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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2003 (17/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 18 PROYECTO Lima, lunes 17 de marzo de 2003 ANEXO II.8 REQUISITOS PARA LA AMPLIACIÓN DE PAÍS DE ORIGEN Toda la información deberá ser consignada en caste- llano 1. Solicitud dirigida al Órgano de Línea competente del SENASA. 2. Certificado de Libre Venta original expedido por la Auto- ridad oficial competente del país de origen, consulariza- do por el Consulado Peruano en origen y legalizado porel Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú (con una antigüedad no mayor de dos años). 3. Copia del Certificado de Análisis que confirme la fór- mula cuali-cuantitativa. 4. Boleta de pago por los derechos correspondientes. ANEXO II.9 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CONSIGNAR LAS ETIQUETAS DE LOS PRODUCTOS FARMACOLÓGICOS PARA SU COMERCIALIZACIÓN Toda la información deberá ser consignada en caste- llano 1. Nombre comercial del producto. 2. Leyenda visible: “Uso veterinario”. 3. Principios activos y su concentración.4. País de origen. 5. Contenido o presentación. 6. Si el producto es elaborado para terceras personas, consignar las siguientes palabras: “Elaborado para .....................” 7. Indicaciones, contraindicaciones y dosificación reco- mendada. 8. Especies a las que se destina. 9. Nº de Lote, partida o serie.(Indicar Código cuando corresponda). 10.Nombre del profesional responsable (sólo en produc- tos veterinarios nacionales). 11.Fecha de vencimiento o período de vigencia a partir de la fecha de fabricación (en ambos casos debe indi- car Mes y Año). 12.Nº de inscripción del producto en el SENASA - Minis- terio de Agricultura (para comercialización nacional). 13.Nombre y Dirección del establecimiento, fabricante, Titular del Registro, representante o importador, cuan- do corresponda. 14.Condiciones especiales sobre almacenamiento y/o conservación del producto. 15.Período de retiro o tiempo de supresión, cuando co- rresponda. 16.Tratándose de un producto tóxico debe colocarse en forma destacable el grado de toxicidad del producto,con el símbolo característico y las precauciones para el manipuleo o aplicación del mismo, indicándose ade- más los antídotos y primeros auxilios para las perso-nas y animales que sufran problemas de intoxicación. 17.Manténgase fuera del alcance de los niños.ANEXO II.10 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CONSIGNAR LAS ETIQUETAS DE LOS PRODUCTOS BIOLÓGICOS PARA SU COMERCIALIZACIÓN Toda la información deberá ser consignada en caste- llano 1. Nombre comercial del producto. 2. Leyenda visible: “Uso veterinario”. 3. Enfermedad a la que se destina. 4. País de origen.5. Contenido o presentación. 6. Si el producto es elaborado para terceras personas, consignar las siguientes palabras “Elaborado para .....................” 7. Indicaciones, contraindicaciones y dosificación reco- mendada. 8. Especies a las que se destina. 9. Nº de Lote, partida o serie (Indicar Código cuando corresponda). 10.Nombre del profesional responsable (sólo en produc- tos veterinarios nacionales). 11.Fecha de vencimiento o período de vigencia a partir de la fecha de fabricación (en ambos casos debe indi- car Mes y Año). 12.Nº de inscripción del producto en el SENASA - Minis- terio de Agricultura (para comercialización nacional). 13.Nombre y Dirección del establecimiento, fabricante, Titular del Registro, representante o importador, cuan-do corresponda. 14.Condiciones especiales sobre almacenamiento y/o conservación del producto. 15.Manténgase fuera del alcance de los niños. ANEXO II.11 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CONSIGNAR LAS ETIQUETAS DE LOS ALIMENTOS PARA ANIMALES, PREMEZCLAS O ADITIVOS DE USO ANIMAL PARA SU COMERCIALIZACIÓN Toda la información deberá ser consignada en caste- llano 1. Nombre comercial del alimento. 2. Análisis garantizado de ingredientes.3. País de origen. 4. Contenido o presentación. 5. Si el producto es elaborado para terceras personas, consignar las siguientes palabras: “Elaborado para .....................” 6. Tabla de alimentación. 7. Especies a las que se destina.8. Nº de Lote, partida o serie (Indicar Código cuando corresponda). 9. Nombre del profesional responsable (sólo en alimen- tos nacionales).