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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2003 (06/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 247628 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de julio de 2003 c) Preparar y proponer ante el Directorio Central, la aprobación de los Estados Financieros Anuales, dentrode los 90 días naturales del cierre del ejercicio contableanterior. d) Informar en forma trimestral al Directorio Central sobre los diversos aspectos de la gestión Institucional. e) Evaluar la ejecución del Presupuesto Anual, adjun- tando las recomendaciones del caso. f) Sustentar los Informes Financieros ante el Directo- rio Central y la Asamblea Nacional de Delegados del SES-DIS, sea éste Ordinario o Extraordinario. g) Supervisar en forma conjunta con el Presidente del Directorio Central y el Director Financiero, el movimiento de ingresos y egresos de los fondos institucionales. h) Responsable de administrar en forma óptima las operaciones de la Institución. i) Supervisar y evaluar la labor del personal a su car- go. j) Contratar al personal técnico y administrativo, con- forme a los requerimientos institucionales y del presu-puesto, previo concurso de mérito y aptitudes persona-les, en coordinación con el Presidente del Directorio Cen-tral. k) Informar a las Juntas Promotoras en forma men- sual, la relación de morosos para que gestionen la regu- larización de las cobranzas del caso. l) Formular y presentar al Directorio Central para su aprobación, el Plan Anual de Inversiones y el Plan deDesarrollo Institucional, así como su posterior evaluación. ll) Formular y presentar, el Presupuesto Anual del año siguiente, al Directorio Central, con una anticipación de dos meses al cierre del ejercicio económico anual. m) Analizar y opinar sobre los informes económicos y financieros del SESDIS. n) Hacer conocer oportunamente al Directorio Cen- tral, la correspondencia e informes recibidos. o) Firmar con el Presidente o Director Financiero, los cheques que emita el SESDIS. p) Asistir a las sesiones del Directorio Central previa convocatoria, con derecho a voz. q) Implementar las estrategias para la captación de socios que el Directorio Central disponga. r) Proponer e implementar estrategias para la recupe- ración de los préstamos y aportaciones. s) Responsabilizarse en forma mancomunada con el Directorio Central, Consejo de Vigilancia y Auditor Inter-no, de velar por la integridad de la Reserva Técnica. t) Cumplir con los requerimientos y/o documentos exi- gidos por las entidades reguladoras en los plazos previs- tos. CAPÍTULO VI DEL CONSEJO DE VIGILANCIA Artículo 51º.- El Consejo de Vigilancia es el Órgano encargado de supervisar todas las actividades del SES- DIS y de fiscalizar los actos del Directorio Central; así como de sus servidores rentados y asociados. Artículo 52º.- Los miembros del Consejo de Vigilan- cia son elegidos en la Asamblea Nacional de Delegados,y son solidariamente responsables de los actos que eje-cuten, estando sujetos a la responsabilidad administrati- va, civil o penal a que hubiera lugar. Artículo 53º.- El mandato del Consejo de Vigilancia dura tres (3) años, pudiendo ser reelegidos por una solavez en forma consecutiva en el mismo cargo. Artículo 54º.- Son funciones del Consejo de Vigi- lancia: a) Fiscalizar los aspectos relativos a la marcha eco- nómica, administrativa y financiera de la Institución, deacuerdo con las normas legales establecidas. b) Fiscalizar los aspectos laborales de sus servidores rentados, de conformidad con las normas legales vigen- tes para el Sector privado. c) Formular al Directorio Central las recomendacio- nes, observaciones de carácter técnico administrativo,económico, financiero y legal, que permita la buena mar-cha de la Institución. d) Emitir opinión ante el Directorio Central sobre los proyectos de inversión, licitación y contratos del SESDIS.e) Emitir opinión sobre el proyecto del presupuesto de la Institución. f) Atender las reclamaciones de los asociados, de acuerdo a las normas que rigen a la Institución. g) Realizar exámenes especiales y auditorías a la ges- tión económica, financiera y administrativa del SESDIS. h) Formular su Plan de Trabajo, dentro de los 60 días de instalados como Consejo de Vigilancia y para los si-guientes años con dos meses de anticipación al cierredel ejercicio anual. i) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y demás normas internas del SESDIS. j) Proponer ante la Asamblea Nacional de Delegados, la separación o expulsión de socios o dirigentes, cuyosactos sean lesivos a los intereses de la Institución previoproceso administrativo. k) Presentar a la Asamblea Nacional de Delegados, un informe de las operaciones y servicios realizados du-rante el ejercicio fenecido, tomando como base el Plande Desarrollo Institucional, Presupuesto, Estados Finan-cieros, Informes de Auditorías, Inventarios, Reglamentosy otros documentos referidos al SESDIS. l) El Consejo de Vigilancia, a solicitud del Directorio Central, aperturará Procesos Administrativos a los aso-ciados y dirigentes de la Institución, cuando las circuns-tancias lo requieran, previa denuncia. ll) El Consejo de Vigilancia es responsable del cum- plimiento de su Plan de Trabajo. m) Supervisar el otorgamiento y volumen de Présta- mos, Derramas y Auxilio Económico por Fallecimiento -AEFA, de conformidad a los fondos presupuestados. n) Responsabilizarse en forma mancomunada con el Directorio Central, Gerente General y Auditor Interno, develar por la integridad de la Reserva Técnica. Artículo 55º.- El Consejo de Vigilancia está confor- mado por tres (3) miembros: - Presidente. - Secretario.- Vocal. Artículo 56º.- Son funciones del Presidente del Consejo de Vigilancia: a) Representar al Consejo de Vigilancia. b) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo de Vigilancia. c) Firmar con el Secretario los documentos oficialesd) Coordinar las acciones institucionales con el Presi- dente del Directorio Central. e) Supervisar el cumplimiento de las funciones de los miembros del Directorio Central. f) Presentar informes anuales y Memoria al término de su gestión. g) Participar en los Comités Económico-Financiero y el Comité de Patrimonio Inmobiliario y Construcción. Artículo 57º.- Son funciones del Secretario del Con- sejo de Vigilancia: a) Llevar al día el Libro de Actas. b) Redactar las comunicaciones oficiales y firmar con- juntamente con el Presidente. c) Tramitar los oficios y otras comunicaciones, así como hacer el seguimiento correspondiente. d) Organizar y tener al día el archivo del Consejo de Vigilancia. e) Elaborar informes para su difusión.f) Participar en los Comités de Educación y Promo- ción de Nuevos Socios y el Comité de Organización, Per-sonal y Asuntos Legales. Artículo 58º.- Son funciones del Vocal del Consejo de Vigilancia: a) Apoyar las acciones del Presidente y Secretario. b) Formular propuestas en bien de la Institución.c) Realizar tareas relacionadas con las comisiones que le asigne el Consejo de Vigilancia. d) Participar en el Comité de Beneficios y Servicios.