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PÆg. 245754 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de junio de 2003 metodológica, permita mediante consultas y/o reportes efec- tuar el seguimiento de un pedido, solicitud o reclamo enparticular, su solución y/o respuesta final al Cliente. 4.3.2.4.Centros de atención telefónica / fax Complementando lo establecido en el numeral 7.2.3 c) de la NTCSE, el sistema de atención telefónica / fax paraatender reclamaciones por falta de suministro deberá estarcapacitado para registrar la hora de inicio de una interrup-ción en concordancia con lo señalado en el numeral 6.1.11de la misma norma. Este sistema de atención podrá serauditado por el OSINERG en cualquier momento que lorequiera. 4.3.3.- PRECISIÓN DE MEDIDA DE LA ENERGÍA.4.3.3.1.Cronograma de Mediciones En aplicación del numeral 7.5.1 de la NTCSE, OSINERG sustituirá el programa propuesto por el suministradorpor otro, el cual se determinará de acuerdo con el si-guiente procedimiento: • El quince (15) del mes previo a la campaña, OSI- NERG entregará, vía FTP u otro medio, un programainformático para que el suministrador efectué el pro-ceso de selección de la muestra aplicando el pro-grama y reenvíe (transfiera) al OSINERG este pro-grama con los resultados finales. OSINERG verificará el proceso seguido y de en- contrarlo conforme entregará al suministrador, víae-mail u otro medio, el número de clientes elegidospor cada distrito de su concesión. • El veinte (20) del mes previo a la campaña, la sumi- nistradora entregará al OSINERG el programa demediciones por distritos, según el formato que sedetalla en el ANEXO Nº 17. El programa informático usado para la selección de la muestra, no mostrará directamente al suministro elegi-do, sino que indicará un número que tendrá vinculacióndirecta con el código del suministro elegido. La vincu-lación se establece en una base de datos al cual sólotiene acceso el OSINERG copia de la cual se entregaráa un notario. Finalizado el semestre de control las sumi-nistradoras interesadas podrán pedir copia de esta basede datos al notario. El suministrador deberá reportar al OSINERG cual es la empresa contrastadora con la que se llevará a cabo lacampaña de medición, en caso se decida cambiar deempresa se deberá informar el hecho a OSINERG conla debida anticipación. En caso no se pueda efectuar el contraste en determi- nado suministro elegido por que el cliente fue dado debaja o por la negativa del mismo, la empresa contrasta-dora podrá elegir al suministro más próximo como al-ternativo. En estos casos, el suministrador sustentarálo sucedido en el informe consolidado semestral co-rrespondiente. El programa de mediciones por distrito debe establecer un número de inspecciones diarias no menor a seis (6). Las fechas cronogramadas deben ser respetadas. En ca- sos debidamente sustentados ante la autoridad, se admiteuna demora no mayor a un (01) día para la realización dela inspección, con respecto a la fecha programada. Cuan-do por solicitud expresa del cliente, se determine una fe-cha para la inspección que exceda la tolerancia de la fechaprogramada, se efectuará la inspección y se reportará elcaso de manera sustentada en un informe mensual queserá enviado en el mismo plazo que el establecido para elAnexo 18. 4.3.3.2.Elección de la muestra El programa que OSINERG entregue al suministrador seleccionará aleatoriamente la muestra de inspecciónmensual de "precisión de medida de la energía fáctura-da", de cada localidad bajo responsabilidad del sumi-nistrador estratificado por opción tarifaría, marca demedidores y antigüedad de los mismos. En caso la na-turaleza del parque de medidores de la empresa lo amerite, la selección se efectuará en forma totalmentealeatoria entre los usuarios de cada localidad en fun-ción de la opción tarifaría. 4.3.3.3.De la Inspección Cinco (5) días hábiles antes del inicio de contrastes en un determinado distrito, el OSINERG informará al sumi-nistrador sobre los clientes elegidos para la mediciónen ese distrito, a fin de que el suministrador comuniquea los usuarios con un mínimo de cuarenta y ocho (48)horas de anticipación. Con esta información, el sumi-nistrador coordinará con la empresa contrastadora lasfechas y horas de los contrastes por cliente respetandolas fechas establecidas en el Anexo Nº 17. El suministrador dispondrá el personal necesario para estar presente en la inspección. La inspección consta de la contrastación del equipo de medición y revisión de loselementos complementarios del mismo, tales como: reduc-tores o transductores, dispositivos horarios, etc. El suministrador llevará a cabo estas inspecciones en su concesión, a través de una o más empresas contrastado-ras, debidamente autorizadas por el INDECOPI; cuando el suministrador sustente la imposibilidad de efectuarmediciones durante todos los meses en determinadalocalidad, OSINERG podrá disponer se efectué en uno omás meses el número de contrastes requeridos para elsemestre. Cuando no exista empresa contrastadora autorizada por Indecopi para llevar a cabo el contraste de determinadomedidor, el suministrador presentará el caso al OSI-NERG a fin que éste determine el procedimiento a se-guir. La contrastación del medidor instalado se realiza con un medidor patrón, cumpliendo para las pruebas de contras-tación de equipo de medición en el campo y verificación desu funcionamiento dentro del error porcentual admisible, loestablecido en la Norma Técnica de Contrastes el Siste- ma de Medición de Energía Eléctrica aprobada con Re-solución Directoral Nº 012–2003-EM/DM o la que lo sus-tituya, las prescripciones aplicables de la normas metroló- gicas peruanas y a falta de éstas según las normas IEC(International Electrotechnical Commission). El medidorpatrón y el equipo portátil de carga fantasma deberán es-tar debidamente certificados por el INDECOPI. Para el caso específico de la prueba a baja carga, la empresa constrastadora efectuará las pruebas al 5% Iny 10% In. Para la determinación de los indicadores decalidad la empresa contrastadora tomará en cuenta elensayo que corresponda al consumo del usuario. Elconsumo del usuario será entregado por el suministra-dor al contrastador antes de efectuar la inspección. El consumo a tomarse en cuenta, para efectos del pá- rrafo anterior, será el promedio de los seis (6) mesesanteriores a la campaña de medición. En el caso de queel usuario tenga una antigüedad menor a los seis (6)meses, se considerará el promedio de los meses deconsumo. En puntos de suministro donde se aplica opciones tarifa- rias polinómicas, se contrasta por separado cada aparatode medición. Por cada prueba realizada el Suministrador elabora un protocolo de inspección, según formato que se detalla enel Gráfico Nº 2. Este protocolo debe ser firmado por elCliente en señal de conocimiento, por lo que en caso denegativa se debe dejar constancia en el mismo protocolo. Sólo para el caso de medidores electrónicos de alta preci- sión, el proceso de contrastación puede sustituirse median-te la instalación de un analizador de redes que registre lapotencia activa, energía activa y/o reactiva durante un pe-ríodo de medición de siete (7) días continuos, considerán-dose para este caso una tolerancia permitida de error en laprecisión de la medida de energía facturada, no mayor a ladel medidor electrónico. Asimismo se debe verificar comoparte de la inspección de este tipo de medidores, que elperíodo de integración este programado para 15 minutos.