Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2003 (06/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003 d) Organos de Ejecucion y Apoyo: 1. La Gerencia General. 2. Auditor Interno. CAPITULO II

NORMAS LEGALES

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gar, dia y hora senalada en la convocatoria. En MORDAZA convocatoria, sera validamente constituida con la presencia de los Delegados asistentes a la misma. CAPITULO III DEL DIRECTORIO CENTRAL

DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS Articulo 13º.- La Asamblea Nacional de Delegados es la autoridad suprema, representa al conjunto de los miembros de la Institucion del SESDIS; los acuerdos obligan a todos los asociados presentes y ausentes, siempre que MORDAZA adoptados con sujecion al presente Reglamento y la normatividad vigente. Es presidida por el Presidente del Directorio Central. Articulo 14º.- La Asamblea Nacional de Delegados es Ordinaria y Extraordinaria. Los Delegados se reuniran en Asamblea Nacional en forma Ordinaria, una vez cada ano, y en forma Extraordinaria las veces que MORDAZA necesarias. Articulo 15º.- La Asamblea Nacional de Delegados, Ordinaria o Extraordinaria esta integrada por: a) Los miembros del Directorio Central y del Consejo de Vigilancia. b) Delegados de las Juntas Promotoras. Articulo 16º.- La Asamblea Nacional de Delegados Ordinaria, tiene las siguientes funciones: a) Definir la Politica General Administrativa, Economica y Financiera del SESDIS. b) Aprobar el Presupuesto Anual y evaluar la ejecucion presupuestaria. c) Analizar, aprobar o desaprobar los Estados Financieros Anuales; asi como los Informes Memorias del Directorio Central y del Consejo de Vigilancia. d) Elegir a los nuevos dirigentes del Directorio Central y Consejo de Vigilancia. e) Autorizar al Directorio Central la realizacion de inversiones en bienes inmuebles. f) Aprobar el Plan de Desarrollo Institucional. g) Sancionar a los directivos que hayan cometido irregularidades en el ejercicio de sus funciones. h) Resolver en MORDAZA instancia los asuntos sometidos a su consideracion. i) Aprobar o desaprobar la gestion del Directorio Central y del Consejo de Vigilancia de la Institucion. j) Aprobar o desaprobar la aplicacion de la sancion establecida en el Articulo 113º, inciso c), del presente Reglamento. Articulo 17º.- La Asamblea Nacional de Delegados Extraordinaria, tiene las siguientes funciones: a) Resolver los asuntos de la Institucion, cuando amerite su convocatoria con agenda especifica. b) Nombrar en caso de vacancia algunos de los cargos del Directorio Central y Consejo de Vigilancia. c) Aprobar previa sustentacion, los Proyectos de Inversion de envergadura. d) Revisar y aprobar el Reglamento de la Institucion. Articulo 18º.- La Asamblea Nacional de Delegados Extraordinaria, sera convocado por el Presidente del Directorio Central, en los siguientes casos: a) Por acuerdo justificado del Directorio Central. b) Cuando los soliciten por escrito los 1/3 de los Delegados. Articulo 19º.- La convocatoria para la Asamblea Nacional de Delegados, se MORDAZA con una anticipacion de 90 dias calendario para la Asamblea Nacional Ordinaria y de 45 dias calendario para la Asamblea Nacional Extraordinaria, MORDAZA a traves de un aviso publicitario en un diario de mayor circulacion nacional u otros medios de comunicacion masiva, y por los MORDAZA internos de la Institucion. Articulo 20º.- La Asamblea Nacional de Delegados, Ordinaria y Extraordinaria, quedara constituida en el lu-

Articulo 21º.- El Directorio Central es el organo de gobierno y representativo del SESDIS, responsable civil y penalmente de la gestion administrativa y economica financiera de la Institucion, de conformidad con su Reglamento y los acuerdos de la Asamblea Nacional. Articulo 22º.- Los miembros del Directorio Central son elegidos en la Asamblea Nacional de Delegados Ordinaria y son solidariamente responsables de los actos que ejecuten, estando sujetos a la responsabilidad administrativa, civil o penal a que hubiera lugar. Articulo 23º.- El mandato del Directorio Central dura tres (3) anos, pudiendo ser reelegidos por una sola vez en forma consecutiva en el mismo cargo. El Ministerio de Educacion designa un miembro ante el Directorio Central, el mismo que actuara como Vocal. Articulo 24º.- En concordancia con el Art. 118º, los elegidos para integrar el Directorio Central y Consejo de Vigilancia, no podran formar parte de otras directivas, de instituciones similares y gremiales del Magisterio, mientras dure su mandato. Articulo 25º.- Son funciones del Directorio Central: a) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento General, Manual de Organizacion y Funciones de la Institucion, Reglamentos Especificos, asi como los acuerdos tomados por la Asamblea Nacional de Delegados. b) Formular el proyecto de modificaciones del Reglamento, para someterlos a la aprobacion de la Asamblea Nacional de Delegados. c) Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Institucional, y someterlo a consideracion de la Asamblea Nacional de Delegados. d) Formular y aprobar el Presupuesto Anual y someterlo a consideracion de la Asamblea Nacional de Delegados. e) Formular y aprobar los Estados Financieros anuales, y someterlo a consideracion de la Asamblea Nacional de Delegados. f) Implementar la politica Institucional, Economica, Financiera y Administrativa. g) Verificar y disponer el inventario general de bienes inmuebles, muebles, enseres y demas propiedades de la Institucion. h) Adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles del SESDIS. i) Considerar en sus decisiones administrativas, las recomendaciones del Consejo de Vigilancia y del Auditor Interno. j) Establecer coordinacion permanente con el Consejo de Vigilancia y las Juntas Promotoras. k) Aprobar o desaprobar, los expedientes de Derramas, Prestamos, AEFAs y otros, a traves de los MORDAZA administrativos establecidos. l) Aprobar las solicitudes de ingreso de los nuevos socios, a traves del Comite respectivo. ll) Establecer convenios con otras Entidades, para apertura de nuevos servicios a los asociados. m) Establecer las directivas institucionales que correspondan, a traves de los diferentes Comites Funcionales de Direccion. n) Designar al Gerente General de la Institucion, previo concurso publico de meritos, informando a la entidad reguladora que corresponda. n) Remover al Gerente General de la Institucion, en caso de incumplimiento de sus funciones, informando a la entidad reguladora que corresponda. o) Ejercer la Administracion de la Institucion, pudiendo delegar al Gerente General p) Designar al Auditor Interno de la Institucion, previo concurso publico de meritos, informando a la entidad reguladora que corresponda. q) Remover al Auditor Interno de la Institucion, en caso de incumplimiento de sus funciones, informando a la entidad reguladora que corresponda.

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