Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2003 (20/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 29º .- Autorizacion para instalacion del Aplicativo Informatico en asesorias externas Las Municipalidades que para la elaboracion del Presupuesto Institucional para el ano fiscal 2004 utilicen los servicios de asesorias externas, estas ultimas deben presentarse al MORDAZA de instalacion del Aplicativo Informatico para la "Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004", portando una carta de autorizacion, refrendada por el Titular del Pliego, a fin de que pueda participar y compartir de dicho MORDAZA de instalacion.

· Formato A-5/GL "Resumen de Actividades" (A nivel Distrital) · Formato A-5A/GL " Actividades" (A nivel Distrital) · Formato A-6/GL "Resumen de Proyectos" (A nivel Distrital) · Formato A-6A/GL "Proyectos" (A nivel Distrital) · Formato A-7/GL "Detalle de Personal" (A nivel Distrital) · Formato A-8/GL "Ingresos y Gastos provenientes de recursos por Operaciones Oficiales de Credito y Donaciones" (A nivel Distrital) · Formato A-9/GL "Detalle de Transferencias, Donaciones y Subvenciones a Entidades No Publicas (A nivel Distrital) · Anexo Nº 01/GL "Objetivos Institucionales para el Ano Fiscal 2004" · Anexo Nº 02/GL "Escala de Prioridades para el Ano Fiscal 2004" · Anexo Nº 03/GL "Estructura Funcional Programatica de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004", aprobada por la Municipalidad Distrital. · Anexo Nº 16 "Ficha Descriptiva del Proyecto a nivel de Componentes" por cada Proyecto 32.2 Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales remiten a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, bajo responsabilidad, a mas tardar el 15 de Enero de 2004, el citado Aplicativo Informatico que contiene el Consolidado a nivel Provincial de los Presupuestos Institucionales, asi como la informacion detallada por cada Municipalidad Distrital. Asimismo, remiten a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en la misma fecha, la informacion siguiente : · Formato A-2/GL "Presupuesto de Ingresos" (Consolidado a nivel Provincial) · Formato A-4/GL "Presupuesto de Gastos" (Consolidado a nivel Provincial) · Anexo Nº 14/GL "Cumplimiento de la MORDAZA de los Presupuestos Institucionales para el Ano Fiscal 2004" Asi como los Presupuestos Institucionales de cada una de las Municipalidades Distritales que integran la Provincia, inclusive el Distrito Capital, debiendo adjuntarse la informacion detallada en el numeral 32.1de la presente Directiva. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico solo acepta los Presupuestos Institucionales que se remitan a traves de la respectiva Municipalidad Provincial, quedando en la condicion de Omisas aquellas Municipalidades Distritales que remitan su Presupuesto Institucional directamente a la citada Direccion Nacional.

CAPITULO IV APROBACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE LOS GOBIERNOS LOCALES Articulo 30º .- Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales La aprobacion del Presupuesto Institucional de las Municipalidades se realiza a nivel de Pliego, MORDAZA de Financiamiento, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto, Modalidad de Aplicacion y Especifica del Gasto. Una vez culminado el procedimiento establecido en el articulo 26º de la presente Directiva, y luego que el Congreso de la Republica sancione la Ley Anual de Presupuesto, el Presupuesto Institucional de la Municipalidad es aprobado por el Concejo Municipal y promulgado mediante Resolucion de Alcaldia, de acuerdo al Modelo Nº 02/GL "Resolucion de Aprobacion del Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2004". Articulo 31º .- Plazo para la aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales La aprobacion y promulgacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2004, debe efectuarse en un plazo que no exceda del 15 de Diciembre de 2003, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal. Articulo 32º .- Remision de los Presupuestos Institucionales - Ano Fiscal 2004 y consolidados a Nivel Provincial 32.1 Los Alcaldes Distritales remiten sus Presupuestos aprobados a la Municipalidad Provincial a la cual se vinculan geograficamente, a mas tardar el 05 de Enero de 2004, a traves del "Aplicativo Informatico para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004". Asimismo, remiten debidamente firmados por los funcionarios responsables la informacion siguiente : · Exposicion de Motivos desarrollado segun el Modelo Nº 01/GL "Exposicion de Motivos Presupuesto Ano Fiscal 2004" · Resolucion de Alcaldia que promulga el Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2004, segun Modelo Nº 02/GL "Resolucion de Aprobacion del Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2004". · MORDAZA del Acuerdo de Concejo, asi como del Acta de Sesion de Concejo, que aprueba el Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2004. (que debe considerar, tambien, los porcentajes de aplicacion del FONCOMUN para gastos corrientes, gastos de capital y servicio de la deuda de corresponder). Asimismo, MORDAZA del Acuerdo de Concejo que aprobo las dietas del ano 2003 y la prevision efectuada para el ano 2004. · Formato A-1/GL "Presupuesto de Ingresos" (a nivel Distrital) · Formato A-3/GL "Presupuesto de Gastos" (A nivel Distrital)

CAPITULO V RESPONSABILIDADES DE LOS TITULARES DE PLIEGO Y DE LAS OFICINAS DE PRESUPUESTO EN LA PROGRAMACION Y FORMULACION PRESUPUESTAL Articulo 33º .- Responsabilidades del Titular del Pliego Para efecto de las acciones que se desarrollen durante las Fases de Programacion y Formulacion Presupues-

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