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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2003 (09/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 240470 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de marzo de 2003 Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el ar- tículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación dedicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrariose dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don MICHEL DANTE ORTIZ MUNARES está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifu-sión concedido acorde con la presente resolución, es- tando impedido de modificar las características a que se contrae el artículo 1º de la presente resolución sin auto-rización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autori- zado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 04458 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 065-2003-MTC/03 Lima, 18 de febrero del 2003 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2002-002214, formu- lada por don DAVID ABRAHAM SALAZAR MOROTE, para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifusión sonora comercialen Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la presta- ción del servicio de radiodifusión se requiere de autoriza-ción, permiso y licencia; otorgándose la autorización por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 144º del Reglamento General dela Ley de Telecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones antes referido,establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para estable- cer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso esla facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debeacompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene unaduración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no sonmodificables las características de instalación y opera- ción autorizadas para el uso o explotación de frecuen- cias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtienela correspondiente aprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 281-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 385-2002-MTC/15.19.01, la Dirección deAdministración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por don DAVID ABRAHAM SALAZAR MORO-TE, cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorización y permiso solicitados;De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a don DAVID ABRAHAM SALA- ZAR MOROTE, autorización y permiso de instalaciónpor el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusiónsonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, de acuerdo a las siguientes característicastécnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 106.5 MHz Indicativo : OAQ-5I Potencia : 0.50 KwEmisión : 256F8E Horario : H24 Ubicación de losEstudios y Planta : Juan Antonio Trelles Nº 441, dis- trito y provincia de Andahuay- las, departamento de Apurímac. Coordenadas: L.O. 73° 53’ 4.6"L.S. 13° 39’ 24.3" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el ar- tículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación dedicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrariose dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don DAVID ABRAHAM SALAZAR MOROTE, está obligado a instalar y operar el serviciode radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedido de modificar las caracte- rísticas a que se contrae el artículo 1º de la presenteresolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autori- zado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 04459 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 067-2003-MTC/03 Lima, 24 de febrero del 2003 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2002-010204, formu- lada por don JAIME LUIS SEGOVIA PACHECO, para que se le otorgue autorización para establecer una esta- ción del servicio de radiodifusión sonora comercial enFrecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la presta- ción del servicio de radiodifusión se requiere de autoriza-