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PÆg. 246694 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de junio de 2003 según lo dispuesto por el artículo 98º inciso a) del Regla- mento de Inscripciones del RENIEC; b) Que las oficinas de registro civil de las municipalida- des del país exijan, de modo alternativo, los requisitospara la inscripción extraordinaria de nacimiento estableci-dos en el artículo 47º inciso d) de la Ley Orgánica delRENIEC y en el artículo 26º in fine del Reglamento de Inscripciones del RENIEC; c) Que las oficinas de registro civil de las municipalida- des del país cumplan con aplicar el artículo 15º inciso c) delReglamento de Inscripciones del RENIEC, previa verifica-ción de la idoneidad de los documentos presentados encumplimiento del artículos 47º y 49º de la Ley Orgánica delRENIEC y del artículo 26º del Reglamento de Inscripcionesdel RENIEC. Artículo Quinto.- EXHORTAR a los Alcaldes y a los Concejos Municipales de todas las municipalidades del paísa: a) Incorporar de manera expresa en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos la gratuidad de la ins-cripción ordinaria y extraordinaria de nacimiento, de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 98º inciso a) delReglamento de Inscripciones del RENIEC; b) Adecuar en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos los requisitos establecidos para la inscrip-ción extraordinaria de nacimiento, de acuerdo a lo señala-do en los artículos 47º y 49º de la Ley Orgánica del RE-NIEC y en el artículo 26º del Reglamento de Inscripcionesdel RENIEC. Artículo Sexto.- ENCOMENDAR a la Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, asícomo a las oficinas defensoriales en el ámbito de su cir-cunscripción, el seguimiento de las recomendaciones con-tenidas en el presente informe. Artículo Séptimo.- INCLUIR la presente Resolución De- fensorial en el Informe Anual del Defensor del Pueblo al Con-greso de la República, conforme lo establece el artículo 27º dela Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en funciones 11862 J N E Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay RESOLUCIÓN Nº 136-2003-JNE Expediente Nº 649-2003 Lima, 24 de junio de 2003VISTOS, el Oficio Nº 131-2003-MPI-A de don Miguel Román Valdivia, Alcalde del Concejo Provincial de Islay,departamento de Arequipa, comunicando la declaraciónde vacancia del cargo de Regidor que ejercía don JavierEduardo Fernández-Dávila Mercado, por haber sido nom-brado Vocal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; yel Oficio Nº 899-2003-SG-CNM del Secretario General delConsejo Nacional de la Magistratura, recibido el 18 de junioúltimo, remitiendo copia certificada del Acta de Juramentodel doctor Eduardo Fernández-Dávila Mercado; CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 017-2003-MPI de fe- cha 15 de abril de 2003, a fojas 2, el Concejo Provincial deIslay declaró la vacancia del cargo de Regidor que ejercíadon Javier Eduardo Fernández - Dávila Mercado, por lacausal señalada en el inciso 3) del artículo 26º concordan-te con el artículo 23º numeral 3) de la Ley Nº 23853, vigen-te a la fecha del referido acuerdo municipal, la misma queseñala la incompatibilidad existente entre el cargo de Al-calde o Regidor y de miembro del Poder Judicial, causalque se encuentra prevista en el inciso 10) del artículo 22ºde la actual Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;Que, según consta del acta que corre en copia certifi- cada a fojas 8, el Consejo Nacional de la Magistratura, ensesión pública solemne de fecha 21 de abril de 2003,proclamó, entregó el título y tomó juramento de Vocal de laCorte Superior de Justicia de Arequipa al doctor JavierEduardo Fernández-Dávila Mercado, en virtud de la Reso-lución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 117-2003-CNM del 8 de abril de 2003; Que de conformidad con lo previsto en los artículos 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 y 24º, nu-meral 2), de la Ley Nº 27972, para cubrir la vacante produ-cida se incorpora al candidato inmediato que no hubierasido proclamado, respetando la precedencia establecidaen su propia lista electoral, debiéndose convocar a doñaLucía Dominga Bernedo de Mancilla de la lista de la orga-nización política local Movimiento Independiente FrenteProvincial Islay; Por estos fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Único.- Convocar a la ciudadana Lucía Do- minga Bernedo de Mancilla, candidata no proclamada dela lista de la organización política local Movimiento Inde-pendiente Frente Provincial Islay, para que asuma el cargode Regidor del Concejo Provincial de Islay, departamentode Arequipa, en el período de gobierno municipal 2003 -2006; y disponer se le otorgue la credencial correspon-diente; dejando sin efecto la credencial entregada a donJavier Eduardo Fernández-Dávila Mercado. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALADE TABOADA BUSTAMANTE,Subsecretario General. 11863 Autorizan viaje del Presidente del JNE para asistir a la verificación de elec- ciones federales que se realizarÆ en los Estados Unidos Mexicanos JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 138-2003-P/JNE Lima, 20 de junio de 2003 VISTO: La comunicación conjunta del Consejero Presi- dente del Instituto Federal Electoral y del Presidente de laSala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de laFederación de los Estados Unidos Mexicanos, del 29 demayo de 2003; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Federal Electoral y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación delos Estados Unidos Mexicanos, han invitado al Presidentedel Jurado Nacional de Elecciones, para que asista a laverificación de las elecciones federales, para renovar los500 escaños que integran la Cámara de Diputados, que sedesarrollará el próximo domingo 6 de julio del año en curso; Que, la participación de este supremo organismo elec- toral en el proceso mencionado en el considerando ante-rior, honra al Jurado Nacional de Elecciones y además deprofundizar el nivel del análisis y reflexión sobre temaselectorales de interés común, contribuye a fortalecer elespíritu de cooperación técnica e intercambio que ha pre-valecido entre las Instituciones que forman parte de laUnión Interamericana de Organismos Electorales (UNIO-RE); Que, según la comunicación del Visto los anfitriones cubrirán los gastos relativos al transporte aéreo y hospeda-je durante el período comprendido entre el miércoles 2 y ellunes 7 de julio del año en curso; Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en sesión de 2 de junio del año en curso autorizó el viaje a los