TEXTO PAGINA: 37
PÆg. 240727 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 04860 Declaran improcedentes solicitudes de permisos de pesca para operar diver-sas embarcaciones pesqueras en laextracción del recurso atœn RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 043-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 25 de febrero del 2003 Vistos los escritos de registro Nº CE-00223001, de fechas 17, 18, 23 y 30 de abril, 10 de junio, 5 y 22 deagosto y 11 de setiembre del 2002, presentados por el señor VICTOR PEREZ HERNANDEZ en representación de la empresa BLUE TUNA S.A., armadora de la embar-cación pesquera de bandera boliviana "BLUE TUNA". CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las perso-nas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pes- ca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47ºde dicha norma establece que las operaciones de embar- caciones de bandera extranjera en aguas jurisdicciona- les peruanas, se efectuarán sobre el excedente de lacaptura permisible no aprovechada de recursos hidro- biológicos por la flota existente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en la legislacióninterna sobre preservación y explotación de los recur- sos hidrobiológicos y sobre los procedimientos de ins- pección y control, para lo cual los armadores extranje-ros deberán acreditar domicilio y representación legal en el país; Que asimismo, los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de laProducción) otorga a plazo determinado para el desa- rrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes. De otro lado el inciso c) delartículo 48º de la citada Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la ex-tracción de recursos de oportunidad o altamente migra- torios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de laProducción), mediante el pago de los correspondientes derechos de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, del 30 de marzo del 2001, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, modificado a través de los Decretos Supremos Nº 038-2001-PE y Nº 001-2002-PE, del 26 de noviembre del 2001 y 6 de febrero del 2002, respectivamente, con la finalidad de promover y desarrollar la pesquería del atún en el país, como me-canismo para reactivar el aparato productivo de la in- dustria de conservas y congelado, utilizando la gran capacidad instalada ociosa existente; Que a través de los escritos del visto, el señor VIC- TOR PEREZ HERNANDEZ, en representación de la empresa BLUE TUNA S.A., solicita permiso de pescapara operar la embarcación pesquera de bandera boli- viana denominada "BLUE TUNA", en la extracción del recurso hidrobiológico atún con destino al consumo hu-mano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas por el término de tres meses; Que de la evaluación efectuada al expediente se ha verificado que el señor VICTOR PEREZ HERNANDEZ, en representación de la empresa BLUE TUNA S.A., no ha cumplido con alcanzar los requisitos 8, 9 y 11 del1” con matrícula Nº SE-0830-PM y modificación de laresolución autoritativa que otorgó permiso de pesca paraoperar la mencionada embarcación, en el extremo refe- rido al nombre de la embarcación cambiándolo por el de “HALCÓN 4” y respecto a la denominación de puerto,cambiándolo por la denominación del puerto de Chimbo- te, considerándose en adelante con matrícula Nº CE- 0830-PM, en su calidad de propietaria de dicha embar-cación, conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio presentado; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 6 yNº 19 literal A del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de Pesquería (actualmen- te Ministerio de la Producción), aprobado por Decre-to Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta pro- cedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado y la modificación de cambio de nom-bre de la embarcación pesquera “RIMAC 1” por el de “HALCÓN 4” y el de su matrícula en el extremo refe- rido a la denominación del puerto, por el de Chimbo-te, considerándose en adelante CE-0830-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac-ción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 053-2002-PRODUCE/DNEPP-CHI de fecha 28 de no- viembre de 2002 y su ampliación de fecha 12 diciembrede 2002 y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoria Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca -, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi-nisterio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Pro- ducción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002- PE; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera que seindica a continuación, en los mismos términos y condi- ciones en que fuera otorgado, así como las modificacio- nes respectivas, en los extremos referidos al nombre ydenominación del puerto de la matrícula de la embarca- ción: Permiso de Pesca Cap. de Nuevo Titular del Nuevo Nombre Nùmero de Bodega Resolución Fecha Permiso de Pesca Embarcación Matrícula (m3) R.M. Nº 371- 14-09-94 LOS HALCONES S.A. HALCÓN 4 CE-0830-PM 200.55 94-PE (ex RIMAC 1) Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca otorgado a PEEA PESQUERA UNIÓN S.C.R.L., para operar la embarcación pesquera “HAL-CÓN 4” (ex RIMAC 1) de matrícula Nº CE-0830-PM (antes SE-0830-PM), a través de la Resolución Ministe- rial Nº 371-94-PE. Artículo 3º.- Excluir a PEEA PESQUERA UNIÓN S.C.R.L. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “HALCÓN 4”(ex RIMAC 1) de matrícula Nº CE-0830-PM (antes SE-0830-PM), del Anexo III de la Resolución Ministe- rial Nº 229-2002-PRODUCE y del literal A) del AnexoI de la Resolución Ministerial Nº 193-2002-PRODU- CE. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa LOS HAL- CONES S.A. como titular del permiso de pesca otor- gado para operar la embarcación pesquera “HAL- CÓN 4” (ex RIMAC 1) con matrícula Nº CE-0830-PMy la presente Resolución, en el Anexo III de la Reso- lución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y en el li- teral A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº193-2002-PRODUCE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambaye- que, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua yTacna.