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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (14/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 239125 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de febrero de 2003 Que, la Dirección de Abastecimiento ha elaborado el proyecto del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de la Asamblea Nacional de Rectores para el año 2003, habiéndolo presentado a la Dirección Ejecutivapara su aprobación; Que, la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sec- tor Público para el Año Fiscal 2003, señala el artículo 32ºlos montos para la determinación de los Proyectos de Selección para efectuar las Licitaciones Públicas, Con- cursos Públicos y Adjudicaciones Directas; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el cita- do Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones corres- pondiente al ejercicio Fiscal 2003; De conformidad con el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los artículos 5º y 7º d el Reglamento de dicha Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Regla- mento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Asamblea Nacional de Rectores para el Año Fiscal 2003, que en documento adjunto for-ma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que le Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Asamblea Nacional deRectores para el Año Fiscal 2003 aprobado por el artí- culo precedente, se ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado(CONSUCODE) y de la Comisión de Promoción de la Pequeña Micro Empresa (PROMPYME), dentro de los diez días siguientes hábiles a la fecha de aprobación dela presente resolución. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección de Abasteci- miento publique la presente resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- Autorizar se incluya en la página web de la Asamblea Nacional de Rectores el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Asamblea Nacional de Rectores para el año 2003. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCÍO RONDINEL SOSA Secretaria General de laAsamblea Nacional de Rectores 03012 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Declaran fundado recurso de apelación interpuesto por empresa en cuanto dejasin efecto el otorgamiento de buena prorelativa a servicios de seguridad y vigi-lancia para local institucional del CNM RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 017-2003-P-CNM San Isidro, 11 de febrero de 2003 VISTOS: El recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Servicios Generales Corporación SRL - SERGER y Se-guridad Industrial S.A. - SISA, contra el otorgamiento de la Buena Pro de la adjudicación directa selectiva Nº 001- 2003-CNM; y los informes Nº 04-2003-CEPCA-CNM defecha 29 de enero de 2003 y Nº 017-2003-GL-CNM de fecha 10 de febrero de 2003, del Comité Especial Perma- nente de Contrataciones y Adquisiciones y de la Geren- cia Legal, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 003-2003-P-CNM de fecha 6 de enero de 2003, se aprueban las bases de la Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 0001-2003-CNM, con el objetode convocar al proceso de selección de una empresa que brinde los servicios de seguridad y vigilancia parti- cular en el local institucional del Consejo Nacional de laMagistratura; Que, como resultado del proceso de selección, con fecha 22 de enero de 2003, el Comité Especial Perma-nente de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Nacional de la Magistratura, otorgó la Buena Pro a la empresa Policía Particular El Observador SRL; Que, el Consorcio Servicios Generales Corporación SRL- SERGER y Seguridad Industrial S.A. - SISA, den- tro del plazo y cumpliendo con los requisitos legales,interpone recurso de apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro de la adjudicación directa selectiva Nº 001-2003-CNM, solicitando se reasignen los puntajescorrespondientes al factor 5.B.2 - Experiencia en el mer- cado, se deje sin efecto la adjudicación de la buena pro, se rectifiquen los puntajes y se le otorgue la buena pro,por los fundamentos siguientes: a) El Comité Especial Permanente al evaluar el factor 5.B.2 - "Experiencia en el mercado", de las bases, no tuvo en cuenta lo dispuestopor el artículo 61º del Texto Único Ordenado del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, que esta-blece que el sobre conteniendo la propuesta técnica para la contratación de servicios en general, deberá incluir información referida a los factores de evaluación consi-derados en las bases, debiendo el postor especificar el tiempo de experiencia en la actividad, principales traba- jos realizados y/o trabajos similares, que se sustentaráncon copia simple de los certificados, constancias o los respectivos contratos, con un máximo de diez (10) tra- bajos en cada caso, número de trabajos que la apelanteacreditó y por lo cual considera le corresponde se le otorgue el puntaje máximo en ese rubro, 20 puntos; y b) Que como las bases establecen en el punto 5.B.2 -"Experiencia en el mercado" que debe acreditarse ex- periencia en seguridad y vigilancia a entidades, debe entenderse estas últimas como las comprendidas en elartículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, corrido el traslado de la apelación interpuesta, la empresa El Observador S.R.L., lo absuelve manifes- tando que el apelante no presentó o formuló en su opor-tunidad las consultas y/o observaciones a las bases a fin de que éstas sean aclaradas y/o modificadas, por lo cual se habría sometido tácitamente a los criterios deevaluación establecidos, por lo cual no procede que cues- tione ahora, que el resultado le es adverso, el criterio de evaluación adoptado; Que, el artículo 61º del D.S. Nº 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento, establece que el sobre conte- niendo la propuesta técnica para la contratación de ser-vicios en general, deberá incluir información referida a los factores de evaluación considerados en las bases, debiendo especificar el postor el tiempo de experienciaen la actividad, principales trabajos realizados y/o traba- jos similares, que se sustentarán con copia simple de los certificados, constancias o los respectivos contra-tos, con un máximo de diez (10) trabajos en cada caso; Que, las bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2003-CNM, aprobadas por Resolución Nº 003-2003-P-CNM, establecen en el punto 5.B.2 que en la evaluación técnica referida a la experiencia en el merca- do se evaluará la experiencia en seguridad y vigilancia aentidades y que el postor que tenga mayor número de entidades al 31 de diciembre recibirá 20 puntos, al resto de propuestas se le asignará puntaje en forma proporcio-nal; Que, lo dispuesto en el artículo 61º del Reglamento, re- sulta de cumplimiento obligatorio, conforme al artículo 25º dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que si bien las bases no establecen un máximo de acreditacio- nes, como lo hace el Reglamento, debe aplicarse la disposi-