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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2003 (12/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 240645 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de marzo de 2003 Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Directorio de TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. en sesión de fecha 14 de diciembre de 2000, autorizó la emisión de bonos hasta por la suma de US$150'000,000 o su equivalente en moneda nacional, delegándose en los señores José Ramón Vela Martí- nez, Gerente General, Antonio Villa Mardón, GerenteCentral de Finanzas, Óscar Portocarrero Quevedo, Gerente Central de Control, y Víctor Carlos Schwar- tzmann Larco, las facultades suficientes para queindistintamente dos cualesquiera de ellos en forma conjunta determinen las características y condicio- nes aplicables; Que, con fecha 24 de mayo de 2001, TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. solicitó la aprobación del trámite anti- cipado, el registro del prospecto marco correspondientea las ofertas de valores a realizar en el marco del segun- do programa de emisión de bonos denominado "Segun- do Programa de Bonos Telefónica del Perú", así como lainscripción de dicho programa en el Registro Público del Mercado de Valores, los mismos que fueron aprobados mediante Resolución Gerencia General Nº 055-2001-EF/94.11; Que, mediante comunicación de fecha 5 de mar- zo de 2003 TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., solicitóla inscripción de los valores típicos de la Octava Emi- sión del Segundo Programa de Bonos Telefónica del Perú hasta por un monto de Noventa Millones y 00/100 de Nuevos Soles (S/. 90 000 000,00), así como el consiguiente registro del complemento del prospec- to marco a utilizar, en el Registro Público del Merca-do de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con pre- sentar la información requerida por el Reglamento deOferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia- rios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98- EF/94.10, modificado por Resolución CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/ 94.11; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto SupremoNº 093-2002-EF, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General deCONASEV se encuentra facultado para aprobar trá- mites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámitesanticipados, así como disponer la inscripción de pro- gramas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los Bonos Corporativos del "Segundo Programa de Bonos Telefóni- ca del Perú - Octava Emisión", hasta por la suma de Noventa Millones y 00/100 de Nuevos Soles (S/. 90 000000,00) así como el registro del complemento del pros- pecto informativo correspondiente. Artículo 2º.- La oferta pública de las obligaciones a que se refiere el artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10, modificado por Resolución CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10. La colocación de los bonos a que se refiere el presente artículo deberá efectuarse en un plazo queno excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, y siempre y cuando el plazodel programa y del trámite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Paratales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- El registro y la inscripción a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no impli- ca que CONASEV recomiende la inversión en los valo-res u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una eva- luación complementaria están a disposición de los inte-resados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.; al Banco Continental en su calidad de entidad estructuradora y Representan-te de los Obligacionistas; a Citibank, N.A. Sucursal de Lima, en su calidad de entidad estructuradora; a Conti- nental Bolsa S.A. SAB y Citicorp Perú S.A. SAB, en sucalidad de agentes colocadores, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO ADRIANZÉN PRATO Gerente General (e) 04788 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Aprueban Instructivo sobre "Registro y Control de las Obligaciones Previsio-nales a Cargo del Estado" RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 159-2003-EF/93.01 Lima, 6 de marzo del 2003 CONSIDERANDO:Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad señalan entreotras funciones a la Contaduría Pública de la Nación, la de definir, ejecutar y evaluar el sistema de información de la contabilidad que requiere el sector público y priva-do; y planear, organizar y coordinar el estudio e investi- gación de las actividades económicas y financieras de los organismos de los indicados sectores, a efecto deestablecer las normas y procedimientos de contabilidad apropiados; Que, el tercer párrafo del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 026-2003-EF de fecha 27 de febrero del 2003, dispone que las normas y procedimientos con- tables para el registro de las reservas pensionarias,reservas no pensionarias y reservas para contin- gencias; así como los correspondientes al reconoci- miento y registro de los pasivos que correspondanserán emitidos por la Contaduría Pública de la Na- ción, como Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad; Que, no existe Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público, aplicable al registro de las obligacio- nes previsionales del Estado, lo que hace necesaria unadesviación de la NIC Nº 19, por el impacto en los esta- dos financieros del Sector Público de las obligaciones previsionales acumuladas; Que, es necesario dictar las normas y procedimien- tos contables a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 3º del indicado Decreto Su-premo, para que las entidades comprendidas en su al- cance, reflejen razonablemente su situación financiera, respecto de las obligaciones previsionales a cargo delEstado; Que, en consecuencia es conveniente aprobar el Instructivo Nº 20-2003-EF/93.01, sobre “R EGISTRO Y CONTROL DE LAS OBLIGACIONES PREVISIONALES A CARGO DEL ESTADO”; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Investigación de la Contabilidad, con la aprobación de la Alta Dirección, y con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 2º y 7º de la Ley Nº 24680; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Instructivo Nº 20-2003-EF/ 93.01, sobre “R EGISTRO Y CONTROL DE LAS OBLIGACIONES PRE- VISIONALES A CARGO DEL ESTADO”; el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.