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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2003 (06/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 247626 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de julio de 2003 r) Aplicar la ejecución presupuestal de acuerdo a lo aprobado por la Asamblea Nacional de Delegados. s) Representar a la Institución en todos los actos y contratos, pudiendo delegar al Gerente General. t) Contratar las auditorías seleccionadas por el Con- sejo de Vigilancia. u) Emitir trimestralmente boletines, dando a conocer a los asociados la marcha administrativa, económica yfinanciera de la Institución. v) Autorizar a su Presidente, Director Financiero y Gerente General para que conjuntamente efectúen lasoperaciones financieras y bancarias, depósito a plazo fijo, cuentas corrientes; así como operaciones instituciona- les debidamente avalados, dando cuenta al Consejo deVigilancia. w) Acordar la Convocatoria a la Asamblea Nacional de Delegados. x) Otorgar al Presidente y Gerente General las facul- tades contenidas en los Arts. 74º y 75º del Código Proce- sal Civil. y) Formar diferentes comisiones que contribuyan a ser más eficiente la labor. z) Responsabilizar en forma mancomunada con el Consejo de Vigilancia, Gerente General y Auditor Inter- no, de velar por la integridad de la Reserva Técnica. aa) Ejecutar los estímulos y las sanciones estableci- das en los Artículos 111º y 113º incisos a) y b) del pre-sente Reglamento, respectivamente. Artículo 26º.- El Directorio Central, estará conforma- do por los siguientes miembros: - Presidente. - Vicepresidente.- Secretario.- Director Financiero. - (1) Vocal Institucional. - (1) Vocal representante del Ministerio de Educación. Artículo 27º.- El Presidente del Directorio Central es el representante legal del SESDIS. Artículo 28º.- Los Miembros del Directorio Central, dentro de los diez días de haber asumido los cargos y al término de los mismos, presentarán su Declaración Ju-rada Notarial de Bienes y Rentas, las que serán archiva-das en Consejo de Vigilancia y estarán a disposición yconocimiento de los asociados del SESDIS. Artículo 29º.- Son funciones del Presidente del Di- rectorio Central: a) Presidir las sesiones del Directorio Central y la Asamblea Nacional de Delegados. b) Representar al SESDIS, en todos los actos institu- cionales. c) Supervisar la implementación de los acuerdos del Directorio Central, verificando su ejecución por la Geren-cia General. d) Supervisar las labores del Gerente General.e) Informar permanentemente al Directorio Central, sobre sus actos o acciones realizadas. f) Firmar conjuntamente con el Secretario, la corres- pondencia oficial. g) Firmar conjuntamente con el Director Financiero o Gerente General, los cheques que emita el SESDIS. h) Interponer en representación del SESDIS, las ac- ciones judiciales que fueran necesarias o desistirse de ellas, con acuerdo del Directorio Central. i) Refrendar el Presupuesto Anual para el próximo ejer- cicio económico, aprobado por el Directorio Central, condos meses de anticipación al cierre del ejercicio anual, elque será ratificado en la Asamblea Nacional de Delega-dos. j) Refrendar el Plan de Desarrollo Institucional, apro- bado por el Directorio Central, para ser ratificado por laAsamblea Nacional de Delegados. k) Conocer y analizar la información de carácter ad- ministrativo- financiero de la Institución, y tomar las deci-siones al respecto, con acuerdo del Directorio Central. l) Por acuerdo del Directorio Central podrá celebrar toda clase de actos jurídicos y contratos, tales como:compra-venta de bienes muebles e inmuebles, de loca-ción, conducción; ya sean obras, bienes y servicios detrabajo, de mutuo depósito: fianzas, hipotecas, donación; constituir sociedades; así como obras civiles, sociales,comerciales; seguros en cualquiera de sus formas, etc.,y demás actos comerciales. En el orden bancario: cele-brar contratos de cuenta corriente, de préstamos, firmarvales y pagarés, girar, aceptar, endosar y descontar le- tras de cambio; giros, descontar, endosar y cobrar che- ques y, en general ejecutar operaciones bancarias, figu-rando dentro de los mismos, el poder afianzar solidaria-mente y prestar garantía para fines relacionados con elSESDIS. ll) Velar el cumplimiento de los acuerdos de la Asam- blea Nacional de Delegados. Artículo 30º.- Son funciones del Vicepresidente del Directorio Central: Reemplazar al Presidente del Directorio Central en caso de ausencia, asumiendo las funciones que compe- ten. Artículo 31º.- Son funciones del Secretario del Di- rectorio Central : a) Redactar las Actas de Sesiones del Directorio Cen- tral y registrarlas en el libro correspondiente. b) Refrendar y aprobar las Actas del Directorio Cen- tral, con la firma del Presidente y los miembros integran-tes del Directorio Central, presentes al momento de suaprobación. c) Redactar la correspondencia del Directorio y fir- marla conjuntamente con el Presidente. d) Comunicar por escrito los acuerdos del Directorio Central a la Gerencia General encargada de la ejecuciónde los mismos. Artículo 32º.- Son funciones del Director Financiero del Directorio Central: a) Cautelar los recursos materiales, económico-finan- cieros y patrimoniales del SESDIS, de acuerdo a las dis-posiciones legales, los Reglamentos, el Reglamento delDirectorio, el Presupuesto Anual y los Acuerdos del Di- rectorio Central; y demás disposiciones aplicables, bajo responsabilidad. b) Controlar el ingreso y egreso de los fondos de la Institución, en coordinación con el Presidente del Direc-torio Central y el Gerente General. c) Controlar los gastos de viajes y viáticos de Dirigen- tes y Asesores, según Reglamento Interno. d) Firmar los cheques que se expidan, conjuntamente con el Presidente del Directorio Central o Gerente Gene-ral, fiscalizando la correcta emisión y sustentación de losegresos. e) Controlar la ejecución del Presupuesto Anual y pro- poner al Directorio Central las modificaciones del caso. f) Supervisar los egresos conforme a los montos esti- pulados en el Reglamento de Compras y Adquisiciones,aprobado por el Directorio Central. g) Informar periódicamente, sobre la situación econó- mico y financiera, al Directorio Central, en coordinación con el Gerente General. h) Requerir por escrito y en forma mensual sobre la situación económico y financiera al Gerente General. Artículo 33º.- Son funciones del Vocal del Directo- rio Central : a) Participar y opinar de los asuntos que le solicite el Directorio Central. b) Formular normas y realizar acciones en bien de la Institución. c) Cumplir tareas específicas que le encargue el Di- rectorio Central. Artículo 34º.- El Vocal delegado nombrado por el Ministerio de Educación, tiene las siguientes funcio-nes: a) Participar y opinar sobre los asuntos que se estu- dien en el Directorio Central. b) Cumplir las tareas específicas que le encargue el Directorio Central.