TEXTO PAGINA: 38
PÆg. 239864 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de febrero de 2003 el servicio recibido por parte de la entidad edil; ocasionan- do un perjuicio económico a la Municipalidad auditada por la suma de S/. 14 897,00 Nuevos Soles; constitu- yendo el hecho expuesto, indicios razonables que ha-cen presumir la comisión de los Delitos de Peculado y Contra la Fe Pública, los cuales se encuentran previstos y penados en los artículos 387º y 428º del Código Penal,respectivamente; Que, en atención a los hechos expuestos y habién- dose acreditado como consecuencia de la acción decontrol practicada, la existencia de daño económico y presunción de ilícito penal, en los que se encuentran involucrados autoridades, funcionarios y servidores dela Municipalidad Distrital de Colcabamba, que desempe- ñan o han desempeñado función pública en la misma, corresponde a la Contraloría General de la República,proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proce- so integral de control iniciado antes de la entrada envigor de esta Ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Con-traloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en los informes de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, Ley Nº 27785, y losDecretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos respon-sables comprendidos en los informe de Vistos, remitién- dosele para el efecto los antecedentes correspondien- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03665 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales por presunto daæo econó- mico en perjuicio de la Municipalidad Distrital de Llama, provincia de Chota RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 038-2003-CG Lima, 24 de febrero de 2003VISTO, el Informe Especial Nº 055-2003-CG/ORCH, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipa-lidad Distrital de Llama, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, período enero 2000 - junio 2001; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de la correspondiente acción de control noprogramada a la Municipalidad Distrital de Llama, provin- cia de Chota, departamento de Cajamarca, período ene- ro 2000 - junio 2001, a fin de determinar si los recursosmunicipales se utilizaron conforme a lo establecido en lanormativa vigente, incidiendo en los procesos de abas- tecimiento, tesorería, personal y obras; Que, como consecuencia de la mencionada acción de control la Comisión Auditora ha determinado irregulari-dades, así como omisiones en la ejecución de la obra "Pavimentación de tres cuadras en las calles 22 de Fe- brero y San Martín", habiendo ocasionado un perjuicioeconómico a la entidad por un importe de S/. 18 076,63, monto que debe resarcirse de acuerdo a lo señalado en el Artículo 1321º del Código Civil; Que, igualmente se ha evidenciado deficiencias tan- to en el diseño como en la ejecución de la obra "Construc- ción de ocho (08) aulas en el Centro Educativo Nº 10536- Llama", ocasionando un perjuicio económico de S/. 34 956,97, el cual debe resarcirse con arreglo a lo estableci- do en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de los hechos expuestos y habiéndose acredi- tado, como consecuencia de la acción de control practi- cada, la existencia de daño económico en perjuicio de laentidad, en los que se encuentran involucrados autori- dades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Dis- trital de Llama, que desempeñan o han desempeñadofunción pública en la misma; corresponde a la Contralo- ría General de la República proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme a lo dispuesto por la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del 2002, el proceso integral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley, se regirá por la normativaanterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la Repúbli- ca, constituye atribución de este Organismo Supe- rior de Control, disponer el inicio de las acciones le-gales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecu- ción directa de una acción de control se encuentredaño económico o presunción de ilícito penal, co- rrespondiendo autorizar al Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales de la Contraloría Gene-ral de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, Ley Nº 27785, y losDecretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos respon-sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndo- sele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 03666 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales por perjuicio económicoocasionado a la Municipalidad Distri-tal de San Felipe, provincia de JaØn RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 039-2003-CG Lima, 24 de febrero de 2003 VISTOS, los Informes Especiales Nº 056-2003-CG/ ORCH y Nº 057-2003-CG/ORCH, resultantes del Exa- men Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de San Felipe, provincia de Jaén, departamento de Caja-marca, período enero - diciembre 2001, ampliado a los