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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2003 (09/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 240463 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de marzo de 2003 Propiedad Vehicular, la cual está referida al Contrato de Compra Venta del vehículo de Placa Nº FQ-3475, sus- crito entre don Julián Reynaldo Sarria García como ven- dedor y de la otra parte don Leonardo Gerardo CuetoAsencio como comprador por la suma de US$ 2,550.00 (Dos Mil Quinientos Cincuenta y 00/100 Dólares Ameri- canos), documento supuestamente legalizado por elNotario Público de Lima, Dr. Aurelio A. Díaz Rodríguez, quien en su Oficio s/n de fecha 12 de agosto de 2002, manifiesta que los sellos y la firma que aparecen endicha certificación no corresponden a su despacho no- tarial; Que, mediante Memorándum Nº 1254-2002-SUNARP- Z.R Nº IX-GBM, de fecha 27 de setiembre de 2002, la Gerencia de Bienes Muebles de la Zona Registral IX Sede - Lima, informa a la Oficina Legal de la referidainstitución, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 150748, de fecha 20 de agosto de 2002, presentada por don Víctor Manuel Rodríguez Atalaya ante el Registro dePropiedad Vehicular, en la que se adjunta la Declaración Jurada sobre Transferencia de Vehículo de placa HQ- 4128, en la cual aparece suscrita por el señor JavierArbulú Bryce, documento supuestamente legalizado por la Notaria Público de Lima, Dra. Silvia Samaniego de Mestanza, quien en su Carta s/n, de fecha 24 de setiem-bre de 2002, manifiesta que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificación no corresponden a su despacho notarial; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justiciay artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representa- ción y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, para que en representación y defensa de los intere-ses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra don Leonardo Gerardo Cueto Asen- cio y don Víctor Manuel Rodríguez Atalaya, y los demásque resulten responsables por la comisión del delito con- tra la Fe Pública, en la modalidad de falsificación de documentos, conforme a los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionadaProcuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 04548 Autorizan a asociaciones para que ini- cien el funcionamiento de centros deconciliación con sede en la ciudad deLima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 025-2003-JUS Lima, 5 de marzo de 2003 Vista, la solicitud de Registro Nº 011171, de fecha 22 de abril de 2002, sobre Autorización de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil CENTRO DE CONCILIACIÓN EQUIDAD & JUSTICIA con siglasCC- E&J y el Informe Nº 0238-2003-JUS/STC; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Con- ciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL "JESÚS PARRA MOLINA", con siglasCCEJ/JAPM, con sede en la ciudad de Lima; Que, según Informe Nº 0238-2003-JUS/STC, la recu- rrente cumple con todos los requisitos establecidos enlos artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamen- to de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funcio- nes del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación,modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aproba- do por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la asociación civil CENTRO DE CONCILIACIÓN EQUIDAD & JUSTICIA con abrevia- tura CC- E&J, el funcionamiento de su Centro de Conci-liación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN EX- TRAJUDICIAL "JESÚS PARRA MOLINA", con siglas CCEJ/JAPM, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.-. El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación yaplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 04540 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 026-2003-JUS Lima, 5 de marzo de 2003Vista, la solicitud de Registro Nº 030252, de fecha 10 de diciembre de 2002, sobre Autorización de Centro de Conci-liación, presentada por la asociación civil PAZ, ORDEN Y LIBERTAD y el Informe Nº 0227-2003-JUS/STC; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Con- ciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN PAZ, ORDEN Y LIBERTAD, con sede en la ciudad de Lima; Que, según Informe Nº 0227-2003-JUS/STC, la recu- rrente cumple con todos los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley deConciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamen- to de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funcio- nes del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación,modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aproba- do por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la asociación civil PAZ, ORDEN Y LIBERTAD, el funcionamiento de su Centro de Conciliacióndenominado CENTRO DE CONCILIACIÓN PAZ, ORDEN Y LIBERTAD, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.-. El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentesde acuerdo a sus atribuciones.