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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2003 (15/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 248185 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de julio de 2003 SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales por los he- chos expuestos en la parte Considerativa de la presenteResolución, contra las presuntas responsables com- prendidas en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13226 O N P E Autorizan a procurador iniciar accio- nes correspondientes para la recupe- ración de suma de dinero OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 159-2003-J/ONPE Lima, 11 de julio de 2003VISTOS: el Memorándum Nº 296-2003-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como sus antece-dentes administrativos; y, CONSIDERANDO: Que, del documento del vistos se desprende que en los meses de setiembre y octubre de 2001, por error seefectuaron dos (2) depósitos en la cuenta de ahorros de Gloria Consuelo Flores Gilvonio, por las sumas de S/. 1,530.00 (Un mil quinientos treinta y 00/100 nuevossoles) y S/. 3,186.00 (Tres mil ciento ochentiséis y 00/100 nuevos soles) respectivamente, retribuciones que correspondían a Nilda Flores Fuentes; Que, la Subgerencia de Recursos Humanos ha obte- nido el recupero de S/. 1,948.20 (Un mil novecientos cua- rentiocho y 20/100 nuevos soles) monto que oportuna-mente fue revertido a Tesoro Público; Que, asimismo mediante Recibo de Ingresos Nº 1167 de fecha 13 de diciembre de 2002, la deudora efectuó unpago a cuenta por la suma de S/. 500.00 (Quinientos y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Acta Compromiso de fecha 13 de diciem- bre de 2002, Gloria Consuelo Flores Gilvonio reconoce que el monto adeudado a la Oficina Nacional de Procesos Elec- torales asciende a la suma de S/. 2,343.00 (Dos mil tres-cientos cuarentitrés y 00/100 nuevos soles) y además, se compromete a pagar dicha suma en 22 armadas mensua- les de S/. 100.00 (Cien y 00/100 nuevos soles) y una deS/. 143.00 (Ciento cuarentitrés y 00/100 nuevos soles), se- gún cronograma que se inició el 20 de enero de 2003 y vencería el 20 de octubre de 2004, garantizando su pagocon una letra de cambio renovable por el mismo monto; Que, mediante Memorándum Nº 072-2003-SGRRHH- GAF/ONPE, la Subgerencia de Recursos Humanos in-forma que Gloria Consuelo Flores Gilvonio adeuda a la fecha, la suma de S/. 2,043.00 (Dos mil cuarentitrés y 00/100 nuevos soles) pues, únicamente ha cumplido conpagar las cuotas correspondientes a los meses de ene- ro, febrero y marzo 2003, por un importe total de S/. 300.00 (Trescientos y 00/100 nuevos soles); Que, habiéndose efectuado las gestiones extrajudi- ciales conducentes a obtener el cobro del monto señala- do de manera infructuosa, resulta necesario autorizar alProcurador Público del Sistema Electoral a cargo de los asuntos judiciales del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a inter-poner las acciones legales que correspondan a fin de recuperar el pago indebido; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, Decreto Ley Nº 17537,de Representación y Defensa Judicial del Estado, modifica- do por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y con la visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público del Sistema Electoral a cargo de los Asuntos Judiciales del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra Gloria Con-suelo Flores Gilvonio, a fin de obtener el recupero judicial de S/. 2,043.00 (Dos mil cuarentitrés y 00/100 nuevos soles), resultante del pago indebido a que se contrae laparte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir, a través de la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales,copia de la presente resolución así como los anteceden- tes administrativos del caso, a la Procuraduría Pública del Sistema Electoral para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. IRACEMA LOZANO MENÉNDEZ Jefe (e) 13303 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Modifican numerales del Texto Único de Procedimientos Administrativos delRENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 314-2003-JEF/RENIEC Lima, 11 de julio de 2003 VISTO: El Oficio Nº 734-2003/GAJ/RENIEC, del 11 de julio del año 2003 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 062-2003/DAE, de fecha 10 de julio del año2003 de la División de Actividades Electorales; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 248-2003- JEF/RENIEC, de fecha 16 de junio del año 2003, la Jefa-tura Nacional en uso de sus facultades y de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administra- tivo General, aprobó el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, en el indicado TUPA -RENIEC, se establece en su numeral 39º el procedimiento de Verificación de Fir- mas de Adherentes para solicitud de Acciones de Inconstitucionalidad, en tanto que, en su numeral 40º elprocedimiento de Verificación de Firmas de Adherentes para trámites de Demarcación Territorial, consignándose en ambos los Derechos Administrativos de trámite equiva-lentes a una tasa por firma de 0.0162% del valor de la UIT, toda vez que se trata de la prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado porparte de la Entidad, el mismo que recoge igual disposi- ción publicada en el TUPA - RENIEC - 2002, en los nu- merales 33º y 34º, respectivamente; Que, debe tenerse presente que en el caso de los procedimientos descritos en los considerandos preceden- tes, tienen un espíritu particular, toda vez que sonmecanismos a través de los cuales la persona en forma individual o asociada participa en la vida política del país, siendo ello pilar fundamental de la democracia en unEstado de Derecho y fiel garantía de lo previsto en el Inc. 17) del Artículo 2º de nuestra Carta Magna al establecer que toda persona tiene derecho a "Participar, en formaindividual o asociada en la vida política, económica, so-