TEXTO PAGINA: 12
PÆg. 248566 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de julio de 2003 rrollo Social; dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo So-cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 13868 Designan Viceministra de la Mujer RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2003-MIMDES Lima, 22 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27793 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, incorporando dentro de su estructuraorgánica básica al Despacho Viceministerial de la Mujer; Que, en su consecuencia resulta necesario designar al funcionario que desempeñe las funciones de Vicemi-nistro de la Mujer, cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a la Dra. MARÍA ISABEL RO- SAS BALLINAS como Viceministra de la Mujer, del Mi- nisterio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo So-cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 13869 Aceptan renuncia de Viceministro de Desarrollo Social RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2003-MIMDES Lima, 22 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2002-MI- MDES del 26 de agosto de 2002, se designó como Vice-ministro de Desarrollo Social, del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social al señor ENRIQUE FERMÍN CÁRDE-NAS OJEDA; Que el citado funcionario ha formulado su renuncia al cargo para el que fue designado, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor ENRIQUE FERMÍN CÁRDENAS OJEDA, como Viceministro de De-sarrollo Social, del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, dándosele las gracias por los importantes servi-cios prestados a la Nación.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo So-cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 13870 Declaran nulidad de otorgamiento de buena pro de ítem correspondiente alproceso de adjudicación directa pœbli-ca sobre adquisición de alimentos parapersonas INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 213 Lima, 14 de julio de 2003 VISTO: El Informe Nº 053-2003-INABIF-CEP de fecha 4 de julio de 2003 del Comité Especial Permanente y el Infor-me Nº 485-2003/INABIF-OAJ de fecha 10 de julio de 2003de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto se señala la necesidad de declarar de oficio la nulidad del otorgamientode la Buena Pro del Ítem Nº 1 de la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-INABIF/CEP - "Adquisición de ali- mentos para personas"; Que, mediante Resolución Nº 073 de fecha 14 de mayo de 2003, la Oficina de Administración del INABIF aprue-ba las bases y convoca a la Adjudicación Directa PúblicaNº 002-2003-INABIF/CEP - "Adquisición de alimentos para personas", por el sistema de precios unitarios; Que, el Comité Especial Permanente del INABIF se reunió con fecha 10 de junio de 2003, y procedió a otor-gar la Buena Pro a las empresas con la mejor puntuaciónen cada ítem, siendo la empresa COMERCIAL TRESESTRELLAS S.A. a la que se le otorgó el ítem Nº 1, refe- rido a carne de aves; Que, el Comité Especial Permanente emite el Infor- me Nº 053-2003-INABIF-CEP de fecha 4 de julio de 2003,donde indica que, luego de una revisión del otorgamientode la buena pro de dicho Ítem, se observa que la pro-puesta económica del postor ganador era inferior al 70% del valor referencial, debiendo haber sido considerada como no presentada y declarando desierta el Ítem Nº 1al haber quedado como única propuesta válida de laempresa SAN FERNANDO S.A.; Que, el Art. 33º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las propuestas económicas de los postores inferiores al 70% del valor referencial, en los casos de bienes, serándevueltas por el Comité Especial teniéndolas por no pre-sentadas. Conforme a esta disposición, las Bases del pro-ceso de selección Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-INABIF/CEP - "Adquisición de alimentos para per- sonas", en sus anexos 01 y 07, letra B, establece que el Ítem Nº 1 - "Carne de Aves" tiene como valor referencialS/. 32,530.73 y que el monto mínimo a proponer esS/. 22,771.51, que equivale el 70% del valor referencial.Sin embargo, según el cuadro de evaluación económicaelaborada por el Comité Especial Permanente, el postor COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. ofreció por este ítem el valor de S/. 22,751.55, por lo que debió devolverse di-cha propuesta y tenerla como no presentada; Que, el último párrafo del Art. 32º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del