Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003
Articulo Articulo Articulo Articulo Articulo Articulo 2º.3º.4º.5º.6º.7º.-

NORMAS LEGALES

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Articulo 8º.Articulo 9º.Articulo 10º.Articulo 11º.Articulo 12º.Articulo 13º.Capitulo II:

La potestad de ejecucion coactiva Funcion del Ejecutor Facultades del Ejecutor Competencia del Ejecutor Funcion y facultades del Auxiliar Colaboracion con los funcionarios coactivos Naturaleza y caracteristicas del Procedimiento Notificacion de las resoluciones Costas y gastos Acumulacion de expedientes Pago de la deuda Pagos parciales OBLIGACION EXIGIBLE COACTIVAMENTE

mo, establece pautas de caracter operativo que deben ser observadas por los organos del Ministerio cuya actividad se encuentre, directa o complementariamente, vinculada al procedimiento senalado. II. FINALIDAD Lograr que el Procedimiento de Ejecucion Coactiva sea tramitado de manera mas expeditiva y eficaz. Elevar los niveles de recaudacion por concepto de sanciones y otras acreencias del Ministerio. III. BASE LEGAL - Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, publicada el 23 de septiembre de 1998. - Decreto Supremo Nº 0069-2003-EF, Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, publicado el 27 de MORDAZA del 2003. - Decreto Supremo Nº 0036-2001-EF, Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, publicado el 6 de marzo del 2001, modificado por el D.S. Nº 00692003-EF. - Resolucion Ministerial Nº 186-2003-PRODUCE, Arancel de Costas y Gastos del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, publicada el 29 de MORDAZA del 2003. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11 de MORDAZA del 2001. - Decreto Legislativo Nº 768, Texto Unico Ordenado del Codigo Procesal Civil, publicado el 4 de marzo de 1992. - Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, publicado el 22 de diciembre de 1992. - Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, publicado el 14 de marzo del 2001, y sus modificatorias. - Decreto Ley Nº 25623, Normas para el control y fiscalizacion de productos e insumos quimicos que intervienen en la elaboracion de pasta basica de cocaina y otros, publicado el 22 de MORDAZA de 1997. - Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, publicada el 25 de MORDAZA del 2002. - Decreto Supremo Nº 008-2002-PE, Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, publicado el 3 de MORDAZA del 2002. - Decreto Supremo Nº 013-2003-PRODUCE, MORDAZA modificatoria del Reglamento de la Ley General de Pesca y del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las actividades Pesqueras y Acuicolas, publicado el 16 de MORDAZA del 2003. - Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, publicado el 27 de setiembre de 2002. - Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE, MORDAZA modificatoria del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y que aprueba el Organigrama Estructural del Ministerio de la Produccion, publicado el 21 de febrero del 2003. IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion a los organos del Ministerio de la Produccion cuya actividad se encuentre directa o complementariamente vinculada al Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Entre ellas, los organos de alcance nacional o regional que se encargan de la imposicion de sanciones por infraccion a las normas de los subsectores de Pesqueria e Industria, de la determinacion de otras acreencias del Ministerio, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio, etc. V. NORMAS Capitulo I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Definiciones

Articulo 14º.- Obligacion exigible coactivamente Articulo 15º.- Obligaciones de los organos que imponen sanciones Articulo 16º.- Documentacion que deben remitir los organos de imposicion y los que resuelven impugnaciones Capitulo III: Articulo 17º.Articulo 18º.Articulo 19º.Articulo 20º.Articulo 21º.Capitulo IV: Articulo 22º.Articulo 23º.Articulo 24º.Articulo 25º.Articulo 26º.Capitulo V: INICIO DEL PROCEDIMIENTO Recepcion de la documentacion Formacion del expediente Inicio del Procedimiento Contenido y forma de la REC Efectos de la notificacion de la REC MEDIDAS CAUTELARES Naturaleza de las medidas cautelares Medidas cautelares previas Formas de embargo Otras formas de cobranza Levantamiento de las medidas cautelares SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO

Articulo 27º.- Facultad de suspension del Procedimiento Articulo 28º.- Interposicion y admisibilidad de las solicitudes Articulo 29º.- Causales de suspension del Procedimiento Articulo 30º.- Plazo para resolver Articulo 31º.- Efectos de la suspension Capitulo VI: Articulo 32º.Articulo 33º.Articulo 34º.Articulo 35º.Articulo 36º.Capitulo VII: TERCERIA DE PROPIEDAD Fundamento Interposicion Admisibilidad Tramitacion, plazos y resolucion Efectos de la terceria REMATE

Articulo 37º.- Tasacion y remate Capitulo VIII: CULMINACION DEL PROCEDIMIENTO

Articulo 38º.- Culminacion del procedimiento Articulo 39º.- Impugnacion ante el Poder Judicial DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIA Primera.Segunda.Tercera.Formatos Vigencia Actualizacion y modificacion

VI. RESPONSABILIDAD Para efectos de la aplicacion de la presente Directiva, se entiende por:

DIRECTIVA DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA
I. OBJETIVO La presente Directiva regula el Procedimiento de Ejecucion Coactiva en el Ministerio de la Produccion. Asimis-

1.1 Ministerio.- Al Ministerio de la Produccion. 1.2 Obligado.- Toda persona, natural o juridica, sucesion indivisa, sociedad conyugal, sociedad de hecho y similares, respecto de la cual se MORDAZA iniciado un Procedimiento de Ejecucion Coactiva o se ha dispuesto una medida cautelar previa.

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