Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2003 (26/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de junio de 2003

segun lo dispuesto por el articulo 98º inciso a) del Reglamento de Inscripciones del RENIEC; b) Que las oficinas de registro civil de las municipalidades del MORDAZA exijan, de modo alternativo, los requisitos para la inscripcion extraordinaria de nacimiento establecidos en el articulo 47º inciso d) de la Ley Organica del RENIEC y en el articulo 26º in fine del Reglamento de Inscripciones del RENIEC; c) Que las oficinas de registro civil de las municipalidades del MORDAZA cumplan con aplicar el articulo 15º inciso c) del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, previa verificacion de la idoneidad de los documentos presentados en cumplimiento del articulos 47º y 49º de la Ley Organica del RENIEC y del articulo 26º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC. Articulo Quinto.- EXHORTAR a los Alcaldes y a los Concejos Municipales de todas las municipalidades del MORDAZA a: a) Incorporar de manera expresa en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos la gratuidad de la inscripcion ordinaria y extraordinaria de nacimiento, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 98º inciso a) del Reglamento de Inscripciones del RENIEC; b) Adecuar en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos los requisitos establecidos para la inscripcion extraordinaria de nacimiento, de acuerdo a lo senalado en los articulos 47º y 49º de la Ley Organica del RENIEC y en el articulo 26º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC. Articulo Sexto.- ENCOMENDAR a la Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, asi como a las oficinas defensoriales en el ambito de su circunscripcion, el seguimiento de las recomendaciones contenidas en el presente informe. Articulo Septimo.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica, conforme lo establece el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en funciones 11862

Que, segun consta del acta que corre en MORDAZA certificada a fojas 8, el Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion publica solemne de fecha 21 de MORDAZA de 2003, proclamo, entrego el titulo y tomo juramento de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA al doctor MORDAZA MORDAZA Fernandez-Davila MORDAZA, en virtud de la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 1172003-CNM del 8 de MORDAZA de 2003; Que de conformidad con lo previsto en los articulos 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 y 24º, numeral 2), de la Ley Nº 27972, para cubrir la vacante producida se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, debiendose convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de la lista de la organizacion politica local Movimiento Independiente Frente Provincial Islay; Por estos fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la lista de la organizacion politica local Movimiento Independiente Frente Provincial Islay, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Islay, departamento de MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 2003 2006; y disponer se le otorgue la credencial correspondiente; dejando sin efecto la credencial entregada a don MORDAZA MORDAZA Fernandez-Davila Mercado. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, Subsecretario General. 11863

JNE
Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Islay
RESOLUCION Nº 136-2003-JNE
Expediente Nº 649-2003 MORDAZA, 24 de junio de 2003 VISTOS, el Oficio Nº 131-2003-MPI-A de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Islay, departamento de MORDAZA, comunicando la declaracion de vacancia del cargo de Regidor que ejercia don MORDAZA MORDAZA Fernandez-Davila MORDAZA, por haber sido nombrado Vocal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y el Oficio Nº 899-2003-SG-CNM del Secretario General del Consejo Nacional de la Magistratura, recibido el 18 de junio ultimo, remitiendo MORDAZA certificada del Acta de Juramento del doctor MORDAZA Fernandez-Davila Mercado; CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 017-2003-MPI de fecha 15 de MORDAZA de 2003, a fojas 2, el Concejo Provincial de Islay declaro la vacancia del cargo de Regidor que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, por la causal senalada en el inciso 3) del articulo 26º concordante con el articulo 23º numeral 3) de la Ley Nº 23853, vigente a la fecha del referido acuerdo municipal, la misma que senala la incompatibilidad existente entre el cargo de MORDAZA o Regidor y de miembro del Poder Judicial, causal que se encuentra prevista en el inciso 10) del articulo 22º de la actual Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Autorizan viaje del Presidente del JNE para asistir a la verificacion de elecciones federales que se realizara en los Estados Unidos Mexicanos
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 138-2003-P/JNE
MORDAZA, 20 de junio de 2003 VISTO: La comunicacion conjunta del Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral y del Presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion de los Estados Unidos Mexicanos, del 29 de MORDAZA de 2003; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Federal Electoral y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion de los Estados Unidos Mexicanos, han invitado al Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, para que asista a la verificacion de las elecciones federales, para renovar los 500 escanos que integran la Camara de Diputados, que se desarrollara el proximo MORDAZA 6 de MORDAZA del ano en curso; Que, la participacion de este supremo organismo electoral en el MORDAZA mencionado en el considerando anterior, honra al MORDAZA Nacional de Elecciones y ademas de profundizar el nivel del analisis y reflexion sobre temas electorales de interes comun, contribuye a fortalecer el MORDAZA de cooperacion tecnica e intercambio que ha prevalecido entre las Instituciones que forman parte de la Union Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE); Que, segun la comunicacion del Visto los anfitriones cubriran los gastos relativos al transporte aereo y hospedaje durante el periodo comprendido entre el miercoles 2 y el lunes 7 de MORDAZA del ano en curso; Que, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en sesion de 2 de junio del ano en curso autorizo el viaje a los

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