Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2003 (09/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, MORDAZA 9 de marzo de 2003 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 240467

Articulo 1º.- Otorgar a la empresa SCALLOPS PERU S.A.C., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus), en un area de mar de cuarenta y cuatro hectareas y siete mil trescientos metros cuadrados (44.73 has.), ubicada frente e la MORDAZA MORDAZA, distrito de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D E F LATITUD SUR 09º 09º 09º 09º 09º 09º 20' 20' 20' 20' 20' 19' 28" 28" 13" 03" 07" 57" LONGITUD OESTE 78º 78º 78º 78º 78º 78º 27' 27' 27' 27' 27' 27' 11" 23" 36" 25" 21" 11"

RELACIONES EXTERIORES
Modifican el Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 034-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 016-2001-RE, se modifico el literal c) del articulo 27º del Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0013/RE de 5 de octubre de 1984, sustituyendolo por el tenor siguiente: "La prueba oral se rendira ante un MORDAZA conformado por el Viceministro Secretario General o un representante MORDAZA quien lo presidira, el Director de la Academia Diplomatica, el Director General de Desarrollo de Recursos Humanos, un Embajador en retiro y un profesor de la Academia, quienes seran designados por el mismo Viceministro Secretario General"; Que por Decreto Supremo Nº 001-2003-RE, se crea como organo de linea del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Secretaria de Politica Exterior, la que tendra a su cargo la coordinacion, evaluacion y ejecucion de las acciones necesarias para aplicar las directivas y decisiones que en materia de politica exterior adopte la Alta Direccion; Que es necesario modificar la composicion del MORDAZA MORDAZA mencionado, incluyendo al Secretario de Politica Exterior y reemplazando al Embajador en retiro y al profesor de la Academia, por dos profesionales de reconocido prestigio en la docencia o la investigacion; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo Unico.- Modifiquese el literal c) del articulo 27º del Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 0013/RE de 5 de octubre de 1984, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-RE, sustituyendo su tenor por el siguiente: "c) La prueba oral se rendira ante un MORDAZA conformado por el Viceministro Secretario General o un representante MORDAZA quien lo presidira, el Secretario de Politica Exterior, el Director de la Academia Diplomatica, el Director General de Desarrollo de Recursos Humanos y dos profesionales de reconocido prestigio en la docencia o la investigacion, quienes seran designados por el Viceministro Secretario General". Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 04677

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) anos, renovable por periodos iguales; debiendo la titular de la concesion cumplir con lo establecido en el Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola, asi como: - Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion del area acuatica, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de otorgada la concesion. - Tramitar ante el Ministerio de la Produccion la concesion para la instalacion de colectores para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. - Presentar informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de Pesqueria MORDAZA con sede en Chimbote, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Obtener la calificacion sanitaria emitida por la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA del Ministerio de Salud y presentar a la Direccion Nacional de Acuicultura o Direccion Regional correspondiente, MORDAZA de dar inicio a sus actividades de cosecha. Articulo 4º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral seran causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA con sede en Chimbote y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VALDIVIESO MORDAZA Directora Nacional de Acuicultura 04529

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales por presuntas irregularidades en que habrian incurrido funcionarios de la Zonal IX - MORDAZA de PROVIAS NACIONAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2003-MTC/02 MORDAZA, 6 de marzo de 2003

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