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PÆg. 248169 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de julio de 2003 rista y se concentra la mayor oferta de productos alimenticios agrícolas perecederos, menestras y otros granos secos, y recursos hidrobiológicos, y de ser el caso, la de otras poblaciones bajo lamodalidad de reexpedición de productos. 2.2 Se entiende por productos alimenticios agríco- las perecederos a los tubérculos, raíces, hortali-zas, legumbres y frutas. Artículo 3º.- Sistema de Mercados Mayoristas de Alimentos Entiéndase por Sistema de Mercados Mayoristas de Alimentos al conjunto de mercados mayoristas ubicados en las principales ciudades del país relacionados por unsistema de información pública de precios, volúmenes y stocks de productos, que favorezca una correcta forma- ción de los precios a nivel nacional y una distribuciónespacial de los productos que beneficien en última ins- tancia a productores y consumidores. Artículo 4º.- Calificación de servicio público de los mercados mayoristas de alimentos Califícase como servicio público prioritario la activi- dad básica de la empresa operadora del mercado mayo-rista, definida como el conjunto de servicios específicos que presta para facilitar la actividad principal del merca- do mayorista y los servicios comunes que se brinden paratodos los usuarios del mismo. CAPÍTULO II CARACTERÍSTICAS DE LOS MERCADOS MAYORISTAS Artículo 5º.- Actividad principal del mercado ma- yorista 5.1 La actividad principal del mercado mayorista es el comercio al por mayor de los productos ali- menticios que se consigan en el numeral 2.1 de la presente Ley, pudiendo desarrollar actividadescomplementarias que contribuyan a mejorar la eficiencia de las operaciones de la actividad prin- cipal y actividades conexas que aprovechen lasventajas de la gran concentración de los agen- tes de comercio y económicos y otros usuarios en el mercado mayorista. 5.2 La empresa operadora del mercado mayorista no podrá realizar el comercio al por mayor de los productos relacionados con la actividad princi-pal del mercado mayorista. 5.3 A través de los sectores correspondientes se fo- mentará, y progresivamente será obligatoria, lautilización de sistemas de calificación, envases y embalajes apropiados en el comercio de los productos alimenticios agrícolas perecederos ehidrobiológicos, de acuerdo con la normativa na- cional y experiencia internacional. Artículo 6º.- Actividades complementarias del mer- cado mayorista 6.1 Las actividades complementarias que se pueden desarrollar son la información privada de precios y mercados, el almacenamiento, la refrigeración, el congelado y la clasificación de productos agríco-las y recursos hidrobiológicos, la provisión de en- vases estandarizados, de equipos e infraestructu- ra para la comercialización , servicios de laborato- rio de sanidad y de residuos tóxicos, el control de calidad de productos, la publicidad sobre produc- tos o servicios del mercado mayorista, la capacita-ción para modernizar las operaciones del mercado mayorista, la carga, descarga y el traslado de pro- ductos, facilidades para implementar modernos me-canismos de compraventa que hagan más eficien- tes las transacciones y otras actividades autoriza- das por la municipalidad provincial. 6.2 Estas actividades pueden ser realizadas por ter- ceros, y también por la empresa operadora pre- via autorización de la municipalidad provincial. Artículo 7º.- Actividades conexas del mercado ma- yorista 7.1 Las actividades conexas que se pueden desa- rrollar son los servicios bancarios y de seguros,servicios de transporte y telecomunicaciones, restaurantes, hotelería, la compraventa al por mayor de flores y de productos alimenticios no estrictamente perecederos (transformados cár-nicos, productos cárnicos, productos lácteos, con- servas, productos envasados y precocidos), pla- taformas logísticas para cadenas de supermer-cados, estaciones de servicios para vehículos, par- queo privado de vehículos, posta de salud, loca- les de deporte, guarderías y otras actividadesautorizadas por la municipalidad provincial. 7.2 Estas actividades pueden ser realizadas por ter- ceros y también por la empresa operadora. Artículo 8º.- Usuarios del mercado mayorista 8.1 Los agentes de comercio que ejercen la activi- dad principal del mercado mayorista pueden ser personas naturales o jurídicas. 8.2 El abastecimiento del mercado mayorista con pro- ductos alimentarios agrícolas perecederos y otros, puede ser ejercido por los productores, agentes acopiadores, transportistas, importado-res y cualquier otro agente que sea titular de los productos o que bajo cualquier modalidad oferte y venda los productos a los comerciantes mayo-ristas por cuenta de terceros. 8.3 Los comerciantes mayoristas compran o reciben los productos de los agentes que abastecen elmercado mayorista, para que bajo cualquier mo- dalidad oferten y vendan dichos productos a los comerciantes minoristas y otros agentes que de-sabastecen el mercado. Esta actividad se reali- za directamente por el titular de la concesión del puesto o módulo de comercio mayorista, en for-ma cotidiana según el horario previsto en el re- glamento interno del mercado mayorista. 8.4 El desabastecimiento del mercado mayorista de productos alimenticios agrícolas perecede- ros y otros, puede ser ejercido por comercian- tes minoristas, agentes de reexpedición de pro-ductos a poblaciones fuera del área de influen- cia del mercado mayorista, exportadores y cual- quier otro agente que bajo cualquier modali-dad demande y compre productos por cuenta propia o de terceros. 8.5 Los agentes de comercio están obligados a ins- cribirse en los registros de la empresa operado- ra y proporcionar a ésta la información de volú- menes, la procedencia, el destino y calidades delos productos, así como los precios de las tran- sacciones realizadas, para fines estadísticos y para el buen funcionamiento del sistema de in-formación pública que se constituye en herra- mienta fundamental para la gestión de los pro- ductores y de los agentes de comercio. 8.6 Los productores, organizados o no, pueden cons- tituirse en agentes de comercio mayorista en los lugares específicos que le sean asignados en losmercados mayoristas cumpliendo las normas que señale el respectivo reglamento interno del mer- cado mayorista. 8.7 Los agentes económicos que realizan la presta- ción de servicios o venta de bienes, de las activi- dades complementarias y conexas del mercadomayorista, pueden ser personas naturales o jurí- dicas. 8.8 Los agentes económicos están obligados a ins- cribirse en los registros correspondientes de la empresa operadora y proporcionar información sobre volúmenes y precios de las transaccionescomerciales realizadas, sólo para fines estadís- ticos. 8.9 Son usuarios del mercado mayorista, las perso- nas naturales o jurídicas que demandan los ser- vicios o bienes ofertados por los agentes econó- micos de las actividades complementarias y co-nexas del mercado mayorista. Artículo 9º.- Ubicación El mercado mayorista se ubica en áreas de zonifica- ción calificada de manera específica para tal fin por las municipalidades provinciales. La ubicación del mercado mayorista debe contar, o tener previsto, vías principalesde acceso para vehículos de abastecimiento y desabas- tecimiento de productos.