Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2003 (20/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2003

Articulo 26º.- Procesos de coordinacion interna en los trabajos de Programacion y Formulacion Presupuestal de los Gobiernos Locales Los trabajos correspondientes a las Fases de Programacion y Formulacion Presupuestal de los Gobiernos Locales de la presente Directiva, se sujetan a lo siguiente: 1. La Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, emite la correspondiente Directiva de coordinacion, remision y consolidacion de la informacion necesaria, para llevar a cabo los trabajos de Programacion y Formulacion Presupuestal, de conformidad con las disposiciones contenidas en la presente Directiva. La indicada Directiva debe hacer enfasis en el trabajo coordinado y oportuno de las diferentes unidades organicas de la Municipalidad para un adecuado MORDAZA de elaboracion del Presupuesto Institucional. 2. La Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, consolida la citada informacion y efectua los procesos tecnicos orientados a Programar y Formular el Presupuesto Institucional. Adicionalmente, debe elaborar la Exposicion de Motivos del Anteproyecto del Presupuesto Institucional, segun el Modelo Nº 01/GL "Exposicion de Motivos para el Ano Fiscal 2004" asi como consignar la informacion requerida por los Formatos y Anexos establecidos para las Fases de Programacion y Formulacion, que se adjunta a la presente Directiva. 3. El anteproyecto del Presupuesto Institucional, la Exposicion de Motivos, los Formatos y Anexos correspondientes son elevados al Titular del Pliego, para su revision, por la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces en la Municipalidad. El Titular del Pliego expresa su consentimiento y/u observaciones para su correccion y ajustes pertinentes a la Oficina de Planificacion y Presupuesto o la que haga sus veces. De producirse observaciones, la Oficina de Planificacion y Presupuesto efectua las subsanaciones del caso y vuelve a someter el anteproyecto al Titular del Pliego. El anteproyecto de Presupuesto4 debidamente corregido y/o subsanado, debe ser puesto en conocimiento del Concejo Municipal. Las municipalidades distritales deben presentar sus anteproyectos de Presupuesto correspondientes al ano fiscal 2004 a las municipalidades provinciales a las cuales se vinculan geograficamente, a mas tardar, el 10 de MORDAZA del 2004; a fin que las municipalidades provinciales puedan consolidar y presentar a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los anteproyectos de Presupuesto de las municipalidades de la provincia a mas tardar el 17 de MORDAZA del 2004, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el articulo 37º y mediante el Aplicativo Informatico a que se refiere el articulo 27º de la presente Directiva. Asimismo, de manera similar, hasta el 08 de octubre del 2003, las Municipalidades Distritales presentaran a las Municipalidades Provinciales, a las cuales se vinculan geograficamente, sus proyectos de presupuesto 4 a fin que estas los consoliden y los presenten a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, conjuntamente con sus respectivos proyectos de presupuestos institucionales, a mas tardar el 15 de octubre del 2003, de acuerdo a los formatos y anexos (nivel distrital y provincial) indicados en el articulo 37º y mediante el Aplicativo Informatico a que se refiere el articulo 27º de la presente Directiva. Para fines de la aprobacion del Presupuesto Institucional del ano fiscal 2004 , el Proyecto de Presupuesto, puesto en conocimiento del Concejo Municipal y remitido a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, referido en el parrafo anterior, es sometido por 5.

el Titular del Pliego a consideracion del Concejo Municipal para la aprobacion respectiva. Una vez sancionado el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004, por el Congreso de la Republica, el cual incluye las transferencias correspondientes a los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal debe aprobar su Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2004. 4. El Concejo Municipal a traves de la Alcaldia, formula las observaciones que estime pertinente senalar, las que deben ser absueltas por la Oficina de Planificacion y Presupuesto. Efectuadas las absoluciones del caso, el Concejo Municipal suscribe el Acuerdo, de conformidad con lo prescrito en el articulo 6º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado- y los articulos 36º (numeral 4) y 109º de la Ley Nº 23853 -Ley Organica de Municipalidades. Una vez sancionado el Proyecto de Presupuesto Institucional, mediante el Acuerdo de Concejo correspondiente, este se remite al Titular del Pliego para su promulgacion mediante Resolucion de Alcaldia, el cual es remitido a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el articulo 32º y mediante el Aplicativo Informatico a que se refiere el articulo 27º de la presente Directiva.

SECCION TERCERA: REGISTRO DE LA INFORMACION PRESUPUESTARIA Articulo 27º .- Registro de la Informacion Presupuestaria El registro de la Estructura Funcional Programatica, asi como de los ingresos y egresos determinados en las Fases de Programacion, Formulacion y Apertura, se efectua en el "Aplicativo Informatico para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004", elaborado por el Sistema Integrado de Administracion Financiera -SIAF, en coordinacion con la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, para lo cual se remite -en su oportunidad- el Manual de Usuario correspondiente. Articulo 28º .- Caracteristicas de equipo de computo Las caracteristicas minimas que debe cumplir el equipo (solo CPU, teclado y raton) en el cual se instalaria el "Aplicativo Informatico para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004", son las siguientes : · Procesador · Velocidad · Memoria RAM · Espacio de disco : PENTIUM I : 100MHZ : 32 Mb

: 100 Mb por municipio (En caso que la Municipalidad utilice los servicios de una asesoria externa, su CPU debe tener la capacidad de 100 Mb por cada cliente) · Sistema Operativo : Windows 95 o superior · Accesorios : De preferencia que tenga Lectora de CD

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La informacion contenida en los referidos anteproyectos y proyectos sera considerada en la consolidacion de las cifras del presupuesto del Sector Publico en sus tres niveles de gobierno (Nacional, Regional y Local).

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