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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2003 (24/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 244764 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de mayo de 2003 ceados; Que, ante la eventualidad de contaminación no inten- cionada es necesario establecer lineamientos para que losMarcadores o Trazadores a ser incorporados en los Pro- ductos y Productos de Selva permitan determinar la adulta- ración de los referidos productos; Que, la mencionada norma en su Sétima Disposición Complementaria señala que mediante Resolución Ministe-rial, el Ministerio de Energía y Minas, previa opinión delOSINERG, determinará la aplicación y demás requerimien- tos de uso de los Marcadores o Trazadores que deben ser incorporados en los Productos y Productos de la Selva; Que, el OSINERG, mediante Oficio Nº 03993-2003-OS- GFH-UTT, de fecha 30 de abril de 2003; ha emitido suopinión respecto a la propuesta presentada por el Ministe-rio de Energía y Minas a través de la Dirección General de Hidrocarburos; De conformidad con el artículo 76º de la Ley Orgánica de Hidrocarburos y la Sétima Disposición Complementariadel Decreto Supremo Nº 012-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer que los Marcadores o Tra- zadores a ser incorporados en los Productos y Productosde Selva, contemplados en el Reglamento para la Colora-ción y el Uso de Marcadores o Trazadores en los Combus-tibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidro-carburos y Normas Complementarias para el Control de Calidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2003-EM, deberán: a) Ser seleccionados y aplicados tomando en consi- deración criterios económicos respecto a su incidencia enlos precios de los productos a ser marcados o traceadosasí como a la generación de desincentivos a las adultera-ciones. b) Ser seleccionados y aplicados de acuerdo a las prác- ticas y tecnologías reconocidas en la industria de hidrocar- buros y a las innovaciones que a aquellas les sobreven-gan. c) Reconocer elementos contaminantes a través de ni- veles mínimos de sensibilidad. d) Reconocer la presencia de elementos contaminantes mediante aplicación de pruebas de campo rápidas y que eviten falsos positivos por posibles contaminaciones resi-duales durante las operaciones de transporte. e) Poseer una estabilidad en su reactividad por un pe- ríodo no menor a dos años. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 09718 Disponen publicar relación de Fiscali- zadores Externos registrados y habili-tados, y de empresas mineras a ser fis- calizadas en el aæo 2003 DIRECCIÓN GENERAL DE MINERÍA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 122-2003-EM/DGM Lima, 22 de mayo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Fiscalización de las Actividades Mineras aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM establece que la Dirección General de Minería llevará el registro permanentemente actualizado de los Fiscalizado-res Externos seleccionados, el mismo que se publicarácada año por Resolución Directoral; Que, el artículo 21º del Reglamento antes citado esta- blece que la Dirección General de Minería procederá a inscribir a los Fiscalizadores Externos en el Registro corres- pondiente una vez culminado el proceso de selección; Que, mediante Acta del 13 de mayo de 2003, la Comi- sión de Calificación y Clasificación constituida por Resolu-ción Viceministerial Nº 007-2003-EM/VMM del 24 de abrildel 2003, ha dado por concluido el proceso de evaluación de las personas naturales y jurídicas que han solicitado suinscripción en el Registro de Fiscalizadores Externos; Que, es necesario actualizar la relación de unidades mineras a fiscalizar en el año 2003; Estando a lo acordado por la Comisión de Calificación y Clasificación y, de conformidad con lo establecido en elinciso w) del artículo 101º del TUO de la Ley General deMinería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir a las personas naturales y jurídi- cas seleccionadas por la Comisión de Calificación y Clasifi- cación en el Registro de Fiscalizadores Externos en el pro- ceso correspondiente al mes de mayo de 2003. Artículo 2º.- Publicar la relación de Fiscalizadores Ex- ternos inscritos en el Registro de Fiscalizadores Externosque se encuentran habilitados para el año 2003, conformeal orden de mérito consignado en el Anexo 1, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la relación de unidades mineras a ser fiscalizadas en el año 2003, según se consigna en elAnexo 2 que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA CHAPPUIS C. Directora General de Minería ANEXO 1 CUADRO DE MÉRITO FISCALIZADORES EXTERNOS REGISTRADOS Y HABILITADOS PARA EL AÑO 2003 N° EMPRESA FISCALIZADORA TEMAS ORDEN 123 1 AUDITEC SOCIEDAD ANONIMA CERRADA “AUDITEC S.A.C. 123 2 INGENIERIA DE CONTROL DE PERDIDAS Y SERVICIOS AFINES S.A.C. 123 “COPERSA INGENIERIA S.A.C.” 3 S.V.S. INGENIEROS S.A. 123 4 SHESA CONSULTING S.A. 123 5 ASESORES Y CONSULTORES MINEROS S.A. “ACOMISA” 123 6 MINERA INTERANDINA DE CONSULTORES SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA 123 “MINEC S.R.L.” 7 SGS DEL PERU SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA -2- 8 ALGON INVESTMENT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 12- 9 GRECA INGENIERIA Y SERVICIOS S.A.C. “GRINCE S.A.C.” 1-3 10 FUTURA CONSULT S.A.C. 123 11 TECNOLOGÍA XXI S.A. 123 12 BUSINESS OPTIMIZATION CONSULTING S.A. “BO CONSULTING. S.A.” 123 13 ECOANDINA PERÚ SOCIEDAD ANÓNIMA “ECOANDINA S.A.” 123 14 INGENIEROS CONSULTORES CONTRATISTAS Y ASOCIADOS E.I.R.LTDA. 123 “ICCA E.I.R.LTDA.”