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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2003 (13/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 240721 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de marzo de 2003 ma dirección citada en el primer considerando, cum- pliendo con adjuntar los requisitos establecidos en elprocedimiento Nº 17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; asimismo, AQUA-RIUM LIMA E.I.R.L., a través del escrito con registro Nº 15734002 de fecha 13 de diciembre del 2002, solicita la cancelación de la autorización para el funcionamiento desu acuario comercial otorgado por la Resolución Direc- toral Nº 012-2001-PE; Que, en la inspección efectuada a las instalaciones del acuario comercial, se ha verificado que cumple con las condiciones exigidas para su funcionamiento, por lo que resulta procedente otorgar la autorización solicita-da; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero a través de su Informe Nº 003- 2002-PRODUCE/DNEPP-Dch y su Ampliación del 30 de octubre del 2002 y 7 de enero del 2003, y con la opiniónfavorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los artículos 44º, 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General dePesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Resolución Ministerial Nº 219-2001- PE; y, En uso de las facultades conferidas a través del artí- culo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PERU AQUA- RIUM GROUP S.A.C. autorización hasta el 20 de setiem- bre del 2003, para el funcionamiento de un acuario co- mercial, ubicado en la Calle Aymaras Nº 129, Urbaniza-ción El Derby de Monterrico, distrito de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directo- ral Nº 012-2001-PE/DNEPP de fecha 2 de abril del 2001, que otorgó a la empresa AQUARIUM LIMA E.I.R.L., la autorización para el funcionamiento de un acuario comer-cial, conforme a lo solicitado por la mencionada empre- sa. Artículo 3º.- La vigencia de la autorización otorgada por la presente resolución estará supeditada a la opera- tividad del acuario comercial. Artículo 4º.- La empresa PERU AQUARIUM GROUP S.A.C. deberá cumplir con lo establecido en la Resolu- ción Ministerial Nº 219-2001-PE y las demás normas que dicte el Ministerio de la Producción. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS) y a la Municipalidad Provincial de Lima. Regístrese y comuníquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 04853 Otorgan autorización de incremento de flota a armadores para la construcciónde embarcación pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 033-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 31 de enero del 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-01778002 del 24 de setiembre del 2002, presentado por el señor MOISÉS SANTISTEBAN URCIA y su esposa FRANCISCA OROS-CO DE SANTISTEBAN. CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del artículo 9º del Reglamento de la Ley 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº003-98-PE, modificado por el artículo 2º del DecretoSupremo Nº 001-99-PE, por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y por el artículo 7º del Decre-to Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, establece que la sustitución de embarcaciones pesqueras a que se refie- re el artículo 24º de la Ley General de Pesca y los artícu-los 12º y 18º de su Reglamento, sólo se autorizará a las embarcaciones comprendidas en el régimen establecido por la Ley Nº 26920, siempre que se sustituya por otrasde madera de igual o menor volumen de capacidad de bodega, en los casos de siniestro con pérdida total o no siniestrada; Que mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 067-98-CTAR-LL/DIREPE y 057-2000-PRE/P, del 28 de setiembre de 1998 y 6 de diciembre del 2000, respecti-vamente, se otorgó al señor MOISÉS SANTISTEBAN URCIA y su esposa FRANCISCA OROSCO DE SANTIS- TEBAN, permiso de pesca para operar la embarcaciónpesquera de madera REYNA DE LOS ANGELES, de matrícula Nº PL-11066-BM, construida en madera del año 1993, de 41.01 m3 de volumen de bodega en laextracción de recursos hidrobiológicos anchoveta y sar- dina con destino al consumo humano directo e indirecto y jurel y caballa para consumo humano directo, utilizan-do para ello redes de cerco con tamaño mínimo de aber- tura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgada (38 mm.); Que mediante el escrito del visto, los recurrentes solicitan autorización de incremento de flota vía susti- tución de la capacidad de bodega de 41.01 m3 y de losderechos de acceso de la embarcación pesquera REY- NA DE LOS ANGELES, de matrícula Nº PL-11066-BM, para la construcción de una nueva embarcación pesque-ra de igual capacidad de bodega y derechos de acceso de la embarcación pesquera antes mencionada, al encon- trarse ésta en condiciones de no siniestrada; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en al expediente se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exi-gidos en el Procedimiento Nº 12 de Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería (actualmente Ministerio de la Producción), apro-bado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, así como los requisitos sustantivos establecidos por la normativi- dad pesquera vigente; por lo que es procedente otorgarla autorización de incremento de flota solicitada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac-ción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 002- 2002-PRODUCE/DNEPP-CHI y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, LeyNº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 003-98-PE, y modificado por los Decretos Supre- mos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE y Nº 004-2002-PRO-DUCE, y el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Supremo Nº004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar al señor MOISÉS SANTIS- TEBAN URCIA y su esposa FRANCISCA OROSCO DESANTISTEBAN, autorización de incremento de flota vía sustitución de la capacidad de bodega de la embarca- ción pesquera operativa denominada REYNA DE LOSANGELES de matrícula Nº PL-11066-BM, para la cons- trucción de una embarcación pesquera de 41.01 m3 de capacidad de bodega, con medio de preservación a bor-do cajas con hielo, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto y jurel y caballa para consumo huma-no directo. Artículo 2º.- La autorización otorgada para la cons- trucción de una nueva embarcación pesquera, tendráun plazo de dieciocho (18) meses; conforme a lo esta- blecido en el artículo 37º del Reglamento de la Ley Ge- neral de pesca, debiendo solicitarse dentro del plazo