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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2003 (15/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 248179 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de julio de 2003 blica del Congreso de la República, a la Contraloría Ge- neral de la República y a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público). MODELO 02 MODELO DE DISPOSITIVO PARA LA DESAGREGACIÓN DE LA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS POR EL TITULAR DEL PLIEGO HABILITADO RESOLUCIÓN.............................Nº..................... (del Titular del Pliego) CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28019, se autorizó una Trans- ferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Públi- co para el Año Fiscal 2003, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, (motivación de la Resolución y Sustento Legal) ............................. .................................................................... ............................. SE RESUELVE: Artículo .- Desagregación de Partidas Autorízase la distribución funcional programática de los recursos que han sido habilitados por la Transferen- cia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, con cargo a la Fuente de Financia-miento 00 Recursos Ordinarios , hasta por la suma de....................... (S/. ..........), de acuerdo al siguiente detalle: A LA : SECCIÓN : PLIEGO : UNIDAD EJECUTORA :FUNCIÓN : PROGRAMA : SUBPROGRAMA :ACTIVIDAD : PROYECTO : FUENTE DE FINANCIAMIENTO:Recursos Ordinarios (A nivel de Categoría de Gasto y (En Nuevos Soles) Grupo Genérico del Gasto) 5.- GASTOS CORRIENTES - - 6.- GASTOS DE CAPITAL - - _________________ TOTAL EGRESOS =============== Artículo .- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruyen a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) bajo su ámbito para que elabore(n) las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo .- Remisión Copia de la presente Resolución, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos se-ñalados en el Artículo 4º de la Ley Nº 27879 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 (Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la Repú-blica del Congreso de la República, a la Contraloría Ge- neral de la República y a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público). 13329PRODUCE Suspenden actividades extractivas de recursos anchoveta y anchoveta blan- ca desde el extremo norte hasta el pa- ralelo 16°00’S del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2003-PRODUCE Lima, 14 de julio del 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977-, los re- cursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdic-cionales del Perú son patrimonio de la Nación; corres- pondiendo al Estado regular el manejo integral y la ex- plotación racional de dichos recursos, considerando quela actividad pesquera es de interés nacional; Que el artículo 9º de la citada Ley establece que, so- bre la base de evidencias científicas disponibles y de fac-tores socioeconómicos, la autoridad pesquera determi- nará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordena- miento pesquero, las cuotas de captura permisibles, tem-poradas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pes- quero, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explo-tación racional de los recursos pesqueros; Que la Resolución Ministerial Nº 118-2003-PRODU- CE de fecha 1 de abril de 2003, autorizó la ejecución deuna Pesca Exploratoria de los recursos anchoveta ( En- graulis ringens ) y anchoveta blanca ( Anchoa nasus ) en- tre el 3 y 18 de abril de 2003, en la zona comprendidaentre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00'S y, cuyos volúmenes de captura de anchoveta serán considerados como parte de la cuota de capturaque se establezca para el período abril-julio del 2003; Que la Resolución Ministerial Nº 135-2003-PRODU- CE, estableció un Régimen Provisional de Pesca de losrecursos anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blan- ca (Anchoa nasus ) y autorizó el desarrollo de las activi- dades extractivas y de procesamiento de los citados re-cursos a partir del 19 de abril del 2003, en la zona com- prendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00'S. Dicha Resolución estableció una cuotade captura del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ) correspondiente al stock norte-centro para el período abril- julio del 2003, en 3'000,000 toneladas métricas; dispo-niendo que las capturas efectuadas al amparo de la Re- solución Ministerial Nº 118-2003-PRODUCE formarán parte de la cuota de captura establecida; Que en el marco del seguimiento de la pesquería de anchoveta, la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero informó a través del Oficio Nº 3791-2003-PRODUCE/DNEPP-Chi, que la cuota que corres- ponde al stock norte-centro ascendente a 3 millones de toneladas del recurso anchoveta está próximo a alcan-zarse; siendo necesario disponer la suspensión de las actividades extractivas y de procesamiento del recurso anchoveta correspondiente al stock norte-centro; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, la Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 118 y 135- 2003-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer el inicio de la veda del recur- so anchoveta ( Engraulis ringens ) correspondiente al stock norte-centro, por cumplimiento de la cuota de captura es- tablecida por Resolución Ministerial Nº 135-2003-PRO-DUCE para el período abril-julio del 2003; disponiendo la suspensión de las actividades extractivas del recurso an- choveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca ( Anchoa nasus) en el área comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 16°00'S, a partir de las 00.00 horas del día 21 de julio de 2003. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del área que comprende la suspensión de las ac-