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PÆg. 248655 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de julio de 2003 Artículo 2º.- La potestad de ejecución coactiva Artículo 3º.- Función del Ejecutor Artículo 4º.- Facultades del EjecutorArtículo 5º.- Competencia del EjecutorArtículo 6º.- Función y facultades del AuxiliarArtículo 7º.- Colaboración con los funcionarios co- activos Artículo 8º.- Naturaleza y características del Proce- dimiento Artículo 9º.- Notificación de las resolucionesArtículo 10º.- Costas y gastosArtículo 11º.- Acumulación de expedientesArtículo 12º.- Pago de la deudaArtículo 13º.- Pagos parciales Capítulo II: OBLIGACIÓN EXIGIBLE COACTIVA- MENTE Artículo 14º.- Obligación exigible coactivamente Artículo 15º.- Obligaciones de los órganos que impo- nen sanciones Artículo 16º.- Documentación que deben remitir los ór- ganos de imposición y los que resuel-ven impugnaciones Capítulo III: INICIO DEL PROCEDIMIENTOArtículo 17º.- Recepción de la documentación Artículo 18º.- Formación del expedienteArtículo 19º.- Inicio del ProcedimientoArtículo 20º.- Contenido y forma de la RECArtículo 21º.- Efectos de la notificación de la REC Capítulo IV: MEDIDAS CAUTELARESArtículo 22º.- Naturaleza de las medidas cautelares Artículo 23º.- Medidas cautelares previasArtículo 24º.- Formas de embargoArtículo 25º.- Otras formas de cobranzaArtículo 26º.- Levantamiento de las medidas cautela- res Capítulo V: SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO Artículo 27º.- F acultad de suspensión del Procedimien- to Artículo 28º.- Interposición y admisibilidad de las soli- citudes Artículo 29º.- Causales de suspensión del Procedi- miento Artículo 30º.- Plazo para resolverArtículo 31º.- Efectos de la suspensión Capítulo VI: TERCERÍA DE PROPIEDADArtículo 32º.- Fundamento Artículo 33º.- InterposiciónArtículo 34º.- AdmisibilidadArtículo 35º.- Tramitación, plazos y resoluciónArtículo 36º.- Efectos de la tercería Capítulo VII: REMATEArtículo 37º.- Tasación y remateCapítulo VIII: CULMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOArtículo 38º.- Culminación del procedimiento Artículo 39º.- Impugnación ante el Poder Judicial DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIA Primera.- Formatos Segunda.- VigenciaTercera.- Actualización y modificación VI. RESPONSABILIDAD DIRECTIVA DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA I. OBJETIVO La presente Directiva regula el Procedimiento de Eje- cución Coactiva en el Ministerio de la Producción. Asimis-mo, establece pautas de carácter operativo que deben ser observadas por los órganos del Ministerio cuya actividadse encuentre, directa o complementariamente, vinculadaal procedimiento señalado. II. FINALIDAD Lograr que el Procedimiento de Ejecución Coactiva sea tramitado de manera más expeditiva y eficaz. Elevar los niveles de recaudación por concepto de san- ciones y otras acreencias del Ministerio. III. BASE LEGAL- Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, publicada el 23 de septiembre de 1998. - Decreto Supremo Nº 0069-2003-EF, Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, publicadoel 27 de mayo del 2003. - Decreto Supremo Nº 0036-2001-EF, Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, publicadoel 6 de marzo del 2001, modificado por el D.S. Nº 0069- 2003-EF. - Resolución Ministerial Nº 186-2003-PRODUCE, Aran- cel de Costas y Gastos del Procedimiento de EjecuciónCoactiva, publicada el 29 de mayo del 2003. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11 de abril del 2001. - Decreto Legislativo Nº 768, Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, publicado el 4 de marzo de 1992. - Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, publicado el 22 de diciembre de 1992. - Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, publicado el 14 de marzo del 2001, y sus modificatorias. - Decreto Ley Nº 25623, Normas para el control y fisca- lización de productos e insumos químicos que intervienenen la elaboración de pasta básica de cocaína y otros, publi-cado el 22 de julio de 1997. - Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, publicada el 25 de julio del 2002. - Decreto Supremo Nº 008-2002-PE, Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las In-fracciones en las Actividades Pesqueras y Acuícolas, pu-blicado el 3 de julio del 2002. - Decreto Supremo Nº 013-2003-PRODUCE, Norma modificatoria del Reglamento de la Ley General de Pesca y del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento San-cionador de las Infracciones en las actividades Pesquerasy Acuícolas, publicado el 16 de mayo del 2003. - Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de la Pro- ducción, publicado el 27 de setiembre de 2002. - Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE, Norma modificatoria del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de la Producción y que aprueba el Orga-nigrama Estructural del Ministerio de la Producción, publi-cado el 21 de febrero del 2003. IV. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación a los órganos del Ministerio de la Producción cuya actividad se encuentredirecta o complementariamente vinculada al Procedimien- to de Ejecución Coactiva. Entre ellas, los órganos de al- cance nacional o regional que se encargan de la imposi-ción de sanciones por infracción a las normas de los sub-sectores de Pesquería e Industria, de la determinación deotras acreencias del Ministerio, la Oficina de EjecuciónCoactiva del Ministerio, etc. V. NORMAS Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALESArtículo 1º.- Definiciones Para efectos de la aplicación de la presente Directiva, se entiende por: 1.1 Ministerio.- Al Ministerio de la Producción. 1.2 Obligado. - Toda persona, natural o jurídica, suce- sión indivisa, sociedad conyugal, sociedad de hecho y si- milares, respecto de la cual se haya iniciado un Procedi-miento de Ejecución Coactiva o se ha dispuesto una medi-da cautelar previa.