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PÆg. 245026 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de mayo de 2003 Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 1 145,21 Viáticos US$ 260,00Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28,00 ----------------- Total US$ 1 433,21 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. RICHARD WEBB Presidente 09940 Disponen poner en circulación mone- das de plata alusivas al 180” Aniversa- rio de la Instalación del Congreso de la Repœblica CIRCULAR Nº 015-2003-EF/90 Lima, 28 de mayo del 2003 El Banco Central de Reserva del Perú, de conformi- dad con lo dispuesto en el artículo 44 de su Ley Orgáni- ca, pondrá en circulación a partir del 30 de mayo del año en curso, monedas de plata alusivas al 180º Aniversariode la Instalación del Congreso de la República. Las características de dichas monedas son: Valor Nominal : S/. 1,00 Aleación : Plata 0,925 Peso Fino : 1 onza troyDiámetro : 37,00 mm Calidad : Brillante no circuladaCanto : Estriado Año de Acuñación : 2003 Emisión máxima : 1 000 monedas Precio de Venta (*) : US$ 30,00 (*) En moneda nacional al tipo de cambio de venta del día anterior, determinado por la Superintendencia deBanca y Seguros. Las monedas son de curso legal. En el anverso figu- ra el Escudo Nacional, el texto Banco Central de Reser-va del Perú, el año de acuñación y el valor nominal de lamoneda. En el reverso se muestra la efigie de la MadrePatria con características faciales de origen andino, la fachada del Congreso de la República y la leyenda Con- greso de la República 1822-2002 Aniversario de su Ins-talación - 180 Años. MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 10025 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde delitos y perjuicio económicoevidenciados en ExÆmenes Especialesefectuados a las Municipalidades Provinciales de San RomÆn - Juliaca y Pisco RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 170-2003-CG Lima, 26 de mayo de 2003Vistos, el Informe Especial Nº 156-2003-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado en cumpli-miento del Plan Anual de Auditoría del año 2002, de laOficina Regional Arequipa, a la Municipalidad Provincialde San Román - Juliaca, del departamento de Puno, porel período comprendido entre el 01 de enero de 1999 al 31 de diciembre del 2001, así como los hechos prece- dentes y subsecuentes relacionados a los casos que serevelan; y, CONSIDERANDO: Que, en la Acción de control efectuada se ha evidencia- do que el ex Alcalde, el ex Director Municipal, el Directorde Planificación y Presupuesto y los ex Directores deAdministración General, durante el período de enero de2001 a agosto del 2002, han pagado al personal nombradoy permanente, de la Municipalidad Provincial de San Román, incentivos por productividad, sin la debida pre- visión de recursos, opinión favorable de la Oficina dePresupuesto y Planificación respecto a la factibilidad desu otorgamiento y reglamentación correspondiente, con-forme lo estipulaban de manera expresa las actas fina-les de las comisiones paritarias suscritas con los traba- jadores como parte de las negociaciones colectivas lle- vadas a cabo para el período 2001 y 2002, perjudicandoa la Municipalidad Provincial de San Román - Juliaca endichos períodos con el importe de S/. 571 261,67; deno-tando indicios razonables de la comisión del delito deAbuso de Autoridad previsto y penado por los artículos 376º y 377º del Código Penal; Que, la Comisión Auditora ha determinado que el ex Alcalde, durante los años de 1999 al 2001, contratóservicios de difusión periodística, bajo la denomina-ción genérica de Imagen Institucional, sin contar conun informe técnico legal de la Unidad de Relaciones Públicas sobre la necesidad de dichas contrataciones que permita establecer los objetivos y alcances de lautilización adecuada de los medios de difusión, ni elpresupuesto que respalde la adquisición de dichosservicios; coautorizados por el ex Director Municipal,el ex Jefe de Relaciones Públicas, y los ex Directores de Administración General; de los cuales, se ha evi- denciado que existen gastos ascendentes a S/. 84167,00, en perjuicio de la municipalidad puesto que nose ha acreditado el servicio prestado; denotando indi-cios razonables de la comisión del delito de Abuso deAutoridad previsto y penado por el artículo 376º del Código Penal; Que, se ha determinado que entre los años 2000 al 2002, la Municipalidad Provincial de San Román - Julia-ca, como parte de la ejecución de convenios de présta-mos personales, ha venido actuando como sujeto deretención por créditos financieros personales otorgados a favor de los servidores municipales, pagando a las instituciones financieras, los importes descontados dela planilla de los servidores beneficiados, con retrasosinjustificados, ocasionando que se asuma interesesmoratorios en perjuicio de la Municipalidad, según lospagos efectuados a setiembre del 2001 por S/. 52 685,68; asimismo, la Municipalidad sin tener obligación alguna ha asumido ante una entidad financiera cuotas que dejóde cancelar un ex servidor que en julio del 2001 renuncióa la entidad, los que al mes de agosto del 2002 ascen-dían a S/. 7 686,56, desembolsos con los que en total seha perjudicado a la Municipalidad en S/. 60 372,24; pa- gos autorizados por el ex Alcalde e instrumentados por el ex Director Municipal y los ex Directores de Adminis-tración General, en beneficio en el último caso del exSecretario General que dejó de pagar los adeudos per-sonales asumidos por la entidad edil; denotando indiciosrazonables de la comisión del delito de Abuso de Autori- dad previsto y penado por el artículo 376º del Código Penal; Que de igual modo, se ha determinado que durante el año 2001, el ex Alcalde, con el respaldo del ex Di-rector Municipal, el ex Director de Administración Ge-neral, dispuso que en cumplimiento de un contrato suscrito el 15.Jun.01, se efectúen pagos a un ex Ase- sor Legal Externo por seis meses de servicio hastapor la suma de S/. 7 200,00 de los que han acredi-tado servicios prestados únicamente por un mes;