madura, obtenida en la costa en los departamentos de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y los valles de Locumba,Sama y Caplina del departamento de Tacna; Que, mediante la Ley Nº 26426, publicada el 24 de enero de 1995, se da fuerza de Ley a los Decretos Supre-mos señalados en los considerandos anteriores y se establece que el Poder Ejecutivo deberá dictar medidas de todo género que se requieran para lograr la recupera-ción y desarrollo de la producción vitivinícola nacional; Que, la mencionada Ley establece que el Poder Eje- cutivo dispondrá las medidas requeridas para alentar ladivulgación y consumo del Pisco, especialmente en usos oficiales y diplomáticos; Que, las normas señaladas en los considerandos precedentes cuentan con plena vigencia, correspondien- do al Poder Ejecutivo el velar por el cumplimiento de las mismas y adoptar las medidas necesarias para garanti-zar el mismo; Que, adicionalmente a lo señalado, el gobierno pe- ruano es consciente de la necesidad de incentivar anivel nacional el consumo del Pisco, producto de origen peruano, el mismo que viene constituyéndose en el pro- ducto bandera de nuestro país, a fin de promover suproducción y comercialización; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 055- 99-ITINCI/DM y 044-2003-PRODUCE, se instituyó elcuarto domingo del mes de julio de cada año como el DÍA DEL PISCO y el día 8 de febrero de cada año como el DÍA DEL PISCO SOUR, respectivamente, a nivel nacio-nal; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y deconformidad con los Decretos Supremos Nºs. 100 y 001- 91-ICTI/IND y las Leyes Nºs. 26426 y 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Produc-ción; DECRETA:Artículo 1º.- En toda actividad oficial desarrolla- da en Palacio de Gobierno, la Presidencia del Conse-jo de Ministros, los Ministerios, el Congreso de la República, las Municipalidades, los Gobiernos Re- gionales, los Organismos Públicos Descentralizadoso en general en cualquier dependencia del Estado, se promoverá de manera preferente la utilización de vinos y licores nacionales, especialmente el Piscoen sus diferentes variedades y presentaciones, ta- les como el Pisco Sour. Artículo 2º.- Las instituciones, entidades, organis- mos y en general cualquier dependencia del Estado, denominarán "Pisco de Honor" a las recepciones y brin- dis oficiales que realicen. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de la Producción, el Ministro de Agricultura, elMinistro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Justicia, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior, el Mi-nistro de Defensa, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro deEducación, el Ministro de Salud, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción