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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2003 (15/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 248180 NORMAS LEGALES Lima, martes 15 de julio de 2003 tividades extractivas, podrán procesar el recurso ancho- veta proveniente de la flota de mayor escala hasta las 24.00 horas del día 21 de julio del 2003, quedando prohi- bida su procesamiento a partir de la citada hora. Artículo 2º.- Exceptuar de la prohibición dispuesta en el 2º párrafo del artículo 1º de la presente resolución a los establecimientos industriales pesqueros, siempre quetengan licencia de procesamiento vigente para la elabo- ración de productos de consumo humano directo y la re- cepción de la anchoveta sea el destino en forma exclusi-va a la elaboración de producto de consumo humano di- recto. Para tal efecto, sólo podrán abastecerse de mate- ria prima de anchoveta de embarcaciones artesanalesque cuenten con permisos de pesca vigente, utilicen re- des de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada y estén garantizados la utilización de medios idóneos depreservación a bordo de la embarcación artesanal. Artículo 3º.- Quedarán suspendidos automáticamente los efectos jurídicos de los Convenios firmados por losarmadores de embarcaciones pesqueras de mayor es- cala para extraer los recursos sardina, jurel o caballa para el consumo humano directo, suscritos al amparo las Re-soluciones Ministeriales Nºs. 150-2001-PE y/o 077-2002- PRODUCE, en caso de orientar sus capturas hacia los recursos anchoveta y anchoveta blanca en el área de vedadispuesta en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Las actividades de extracción y de procesamiento de la anchoveta y anchoveta blanca en elárea comprendida entre al paralelo 16° 00' S y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, se sujetarán a las dis- posiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 083-2003-PRODUCE. Artículo 5º.- El Instituto del Mar del Perú deberá in- formar diariamente al Ministerio de la Producción el se-guimiento de la pesquería respecto a especies y cantida- des desembarcadas, esfuerzo de pesca e incidencia de juveniles; así como recomendar las medidas de necesa-rias para garantizar la preservación y explotación racio- nal del recurso. Artículo 6º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución será sancionado conforme al Reglamento de Inspección y del Procedi- miento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuí-cola, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y sus modificatorias. Artículo 7º.- Las Direcciones Nacionales de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Con- trol y Vigilancia y de Medio Ambiente del Ministerio de la Producción, así como las dependencias regionales concompetencia pesquera del litoral y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defen- sa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias yjurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 13327 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participarÆ en reuniones con el FMI, BID, Banco Mun-dial y Tesoro Americano, a realizarseen EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0616-2003-RE Lima, 11 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Perú participará en las reuniones con el Fon- do Monetario Internacional, Banco Interamericano de De-sarrollo (BID), Banco Mundial y Tesoro Americano, a lle- varse a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 14 y 15 de julio de 2003, Que, es necesario designar a la delegación peruana que asistirá a las mencionadas reuniones y que partici-pará en el mismo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, de 29 de mar- zo de 1990, el Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servi-cio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996 y el literal m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exte-riores; de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la Delegación Perua- na que participará en las reuniones con el Fondo Mone-tario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Mundial y Tesoro Americano, a llevarse a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados de Amé-rica, los días 14 y 15 de julio de 2003, la que estará con- formada por las siguientes personas: - Doctor Javier Silva Ruete, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, quien la presidirá; - Señor Fernando Zavala Lombardi, Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; y, - Señor Edgar Leonidas Zamalloa Gallegos, represen- tante del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la partici- pación de los miembros de la mencionada delegaciónserán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da de- recho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 13304 SALUD Designan representante del ministerio ante el ComitØ de CoordinaciónMultisectorial de la APCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 822-2003-SA/DM Lima, 11 de julio del 2003 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI se dispone que el Comité de Coordinación Multisectorial será una instancia de enlace y coordinación para forta-lecer los espacios de concertación y diálogo de política y gestión de la cooperación internacional y estará com- puesto, entre otros, por los directores y jefes de las ofi-cinas responsables de cooperación técnica de los ministe- rios o quienes hagan sus veces; Que el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación In- ternacional - APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2003-RE señala que los miembros del citado Comitéserán designados por resolución del Titular de la entidad; Que en consecuencia, resulta necesario designar al Director General de la Oficina General de CooperaciónInternacional como integrante del Comité de Coordina- ción Multisectorial antes mencionado, en representación del Ministerio de Salud; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE: 1º.- Designar al Director General de la Oficina Gene- ral de Cooperación Internacional, como representante del Ministerio de Salud ante el Comité de Coordinación Mul-