Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2003 (24/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2003

Que mediante Oficio Nº DE-100-085-2003-PRODUCE/ IMP, del 29 de marzo del 2003 el IMARPE comunica a la Direccion Nacional de Acuicultura que se tiene planificado la realizacion de un estudio para la redefinicion de las zonas de pesca en la MORDAZA de Samanco; Que de la evaluacion efectuada a los informes alcanzados por el IMARPE, se ha determinado que falta delimitar mediante coordenadas geograficas las areas de los bancos naturales de invertebrados marinos y areas tradicionales de pesca para consumo humano directo en la MORDAZA de Samanco, con la finalidad de preservar la MORDAZA para actividades de pesca artesanal de la actividad marisquera y de extraccion libre de recursos; Que es necesario precisar mediante coordenadas geograficas las areas de los bancos naturales de invertebrados marinos y areas tradicionales de pesca para consumo humano directo en la MORDAZA de Samanco, con la finalidad de preservar la MORDAZA para actividades de pesca artesanal de la actividad marisquera y de extraccion libre de recursos, por lo que se ha dispuesto que el IMARPE realice una actualizacion de los estudios en la MORDAZA de Samanco, asi como que la Direccion Nacional de Medio Ambiente de Pesqueria realice la evaluacion sobre el impacto ambiental de la actividad de acuicultura que se desarrolla en la MORDAZA, con la finalidad de proceder al ordenamiento acuicola de la zona; Que la Direccion Nacional de Acuicultura informa que el 24 de enero del 2003 se llevo a cabo una reunion de trabajo Multisectorial para abordar la problematica y aportar soluciones de las actividades pesqueras artesanales y maricultura de la MORDAZA de Samanco, con la presencia de representantes de las instituciones Publicas y Privadas del lugar, quienes suscribieron un Acta de Acuerdo de las acciones a realizar, lo cual se informo al Despacho Viceministerial quien autorizo la implementacion de medidas administrativas con la finalidad de solucionar la problematica social en la MORDAZA de Samanco; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura y con la conformidad legal de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0302001-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese en reordenamiento acuicola la MORDAZA de Samanco, facultandose a la Direccion Nacional de Acuicultura llevar a cabo la acciones administrativas necesarias que permitan el desarrollo sostenido de la actividad. Articulo 2º.- Suspender la recepcion de solicitudes de concesiones para desarrollar actividades de maricultura en el ambito de la MORDAZA de Samanco, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en tanto duren las actividades de Ordenamiento Acuicola que viene implementando la Direccion Nacional de Acuicultura en base a los acuerdos adoptados en la reunion Multisectorial senalada en el considerando de la presente Resolucion Ministerial y en tanto la Direccion Nacional de Medio Ambiente de Pesqueria realice la evaluacion sobre el impacto ambiental de la actividad de acuicultura que se desarrolla en la bahia; asi como el IMARPE delimite mediante coordenadas geograficas los bancos naturales de invertebrados marinos y las zonas de pesca existentes en dicha bahia. Articulo 3º.- Las solicitudes para la obtencion de una concesion presentada ante la Direccion Nacional de Acuicultura MORDAZA de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial se atenderan de acuerdo a la normativa vigente. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion Nacional de Acuicultura, la Direccion Nacional de Medio Ambiente de Pesqueria, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, Direccion Nacional de Pesca Artesanal, Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion; Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 09727

Aprueban Bases Administrativas de Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2003-PRODUCE con el fin de otorgar permisos de pesca para la operacion de barcos calamareros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2003-PRODUCE
MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 1402003-PRODUCE y 154-2003-PRODUCE, se autorizo la Convocatoria a Concurso Publico de Ofertas de Precio Nº 01-2003-PRODUCE y se nombro la Comision encargada de llevar a cabo dicho Concurso, autorizado para el otorgamiento de permisos de pesca de calamar gigante o pota; Que, la referida Comision ha formulado las Bases Administrativas del mencionado Concurso Publico de Oferta de Precios, de conformidad con el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE y el Reglamento del Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 01-2003-PRODUCE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 177-2003-PRODUCE; Estando a lo dispuesto por el numeral 4.1, del articulo 4º del Reglamento del Concurso Publico de Oferta de Precios precitado; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las Bases Administrativas del Concurso Publico de Ofertas de Precios Nº 01-2003-PRODUCE, para otorgar permisos de pesca para la operacion de barcos calamareros en aguas jurisdiccionales peruanas, las cuales forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 09724

Suspenden actividades extractivas de recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA del 26 al 28 de MORDAZA de 2003 en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 180-2003-PRODUCE
MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2003 CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca -Decreto Ley Nº 25977-, los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que el articulo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, la autoridad pesquera determinara segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos pesqueros; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 135-2003PRODUCE, se establecio un Regimen Provisional de Pesca de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) y se autorizo el desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento de los citados recursos a partir del 19 de MORDAZA del 2003, en la MORDAZA

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