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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2003 (09/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

PÆg. 240476 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de marzo de 2003 El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el ar- tículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación dedicho período, la titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrariose dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La EMPRESA RADIODIFUSORA SU- PER EXITO E.I.R.L., está obligada a instalar y operar elservicio de radiodifusión concedido acorde con la pre- sente resolución, estando impedida de modificar las ca- racterísticas a que se contrae el artículo 1º de la pre-sente resolución sin autorización previa de este Ministe- rio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autori- zado, debiendo adecuarse a las normas modificatoriasy complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 04466 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 074-2003-MTC/03 Lima, 24 de febrero del 2003 VISTA, la solicitud formulada por don ALFREDO AL- PACA MANSILLA, para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodi-fusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí, de- partamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la presta-ción del servicio de radiodifusión se requiere de autoriza- ción, permiso y licencia; otorgándose la autorización por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, segúnlo previsto en el artículo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para estable-cer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equiposde radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifusión serequiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, seinicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y opera- ción autorizadas para el uso o explotación de frecuen-cias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 404-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 512-2002-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica, respectivamente, señalan que la solicitudformulada por don ALFREDO ALPACA MANSILLA, cum- ple con los requisitos técnicos y legales, por lo que re- sulta procedente otorgar a la referida persona la autori- zación y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC; su Reglamento General aprobado por DecretoSupremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don ALFREDO ALPACA MAN- SILLA autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para ope-rar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí, departamentode Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 100.3 MHz Indicativo : OAN-4A Potencia : 100 w. Emisión : 256F8E Horario : H24Ubicación de los Estudios y la Planta : Av. Leguia Nº 631, distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Coordenadas : L.O. 76° 17' 45" L.S. 11° 45' 23" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período deinstalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autoriza-ción debe solicitar se verifique el estado de las insta- laciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejará sin efecto laautorización. Artículo 3º.- Don ALFREDO ALPACA MANSILLA está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusiónconcedido acorde con la presente resolución, estando impedido de modificar las características a que se con- trae el artículo 1º de la presente resolución sin autoriza-ción previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposicioneslegales y reglamentarias vigentes que regulan el ser- vicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidansobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 04467 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 075-2003-MTC/03 Lima, 24 de febrero del 2003 VISTA, la solicitud formulada por don EDUARDO CHACON RAMOS, para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifu-sión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chao, provincia de Virú, departamento de La Libertad;