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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2003 (21/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 241161 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, prescribe en su artículo 204º que "la sentencia del Tribunal que decla-ra la inconstitucionalidad de una norma se publica en el Diario Oficial. Al día siguiente de la publicación, dicha norma queda sin efecto. No tiene efecto retroactivo lasentencia del Tribunal que declara inconstitucional, en todo o en parte, una norma legal"; Que, asimismo el artículo 40º de la Ley Nº 26435, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, establece que "las sentencias declaratorias de inconstitucionalidad no permiten revivir procesos fenecidos en los que se hayahecho aplicación de las normas declaradas inconstitucio- nales, salvo en las materias previstas en el segundo párrafo del artículo 103º, y último párrafo del artículo 74ºde la Constitución. Por la declaración de inconstitu- cionalidad de una norma no recobran vigencia las dispo- siciones legales que ella hubiera derogado"; Que, estando al contenido de las normas preceden- tes resulta necesario complementar los alcances de la Resolución Administrativa Nº 024-2003-CE-PJ, del 18de marzo del presente año; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesiónextraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que los Presidentes de Cortes Superiores respectivas, al resolver las solicitu-des de reincorporación a que se refiere el Artículo Pri- mero de la Resolución Administrativa Nº 024-2003-CE- PJ, del 18 de marzo del año en curso, tengan en cuentalo previsto en el artículo 204º de la Constitución Política del Estado, así como en el artículo 40º de la Ley Nº 26435, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolu- ción a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, al Tribunal Constitucional, al Consejo Na-cional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADO WALTER VÁSQUEZ VEJARANOJORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDOÑEZ VALVERDE 05481 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen reincorporación de magistra- dos como vocales superiores de la Cor- te de Justicia del Callao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 056-2003-P-CSJCL/PJ Callao, 18 de marzo del 2003VISTAS: La solicitud presentada en fecha 17 de marzo del año en curso, a horas 9.10 de la mañana, por el señor doctor Gastón Molina Huamán, y la Razón que antecede; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la solicitud de Vistas, el señor doctor Gastón Molina Huamán, solicita se cumpla la Sentencia expedida por el Tribunal Constitucional en el Proceso Nº013-2002-AI/TC iniciado por el Colegio de Abogados del Callao, sobre Demanda de Inconstitucionalidad, respec- to a la Ley Nº 27433; para lo cual acompaña la publica-ción efectuada en el Diario Oficial El Peruano en fecha 15 de marzo del año en curso; Que, la Sentencia expedida por el Tribunal Constitu- cional, en el Expediente Nº 013-2002-AI/TC con fecha13 de marzo del año en curso, "FALLA: Declarando FUN- DADA, en parte, la demanda interpuesta y, en conse- cuencia, INCONSTITUCIONALES los Artículos 3º y 4ºde la Ley Nº 27433 e INFUNDADA en lo demás que contiene. Dispone asimismo la notificación a las partes y su publicación en el Diario Oficial El Peruano"; Que, la Ley Nº 27433 de fecha 9 de marzo del 2001, dispone entre otros que los Magistrados del Poder Judi- cial y del Ministerio Público que fueron cesados median-te los Decretos Leyes a que se refiere el Artículo 1º podrán ser reincorporados en los cargos que venían desempeñando al 5 de abril de 1992; Que, la Ley Nº 26435 - Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su Artículo 35º establece que las sen- tencias recaídas en los procesos de inconstitucionali-dad tienen autoridad de cosa juzgada, vinculan a todos los poderes públicos y producen efectos generales des- de el día siguiente a la fecha de su publicación; Que, conforme se advierte de la Razón de la Encargada de la Secretaría Administrativa de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en la actualidad existen 3 plazasvacantes de Vocalías Superiores en esta Sede Judicial; por lo que procede hacer efectiva la reincorporación del solici- tante, a una de dichas plazas; habiendo tenido en cuentaesta Presidencia para resolver, el orden de ingreso de la solicitud al Despacho, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, que enel Artículo IV del Título Preliminar numeral 1. 1.2. determina que la regulación propia del Derecho Procesal Civil es apli- cable sólo en cuanto sea compatible con el régimen adminis-trativo; norma que concuerda con el inciso 3) del Artículo 50º del Código Procesal Civil que entre otros dispone que se deben dictar las Resoluciones y realizar los actos proce-sales en las fechas previstas y en el orden que ingresan al Despacho; Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, por el Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en estricto cumplimiento de la Sentencia expe-dida por el Tribunal Constitucional, en el Expediente Nº 013-2002-AAI/TC sobre Demanda de Inconstitucio- nalidad; y, teniendo en cuenta la Sala Plena de esta Cor-te Superior llevada a cabo en la fecha; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER la REINCORPO- RACIÓN del señor doctor GASTÓN MOLINA HUAMÁN,en el cargo de Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia del Callao, a partir del 19 de marzo del año en curso. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolu- ción, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judi- cial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofici-na de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Fiscalía de la Nación, del Ministerio de Justicia, de la Academia de laMagistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Po- der Judicial, del Colegio de Abogados del Callao, de laFiscal Superior Decana del Distrito Judicial del Callao, de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, de los Presidentes de las Salas Superiores, de la Oficina deAdministración Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, de los señores Magistrados del Distrito Judicial, y del señor Magistrado interesado, para los fi-nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 05472 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 057-2003-P-CSJCL/PJ Callao, 18 de marzo del 2003