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PÆg. 247952 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de julio de 2003 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2003-EF Lima, 10 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Asociación Española Contra El Cáncer (A.E.C.C.) de Madrid, España, ha efectuado una dona- ción a favor de la Liga Peruana de Lucha Contra el Cán- cer consistente en un mamógrafo para ser destinado a la atención de pacientes de bajos recursos en diagnóstico de cáncer de mamas; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por la Asociación Española Contra El Cáncer (A.E.C.C.) de Madrid, Espa- ña, a favor de la Liga Peruana de Lucha Contar el Cáncer consistente en un mamógrafo, marca General Electric, modelo 500, con un valor aproximado de US$ 10 000,00 (Diez Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de Améri- ca), según Carta de Donación de fecha 27 de marzo de 2003, y con un peso aproximado de 400 Kgs., según Conocimiento de Embarque Nº CNIU ESB1011119 de CCNI - Compañía Chilena de Navegación Interoceánica S.A. Dicha donación será destinada a la atención de pa- cientes de bajos recursos en diagnóstico de cáncer de mamas. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 13133 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 158-2003-EF Lima, 10 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Cruz Roja Sueca ha efectuado una donación a favor de la Cruz Roja Peruana consistente en diversos bienes destinados a los Programas que desarrolla en Puno, Ayacucho, Tingo María, Chiclayo y Lima; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el DecretoSupremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulari- zación, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por la Cruz Roja Sueca, a favor de la Cruz Roja Peruana, consistente en 60 "bales" conteniendo ropa usada con un valor aproximado de SEK 15 906,00 (Quin- ce Mil Novecientos Seis y 00/100 Coronas Suecas), se- gún Certificado de Donación de fecha 7 de noviembre de 2002. Dicha donación es destinada a los Programas que desarrolla la Cruz Roja Peruana en Puno, Ayacucho, Tin- go María, Chiclayo y Lima. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 13134 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2003-EF Lima, 10 de julio de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Asociación Pachamama e.V. de Alemania, ha efectuado donaciones a favor de la Asociación Pachama- ma Manta Wua Wuan Cunapacc Perupi consistentes en un contenedor usado y diversos bienes destinados al Hospital Regional de Ica y a diferentes postas médicas de la provincia de Nasca, departamento de Ica; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulari- zación, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por la Asociación Pachamama e.V. de Alema- nia, a favor de la Asociación Pachamama Manta Wua Wuan Cunapacc Perupi consistente en papel, camas, ropa