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PÆg. 239865 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de febrero de 2003 años 1994 y 2000 para la verificación de hechos denun- ciados; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control - Chiclayo, la ContraloríaGeneral de la República dispuso la ejecución de la correspondiente acción de control a la Municipalidad Distrital de San Felipe, provincia de Jaén, departa-mento de Cajamarca, período enero - diciembre 2001, a fin de determinar si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido en la normativavigente, incidiendo en los procesos de abastecimien- to, tesorería, personal y obras; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control la respectiva Comisión Auditora, ha estableci- do que durante los meses de enero - diciembre del 2001, la entidad utilizó indebidamente en gastos corrientes,recursos provenientes del Fondo de Compensación Municipal y Canon Minero, por un importe de S/. 56 583,67; hechos que constituyen indicios razonables dela comisión de delito de Peculado, en la modalidad de Malversación, tipificado en el Artículo 389º del Código Penal; Que, igualmente se ha determinado irregularidades en el proceso de adquisición directa de un camión volquete de once (11) años de antigüedad, valorizadoen US $ 17 000,00, sin haber contado con el mínimo de tres cotizaciones y cuyo propietario era el hermano materno del alcalde; hechos que constituyen indiciosrazonables de la comisión del delito de Aprovechamien- to Indebido de Cargo, tipificado en el Artículo 397º del Código Penal; Que, por otra parte se ha establecido que durante el período 2001, se otorgaron S/. 4 910,00, de viáticos al Alcalde, por comisión de servicios que no han sido evi-denciados, habiéndose pretendido sustentar con decla- raciones juradas que no se ajustan a la verdad; hechos que constituyen indicios razonables de la comisión delos delitos de Peculado y Falsedad Ideológica, tipificados en los Artículos 387º y 428º del Código Penal, respecti- vamente; Que, asimismo se ha determinado que en el ejerci- cio 1999 la Municipalidad de San Felipe obtuvo un cré- dito del Banco de la Nación por S/. 309 500,00 para laadquisición de un cargador frontal, préstamo que fue devuelto tres meses y veinticuatro días después de otorgado, sin haberse utilizado, con lo cual generó unperjuicio económico a la entidad por S/. 19 965,71 por concepto de intereses devengados, que debe ser re- sarcido de acuerdo a lo previsto en el Artículo 1321ºdel Código Civil; Que, además se ha acreditado la adquisición sobreva- luada de un bien inmueble ubicado en el distrito JoséLeonardo Ortiz - departamento de Lambayeque, ocasio- nando perjuicio económico de US$ 10 028,96, el cual debe ser resarcido conforme a lo establecido en el Artí-culo 1321º del Código Civil; Que, durante el período 2000, la Municipalidad adqui- rió, sin sustento técnico, módulos y accesorios de puen-te tipo Bayli, los mismos que a la fecha se encuentran inoperativos, sin que puedan ser utilizados para el fin adquirido, perjudicándose económicamente la Munici-palidad, por S/. 14 337,00, monto que debe resarcirse con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 1321º del Códi- go Civil; Que, por lo expuesto, habiéndose acreditado en la acción de control practicada, la existencia de indicios de comisión de delito, así como daño económico en perjui-cio de la entidad, encontrándose involucrados: autorida- des, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distri- tal de San Felipe, los cuales desempeñan o handesempeñado función pública en la misma; correspon- de a la Contraloría General de la República proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto por la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,aprobado por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proceso integral de control iniciado antes de la entrada en vigencia de esta ley, se regirá por la normati-va anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, enlos casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables compren-didos en los Informes de Vistos; De conformidad con el Artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legalespor los hechos expuestos, contra los presuntos respon- sables comprendidos en los Informes de Vistos, remi- tiéndosele para el efecto, los antecedentes correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03667 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales por presunta comisión dedelitos y daæo económico ocasionadoa la Municipalidad Distrital de SanJuan, provincia de Cajamarca RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 040-2003-CG Lima, 25 de febrero de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 058-2003-CG/ORCH, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa- lidad Distrital de San Juan, provincia y departamento deCajamarca, período enero 2000 - diciembre 2001; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la Ofici- na Regional de Control de Chiclayo, la Contraloría Ge-neral de la República, dispuso la ejecución de la correspondiente acción de control a la Municipalidad Dis- trital de San Juan, provincia y departamento de Caja-marca, período enero 2000 - diciembre 2001, a fin de determinar si los recursos municipales se utilizaron con- forme a lo establecido en la normativa vigente, incidien-do en los procesos de abastecimiento, tesorería, perso- nal y obras; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado irregulari- dades en los procesos de selección por Adjudicación Directa números 002 y 003-2002/CEAROBS-MDSJ, parala adquisición de dos (2) Volquetes Volvo y una (1) Ca- mioneta Toyota respectivamente, entre las cuales se destacan las siguientes: el Comité Especial no estuvointegrado con personal técnico capacitado respecto a los bienes adquiridos; el Comité Especial omitió la publica- ción de la convocatoria a los procesos, así como elejecutar el Proceso de Licitación Pública que correspon- día; realizó una deficiente formulación de las Bases Ad- ministrativas, al consignarse valores referenciales sinun previo estudio de mercado, evaluación de la Creden- cial, Propuestas Técnicas y Económicas; para la suscrip- ción de los contratos no se exigió a la empresa la presen-tación de documentos de garantías, al haberse pagado el total del monto contratado, previo a la recepción de la maquinaria; lo que ha ocasionado daño económico a lamunicipalidad de S/ 166 100,20, por adquisición de la