Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2003 (13/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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1" con matricula Nº SE-0830-PM y modificacion de la resolucion autoritativa que otorgo permiso de pesca para operar la mencionada embarcacion, en el extremo referido al nombre de la embarcacion cambiandolo por el de "HALCON 4" y respecto a la denominacion de puerto, cambiandolo por la denominacion del puerto de Chimbote, considerandose en adelante con matricula Nº CE0830-PM, en su calidad de propietaria de dicha embarcacion, conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio presentado; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 6 y Nº 19 literal A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado y la modificacion de cambio de nombre de la embarcacion pesquera "RIMAC 1" por el de "HALCON 4" y el de su matricula en el extremo referido a la denominacion del puerto, por el de Chimbote, considerandose en adelante CE-0830-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 053-2002-PRODUCE/DNEPP-CHI de fecha 28 de noviembre de 2002 y su ampliacion de fecha 12 diciembre de 2002 y contando con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca -, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002PE; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fuera otorgado, asi como las modificaciones respectivas, en los extremos referidos al nombre y denominacion del puerto de la matricula de la embarcacion:
Permiso de Pesca Resolucion Fecha MORDAZA Titular del Permiso de Pesca Cap. de MORDAZA Nombre Numero de Bodega Embarcacion Matricula (m3) CE-0830-PM 200.55

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 04860

Declaran improcedentes solicitudes de permisos de pesca para operar diversas embarcaciones pesqueras en la extraccion del recurso atun
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 25 de febrero del 2003 Vistos los escritos de registro Nº CE-00223001, de fechas 17, 18, 23 y 30 de MORDAZA, 10 de junio, 5 y 22 de agosto y 11 de setiembre del 2002, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la empresa BLUE TUNA S.A., armadora de la embarcacion pesquera de bandera boliviana "BLUE TUNA". CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que asimismo, los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes. De otro lado el inciso c) del articulo 48º de la citada Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), mediante el pago de los correspondientes derechos de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, del 30 de marzo del 2001, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, modificado a traves de los Decretos Supremos Nº 038-2001-PE y Nº 0012002-PE, del 26 de noviembre del 2001 y 6 de febrero del 2002, respectivamente, con la finalidad de promover y desarrollar la pesqueria del atun en el MORDAZA, como mecanismo para reactivar el aparato productivo de la industria de conservas y congelado, utilizando la gran capacidad instalada ociosa existente; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa BLUE TUNA S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera boliviana denominada "BLUE TUNA", en la extraccion del recurso hidrobiologico atun con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas por el termino de tres meses; Que de la evaluacion efectuada al expediente se ha verificado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa BLUE TUNA S.A., no ha cumplido con alcanzar los requisitos 8, 9 y 11 del

R.M. Nº 371- 14-09-94 LOS HALCONES S.A. HALCON 4 94-PE (ex MORDAZA 1)

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PEEA PESQUERA UNION S.C.R.L., para operar la embarcacion pesquera "HALCON 4" (ex MORDAZA 1) de matricula Nº CE-0830-PM (antes SE-0830-PM), a traves de la Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE. Articulo 3º.- Excluir a PEEA PESQUERA UNION S.C.R.L. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "HALCON 4" (ex MORDAZA 1) de matricula Nº CE-0830-PM (antes SE-0830-PM), del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa LOS HALCONES S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "HALCON 4" (ex MORDAZA 1) con matricula Nº CE-0830-PM y la presente Resolucion, en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna.

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