Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2003 (24/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2003

ceados; Que, ante la eventualidad de contaminacion no intencionada es necesario establecer lineamientos para que los Marcadores o Trazadores a ser incorporados en los Productos y Productos de MORDAZA permitan determinar la adultaracion de los referidos productos; Que, la mencionada MORDAZA en su Setima Disposicion Complementaria senala que mediante Resolucion Ministerial, el Ministerio de Energia y Minas, previa opinion del OSINERG, determinara la aplicacion y demas requerimientos de uso de los Marcadores o Trazadores que deben ser incorporados en los Productos y Productos de la Selva; Que, el OSINERG, mediante Oficio Nº 03993-2003-OSGFH-UTT, de fecha 30 de MORDAZA de 2003; ha emitido su opinion respecto a la propuesta presentada por el Ministerio de Energia y Minas a traves de la Direccion General de Hidrocarburos; De conformidad con el articulo 76º de la Ley Organica de Hidrocarburos y la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 012-2003-EM; SE RESUELVE:

carburos y Normas Complementarias para el Control de Calidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2003EM, deberan: a) Ser seleccionados y aplicados tomando en consideracion criterios economicos respecto a su incidencia en los precios de los productos a ser marcados o traceados asi como a la generacion de desincentivos a las adulteraciones. b) Ser seleccionados y aplicados de acuerdo a las practicas y tecnologias reconocidas en la industria de hidrocarburos y a las innovaciones que a aquellas les sobrevengan. c) Reconocer elementos contaminantes a traves de niveles minimos de sensibilidad. d) Reconocer la presencia de elementos contaminantes mediante aplicacion de pruebas de MORDAZA rapidas y que eviten falsos positivos por posibles contaminaciones residuales durante las operaciones de transporte. e) Poseer una estabilidad en su reactividad por un periodo no menor a dos anos. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Unico.- Establecer que los Marcadores o Trazadores a ser incorporados en los Productos y Productos de MORDAZA, contemplados en el Reglamento para la Coloracion y el Uso de Marcadores o Trazadores en los Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidro-

MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 09718 del 2003, ha dado por concluido el MORDAZA de evaluacion de las personas naturales y juridicas que han solicitado su inscripcion en el Registro de Fiscalizadores Externos; Que, es necesario actualizar la relacion de unidades mineras a fiscalizar en el ano 2003; Estando a lo acordado por la Comision de Calificacion y Clasificacion y, de conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101º del TUO de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir a las personas naturales y juridicas seleccionadas por la Comision de Calificacion y Clasificacion en el Registro de Fiscalizadores Externos en el MORDAZA correspondiente al mes de MORDAZA de 2003. Articulo 2º.- Publicar la relacion de Fiscalizadores Externos inscritos en el Registro de Fiscalizadores Externos que se encuentran habilitados para el ano 2003, conforme al orden de merito consignado en el Anexo 1, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Publicar la relacion de unidades mineras a ser fiscalizadas en el ano 2003, segun se consigna en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAPPUIS C. Directora General de Mineria

Disponen publicar relacion de Fiscalizadores Externos registrados y habilitados, y de empresas mineras a ser fiscalizadas en el ano 2003
DIRECCION GENERAL DE MINERIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-2003-EM/DGM MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Fiscalizacion de las Actividades Mineras aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM establece que la Direccion General de Mineria llevara el registro permanentemente actualizado de los Fiscalizadores Externos seleccionados, el mismo que se publicara cada ano por Resolucion Directoral; Que, el articulo 21º del Reglamento MORDAZA citado establece que la Direccion General de Mineria procedera a inscribir a los Fiscalizadores Externos en el Registro correspondiente una vez culminado el MORDAZA de seleccion; Que, mediante Acta del 13 de MORDAZA de 2003, la Comision de Calificacion y Clasificacion constituida por Resolucion Viceministerial Nº 007-2003-EM/VMM del 24 de MORDAZA

ANEXO 1 CUADRO DE MERITO FISCALIZADORES EXTERNOS REGISTRADOS Y HABILITADOS PARA EL ANO 2003
N° ORDEN
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14

EMPRESA FISCALIZADORA 1
AUDITEC SOCIEDAD ANONIMA CERRADA "AUDITEC S.A.C. INGENIERIA DE CONTROL DE PERDIDAS Y SERVICIOS AFINES S.A.C. "COPERSA INGENIERIA S.A.C." S.V.S. INGENIEROS S.A. SHESA CONSULTING S.A. ASESORES Y CONSULTORES MINEROS S.A. "ACOMISA" MINERA INTERANDINA DE CONSULTORES SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA "MINEC S.R.L." SGS DEL PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ALGON INVESTMENT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA GRECA INGENIERIA Y SERVICIOS S.A.C. "GRINCE S.A.C." FUTURA CONSULT S.A.C. TECNOLOGIA XXI S.A. BUSINESS OPTIMIZATION CONSULTING S.A. "BO CONSULTING. S.A." ECOANDINA PERU SOCIEDAD ANONIMA "ECOANDINA S.A." INGENIEROS CONSULTORES CONTRATISTAS Y ASOCIADOS E.I.R.LTDA. "ICCA E.I.R.LTDA." 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

TEMAS 2
2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2

3
3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3 3

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