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PÆg. 239656 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de febrero de 2003 personalísimos, para la contratación de la empresa Sis- temas & Gestión S.A.C.; Que, en la parte resolutiva de la resolución mencio- nada, se omitió consignar el valor referencial, período decontratación y la fuente de financiamiento del proceso de selección a ejecutarse como consecuencia de la exonera- ción detallada en el considerando precedente, conformelo establece el numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118- 2001-CONSUCODE/PRE; Que, en consecuencia es necesario modificar el Artículo Segundo de la Resolución Jefatural Nº 007-2003- JEFATURA/ONP, a fin de subsanar la mencionada omi-sión; De conformidad con el inciso h) del Artículo 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, el Artículo 111º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y en uso de las facultades conferidas median- te el inciso d) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 61- 95-EF elevado a rango de Ley a través del Artículo 17ºde la Ley Nº26504, el inciso g) del Artículo 8º de la Reso- lución Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolución Ministe- rial Nº 016-2003-EF/10; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el texto del Artículo Se- gundo de Resolución Jefatural Nº 007-2003-JEFATURA/ ONP, el mismo que quedará redactado en los siguientestérminos: "Artículo Segundo.- Autorizar que el servicio de Consultoría para el desarrollo de mejoras del Nuevo Sis- tema de Trámite Documentario sea contratado mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyo va-lor referencial asciende a S/. 36,105.00 (Treinta y Seis Mil Ciento Cinco con 00/100 Nuevos Soles), por un pe- ríodo de dos meses. El egreso que irrogue la contrata-ción objeto de la presente exoneración será con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de la Institución." Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe (e) 03475SUNARP Designan Vicepresidente del Tribunal Registral de la SUNARP SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 005-2003-SUNARP/SA Lima, 13 de febrero de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 001-2003-SUNARP/SA, emitida de conformidad con la facultad conferida por el literal l) del artículo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado porResolución Suprema Nº 135-2002-JUS, se formalizó la de- signación de los Presidentes de las respectivas Salas del Tribunal Registral con sede en Lima, Trujillo, Arequipa; Que, asimismo mediante Resolución Nº 001-2003- SUNARP/SA, se designó al abogado Fredy Silva Villa- juán como Presidente del Tribunal Registral para el pe-ríodo enero-diciembre 2003; Que, de acuerdo al artículo 10º del Reglamento del Tribu- nal Registral, aprobado por Resolución Nº 565-2002-SUNARP/SN, corresponde a esta Superintendencia Adjunta designar al Vicepresidente del Tribunal Registral para que cumpla con las funciones que corresponde; Estando a la facultad conferida por el literal d) del ar- tículo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Re- solución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Vicepresidente del Tribu- nal Registral de la SUNARP, a la abogada ROSARIO DEL CARMEN GUERRA MACEDO, para el período enero-di-ciembre del 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese.A. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Adjunto 03478 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU