Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2003 (15/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 15 de MORDAZA de 2003 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolucion, contra las presuntas responsables comprendidas en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13226

de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico del Sistema Electoral a cargo de los Asuntos Judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gilvonio, a fin de obtener el recupero judicial de S/. 2,043.00 (Dos mil cuarentitres y 00/100 nuevos soles), resultante del pago indebido a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir, a traves de la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, MORDAZA de la presente resolucion asi como los antecedentes administrativos del caso, a la Procuraduria Publica del Sistema Electoral para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) 13303

ONPE
Autorizan a procurador iniciar acciones correspondientes para la recuperacion de suma de dinero
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 159-2003-J/ONPE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 VISTOS: el Memorandum Nº 296-2003-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica, asi como sus antecedentes administrativos; y, CONSIDERANDO: Que, del documento del vistos se desprende que en los meses de setiembre y octubre de 2001, por error se efectuaron dos (2) depositos en la cuenta de ahorros de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gilvonio, por las sumas de S/. 1,530.00 (Un mil quinientos treinta y 00/100 nuevos soles) y S/. 3,186.00 (Tres mil ciento ochentiseis y 00/100 nuevos soles) respectivamente, retribuciones que correspondian a MORDAZA MORDAZA Fuentes; Que, la Subgerencia de Recursos Humanos ha obtenido el recupero de S/. 1,948.20 (Un mil novecientos cuarentiocho y 20/100 nuevos soles) monto que oportunamente fue revertido a Tesoro Publico; Que, asimismo mediante Recibo de Ingresos Nº 1167 de fecha 13 de diciembre de 2002, la deudora efectuo un pago a cuenta por la suma de S/. 500.00 (Quinientos y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Acta Compromiso de fecha 13 de diciembre de 2002, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gilvonio reconoce que el monto adeudado a la Oficina Nacional de Procesos Electorales asciende a la suma de S/. 2,343.00 (Dos mil trescientos cuarentitres y 00/100 nuevos soles) y ademas, se compromete a pagar dicha suma en 22 armadas mensuales de S/. 100.00 (Cien y 00/100 nuevos soles) y una de S/. 143.00 (Ciento cuarentitres y 00/100 nuevos soles), segun cronograma que se inicio el 20 de enero de 2003 y venceria el 20 de octubre de 2004, garantizando su pago con una letra de cambio renovable por el mismo monto; Que, mediante Memorandum Nº 072-2003-SGRRHHGAF/ONPE, la Subgerencia de Recursos Humanos informa que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gilvonio adeuda a la fecha, la suma de S/. 2,043.00 (Dos mil cuarentitres y 00/100 nuevos soles) pues, unicamente ha cumplido con pagar las cuotas correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo 2003, por un importe total de S/. 300.00 (Trescientos y 00/100 nuevos soles); Que, habiendose efectuado las gestiones extrajudiciales conducentes a obtener el cobro del monto senalado de manera infructuosa, resulta necesario autorizar al Procurador Publico del Sistema Electoral a cargo de los asuntos judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a interponer las acciones legales que correspondan a fin de recuperar el pago indebido; De conformidad con lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, Decreto Ley Nº 17537,

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Modifican numerales del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 314-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Oficio Nº 734-2003/GAJ/RENIEC, del 11 de MORDAZA del ano 2003 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 062-2003/DAE, de fecha 10 de MORDAZA del ano 2003 de la Division de Actividades Electorales; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 248-2003JEF/RENIEC, de fecha 16 de junio del ano 2003, la Jefatura Nacional en uso de sus facultades y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, en el indicado MORDAZA -RENIEC, se establece en su numeral 39º el procedimiento de Verificacion de Firmas de Adherentes para solicitud de Acciones de Inconstitucionalidad, en tanto que, en su numeral 40º el procedimiento de Verificacion de Firmas de Adherentes para tramites de Demarcacion Territorial, consignandose en ambos los Derechos Administrativos de tramite equivalentes a una tasa por firma de 0.0162% del valor de la UIT, toda vez que se trata de la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado por parte de la Entidad, el mismo que recoge igual disposicion publicada en el MORDAZA - RENIEC - 2002, en los numerales 33º y 34º, respectivamente; Que, debe tenerse presente que en el caso de los procedimientos descritos en los considerandos precedentes, tienen un MORDAZA particular, toda vez que son mecanismos a traves de los cuales la persona en forma individual o asociada participa en la MORDAZA politica del MORDAZA, siendo ello MORDAZA fundamental de la democracia en un Estado de Derecho y fiel garantia de lo previsto en el Inc. 17) del Articulo 2º de nuestra Carta Magna al establecer que toda persona tiene derecho a "Participar, en forma individual o asociada en la MORDAZA politica, economica, so-

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