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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2003 (09/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 240467 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de marzo de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SCALLOPS PERU S.A.C., concesión para desarrollar la activi- dad de acuicultura a mayor escala, mediante el culti-vo del recurso concha de abanico (Argopecten pur- puratus), en un área de mar de cuarenta y cuatro hectáreas y siete mil trescientos metros cuadrados(44.73 has.), ubicada frente e la Bahía Salinas, distri- to de Samanco, provincia del Santa, departamento de Ancash, delimitada por las siguientes coordena-das geográficas: VÉRTICE LATITUD SUR LONGITUD OESTE A 09º 20' 28" 78º 27' 11" B 09º 20' 28" 78º 27' 23" C 09º 20' 13" 78º 27' 36" D 09º 20' 03" 78º 27' 25" E 09º 20' 07" 78º 27' 21"F 09º 19' 57" 78º 27' 11" Artículo 2º.- La concesión para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el artículo precedente comprende, acondicionamiento del me- dio, obtención de larva planctónica y semilla, siem-bra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesión. Artículo 3º.- La concesión a que se refieren los artículos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) años, renovable por períodos iguales; debiendo la titular de la concesión cumplir con lo establecido en elConvenio de Conservación, Inversión y Producción Acuí- cola, así como: - Tramitar ante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspon-diente autorización para la ocupación del área acuática, en un plazo máximo de 30 días calendario de otorgada la concesión. - Tramitar ante el Ministerio de la Producción la concesión para la instalación de colectores para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha activi-dad se realice fuera del área de la concesión otorga- da. - Presentar informes semestrales a la Dirección Na- cional de Acuicultura, con copia a la Dirección Regional de Pesquería Ancash con sede en Chimbote, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en eldesarrollo del cultivo. - Obtener la calificación sanitaria emitida por la Direc- ción General de Salud Ambiental - DIGESA del Ministeriode Salud y presentar a la Dirección Nacional de Acuicul- tura o Dirección Regional correspondiente, antes de dar inicio a sus actividades de cosecha. Artículo 4º.- La utilización del objeto de la conce- sión con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgó, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivó su otorgamiento, no acre-ditar la ejecución de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumpli- miento del Convenio de Conservación, Inversión yProducción Acuícola, el incumplimiento de las nor- mas ambientales y de lo establecido en la presente Resolución Directoral serán causales de caducidaddel derecho concedido, sin perjuicio de las sancio- nes que correspondan. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolu- ción Directoral a la Dirección Regional de Pesquería de Ancash con sede en Chimbote y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministe-rio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIOLETA VALDIVIESO MILLA Directora Nacional de Acuicultura 04529RELACIONES EXTERIORES Modifican el Reglamento OrgÆnico de la Academia DiplomÆtica del Perœ DECRETO SUPREMO Nº 034-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 016-2001-RE, se modificó el literal c) del artículo 27º del Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobado por el Decre-to Supremo Nº 0013/RE de 5 de octubre de 1984, sustitu- yéndolo por el tenor siguiente: "La prueba oral se rendirá ante un Jurado conformado por el Viceministro SecretarioGeneral o un representante suyo quien lo presidirá, el Direc- tor de la Academia Diplomática, el Director General de De- sarrollo de Recursos Humanos, un Embajador en retiro y unprofesor de la Academia, quienes serán designados por el mismo Viceministro Secretario General"; Que por Decreto Supremo Nº 001-2003-RE, se crea como órgano de línea del Ministerio de Relaciones Exterio- res, a la Secretaría de Política Exterior, la que tendrá a su cargo la coordinación, evaluación y ejecución de las accio-nes necesarias para aplicar las directivas y decisiones que en materia de política exterior adopte la Alta Dirección; Que es necesario modificar la composición del Jura- do antes mencionado, incluyendo al Secretario de Políti- ca Exterior y reemplazando al Embajador en retiro y al profesor de la Academia, por dos profesionales de reco-nocido prestigio en la docencia o la investigación; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo Único.- Modifíquese el literal c) del artículo 27º del Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática delPerú, aprobado por Decreto Supremo Nº 0013/RE de 5 de octubre de 1984, modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-RE, sustituyendo su tenor por el siguiente: "c) La prueba oral se rendirá ante un Jurado confor- mado por el Viceministro Secretario General o un repre-sentante suyo quien lo presidirá, el Secretario de Política Exterior, el Director de la Academia Diplomática, el Di- rector General de Desarrollo de Recursos Humanos ydos profesionales de reconocido prestigio en la docen- cia o la investigación, quienes serán designados por el Viceministro Secretario General". Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de marzo del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 04677 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales por presuntas irregularida- des en que habrían incurrido funcio- narios de la Zonal IX - Lima de PRO-V˝AS NACIONAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2003-MTC/02 Lima, 6 de marzo de 2003