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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2003 (20/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 248507 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de julio de 2003 beneficiarias, conforme al procedimiento que establezca el reglamento. Asimismo, el CONSUCODE en su Comu- nicado Nº 001-2003(PRE), publicado en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 19 de febrero del 2003, en el punto 3 indica que: constituye facultad de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche elegir el tipo de insumos que se adquirirá para la ejecución del precitado progra- ma, ya sea leche en cualquiera de sus formas o cual- quier otro producto. Para lo cual el acuerdo por el que se realice la elección del tipo de producto deberá constar en el acta respectiva suscrita por los beneficiarios del Pro- grama. Al respecto no se cumplido con lo estipulado por las normas aplicables en la materia; Que, el CONSUCODE en el Comunicado Nº 001- 2003(PRE) en el punto 7 indica que: Las Bases que no contengan tal requerimiento o el proceso de selección que haya sido convocado prescindiendo de la facultad de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de ele- gir el tipo de producto a consumir, será nulo de pleno derecho, sin perjuicio de la responsabilidad administrati- va, civil o penal del Comité de Administración, del Comi- té Especial y del Alcalde; De conformidad a las facultades otorgadas por el nu- meral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; y al artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la nulidad de oficio la Li- citación Pública Nacional Nº 0001-2003-CE/MDP, debién- dose retrotraer el proceso a la etapa de elaboración de las bases. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial, la elaboración de Bases para la convocatoria del proceso de selección que corresponda, teniéndose en cuenta las observaciones y recomendaciones del CONSUCODE. Artículo Tercero.- Encargar a la unidad de Tesorería el reembolso del pago por concepto de compra de Ba- ses, a todos los adquirentes de las mismas, y/o el canje de éstas por las bases del siguiente proceso de selec- ción. Regístrese, publíquese y cúmplase.CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 13702 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen embanderamiento general y limpieza y pintado de fachadas de pre-dios ubicados en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011 San Juan de Lurigancho, 11 de julio de 2003 EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHOCONSIDERANDO:Que, la Nación Peruana celebra el 28 de julio de este año el 182° Aniversario de la Declaración de Indepen- dencia del Perú; Que, en ese sentido, y con arreglo a las competen- cias, atribuciones y funciones asignadas a los gobier- nos locales contenidas en la Constitución Política, la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, corresponde a esta Corpora- ción Municipal disponer determinadas acciones a car- go de la comunidad que reafirmen su sentimiento y fer- vor patriótico y el compromiso cívico de los vecinos de respeto, pundonor y trabajo a nuestro país hacia su desarrollo y progreso; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades;DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el embanderamiento general del distrito de San Juan de Lurigancho, desde el 15 al 31 de julio del presente año, en conmemoración al 182° Aniversario de la Declaración de Independencia del Perú. Artículo 2º.- Disponer la limpieza y pintado de las fachadas de los predios públicos y privados de la jurisdic- ción, privilegiándose el uso de los colores contenidos en la cartilla elaborada por la Dirección de Desarrollo Urba- no de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, di- fundida en el Boletín Institucional. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Unidad de Comunicación, Imagen Institucional y Proto- colo el cumplimiento y la difusión, según corresponda, de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 13658 Designan Ejecutores Coactivos de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 295 San Juan de Lurigancho, 3 de julio de 2003 EL ALCALDE:CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 039 de fecha 14 de junio de 2003, se Convoca a Concurso Público de Méritos para la designación de dos (2) Ejecutores Coacti- vos para la Municipalidad Distrital de San Juan de Luri- gancho, aprobando las Bases Administrativas del Con-curso Público de méritos; Que, con Informe Nº 01-2003-CECMEC-MDSJL, la Comisión de Concurso Público de Méritos para Ejecuto- res Coactivos, presenta el resultado del concurso públi- co de méritos, señalando haber cumplido escrupulosa y fielmente el cronograma establecido en las bases, se ha presentado un recurso de Revisión de la etapa admisoria la cual ha sido absuelta mediante Acta de Absolución de fecha 25 de junio de 2003; Que, la convocatoria y las bases fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de junio de 2003, se aperturó sobres con propuesta de los postulan- tes en presencia del Notario Público doctor Juan Soto- mayor Vitella y realizada la evaluación en cada una de las etapas de conformidad con las Bases Administrati- vas de dicho concurso; Que, realizada la evaluación en cada una de las eta- pas conforme las bases el cuadro de méritos queda de la siguiente forma: Edwin Alfonso Espinoza Chávez - 12.80 y Javier Manuel Arias Serrano - 12.41, habiéndose publi- cado el resultado del concurso el día lunes 30 de junio en los paneles de la Municipalidad, asimismo se ha comuni- cado a los profesionales que han sido declarado aptos obteniendo su aceptación; Que, la designación no implica nombramiento alguno del postulante para alguna de las plazas materia del pre- sente concurso; el postulante ingresa como funcionario de la Entidad, no constituyendo cargo de confianza, ejer- ciendo su cargo a tiempo completo y dedicación exclusi- va, percibiendo la remuneración permanente que esta- blece el Presupuesto Analítico de Personal, encon- trándose impedido de percibir comisiones, porcentajes o participaciones cuyo cálculo se haga en base a los mon- tos recuperados en los procedimientos a su cargo, so- metiéndose a las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y Remuneraciones del Sector Público y su Regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, así como a las disposiciones particulares labora- les propias del régimen laboral público; Estando a las consideraciones expuestas y con las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada mediante la