Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2003 (02/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 2 de junio de 2003

cion del Programa del Vaso de Leche, y que a su vez los miembros de este Comite de Administracion se instalaron el siete de MORDAZA del 2003, segun lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 26637, quedando pendiente la elaboracion de su Reglamento de Organizacion y Funciones como lo establece el numeral 2.1. del Art. 2º de la Ley Nº 27470. La Municipalidad en aplicacion del Art. 4º de la Ley Nº 26637 emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 038-2003-MDPM del 19 de MORDAZA del 2003, reconociendo la conformacion del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 016-2003-SE-MDPM del 6 de MORDAZA del 2003. Quedando pendiente la conformacion del Comite Especial para ejecutar el MORDAZA de adjudicacion directa selectiva sin publicacion Nº 001 para el periodo junio a diciembre 2003. En consecuencia para evitar el desabastecimiento regular mensual del producto lacteo, es imprescindible que la adquisicion para el mes de enero a junio tenga que hacerse mediante la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, exonerada del MORDAZA de Seleccion y para ello los senores Regidores, mediante Acuerdo de Concejo deberan "Declarar en Situacion de Urgencia, la adquisicion del producto lacteo por los meses de enero a junio del ano 2003", tiempo necesario para el MORDAZA de Organizacion del Programa del Vaso de Leche; Que, mediante Informe Tecnico Nº 03-2003-MDPMABAS, de fecha 5 de MORDAZA del ano 2003, establece que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad, aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0302003-MDPM de fecha 25-4-03, se establece que el monto referencial para la adquisicion del producto alimenticio para el Abastecimiento del Programa para el ano 2003 es ascendente a la suma de S/. 142,495.00, habiendose adquirido, para abastecer al Programa para los meses de enero a MORDAZA, producto alimenticio por la suma de S/. 43,491.88 a razon de S/. 10,872.97 mensuales, adquisiciones que se efectuaron amparadas en el Acuerdo de Concejo Nº 0022003 de fecha 17 de enero del 2003, mediante el cual el Concejo en Sesion Ordinaria acordo declarar en Situacion de Urgencia por el periodo de 30 dias la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, sin haber observado la forma prescrita por Ley, situacion que no ha cambiado durante los treinta dias y los subsiguientes meses de febrero y marzo por la negligencia de los ex funcionarios, CPC Felinto MORDAZA MORDAZA en su calidad de Administrador, y MORDAZA Mera MORDAZA en su calidad de Jefe de Abastecimientos, por lo que es necesario que se declare en Situacion de Urgencia la adquisicion de alimento para el Programa del Vaso de Leche por los meses de enero a junio del ano 2003, por el valor referencial de S/. 10,872.97 mensuales y un valor referencial acumulado en los seis meses de S/. 65,237.82, con cargo a las transferencias del Tesoro Publico para este Programa y al MORDAZA de lo dispuesto en los Arts. 19º inciso c), 20º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado exonerando a la Entidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva con Publicacion para la adquisicion del alimento enriquecido lacteo mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, autorizando la adquisicion al Organo de Abastecimiento para el Programa por espacio de los meses de enero a junio del 2003, tiempo que sera suficiente para cumplir con la Organizacion Administrativa y Legal del

Programa del Vaso de Leche y la realizacion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa con Publicacion para adquirir alimentos para los meses de MORDAZA a diciembre del 2003, por un monto referencial de S/. 99,003.12 con fondos del Tesoro Publico transferidos al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Padre Marquez; Por los informes de vistos y la exposicion oral de los funcionarios realizada en la sesion, el Concejo Municipal de Padre MORDAZA, en uso de las facultades que le confiere el articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades y el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, ha tomado el siguiente: ACUERDO Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de alimento para el Programa del Vaso de Leche, por los meses de enero a junio del ano 2003, por el valor referencial de S/. 10,872.97 mensuales y un valor referencial acumulado en los seis meses de S/. 65,237.82, con cargo a las transferencias del Tesoro Publico para este Programa y al MORDAZA de lo dispuesto en los Arts. 19º inciso c), 20º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin de NO DESABASTECER de alimento al Programa del Vaso de Leche, exonerando a la entidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva con Publicacion para la adquisicion del alimento mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, autorizando la adquisicion al Organo de Abastecimiento para el Programa del Vaso de Leche por espacio de los meses de enero a junio del 2003, tiempo que sera suficiente para cumplir con la Organizacion Administrativa y Legal del Programa del Vaso de Leche y la realizacion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa con Publicacion para adquirir alimento para los meses de MORDAZA a diciembre del 2003, por un monto referencial de S/. 99,003.12 con fondos del Tesoro Publico. Segundo.- DECLARAR subsanadas las omisiones involuntarias incurridas por el Concejo al tomar el Acuerdo de Concejo Nº 002-2003, de fecha 17 de enero del 2003, el mismo que se modifica de acuerdo al texto del presente Acuerdo. Quedando sin efecto en todo lo que se oponga al acuerdo tomado en esta sesion. Tercero.- Comunicar con el presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica, adjuntandole MORDAZA de los informes que lo sustentan, y publiquese el Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, encargandose al Administrador Municipal el cumplimiento con lo ordenado, dentro del plazo de diez dias siguientes a la fecha del presente Acuerdo. Cuarto.- Encargar al Asesor Legal se sirva implementar las acciones administrativas necesarias para determinar las responsabilidades de los ex funcionarios por las responsabilidades e infracciones administrativas y la aplicacion de las sanciones correspondientes. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA URQUIA MORDAZA 10177

OSINERG

Prepublicacion de los proyectos de resolucion que fijan las tarifas y compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 081-2003-OS/CD MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme se dispone en el literal g), del Anexo B del "Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision", que forma parte de los "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobados por el Consejo Directivo del OSINERG, mediante la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, el proyecto de resolucion que fija las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision (en adelante "SST") asi como la relacion de la informacion (informes, estudios, dictamenes o modelos economicos) que la sustenta, con excepcion de la informacion clasificada previamente como confidencial mediante Resolucion del OSINERG, debera prepublicarse en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB, con un plazo no menor a 15 dias habiles anteriores a la publicacion de la Resolucion de tarifas y compensaciones de los SST; Que, respecto a la fijacion de las tarifas y compensaciones de los SST, se deben prepublicar las tres resoluciones siguientes:

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