Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2003 (29/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2003

y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 002-97-EF/94.10, en lo que resulta aplicable, considerando que se trata de una sociedad administradora que tiene autorizacion de funcionamiento vigente para administrar fondos mutuos de inversion en valores; y, Estando a lo dispuesto en el inciso a) del articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126; asi como en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; asi como a lo acordado por su Directorio reunido en sesion de fecha 12 de MORDAZA de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos - Interfondos SAF, para administrar fondos de inversion autorizados por CONASEV y disponer su inscripcion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion del fondo de inversion denominado "Interfondo Capital de Trabajo Fondo de Inversion en Desarrollo de Empresas" en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- El Reglamento de Participacion y los modelos de contratos a suscribir con los participes contienen las disposiciones aplicables al funcionamiento del fondo de inversion denominado "Interfondo Capital de Trabajo Fondo de Inversion en Desarrollo de Empresas", asi como a las operaciones del mismo y se encuentran a disposicion del publico en general en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera remitir al Registro Publico del MORDAZA de Valores dos (2) ejemplares del Reglamento de Participacion y del modelo del contrato a suscribir con los participes del fondo de inversion denominado "Interfondo Capital de Trabajo Fondo de Inversion en Desarrollo de Empresas" en el plazo de veinte (20) dias habiles siguientes al inicio de la vigencia de la presente resolucion o MORDAZA del inicio de la colocacion de cuotas, lo que resulte primero. Articulo 5º.- La inscripcion a que se refiere el articulo 2º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la suscripcion de cuotas del mencionado fondo de inversion u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su notificacion. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 09873

nivel remunerativo P.P.T.C., de la Sede Central del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 07-2002-INC-CN, el Director del MORDAZA Nacional del Instituto Nacional de Cultura da cuenta que el servidor MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, cantante II, nivel remunerativo P.P.T.C. ha dejado de asistir a sus labores habituales sin justificacion alguna, desde el 1 al 18 de febrero del 2002; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura, como consecuencia del analisis administrativo ha encontrado que existen, meritos suficientes para la instauracion del MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, cantante II, nivel remunerativo P.P.T.C., del MORDAZA Nacional de la Sede Central, al haber incurrido en presunta falta disciplinaria, de caracter administrativo, tipificada en los incisos a), k) y l) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y el Art. 150º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Articulos 165º, 166º y 167º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, estando a lo expuesto en el Informe Nº 002-INC-2003 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las facultades otorgados por el Decreto Supremo Nº 0014-2003-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, cantante II, nivel remunerativo P.P.T.C., del MORDAZA Nacional de la Sede Central, por haber incurrido en presunta falta disciplinaria de caracter administrativo, tipificada en los incisos a), k) y l) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y el Art. 150º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Articulo 2º.- Conceder al servidor MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, cantante II, nivel remunmerativo P.P.T.C., del MORDAZA Nacional, el plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion, para que presente sus descargos escritos y las pruebas que estime necesarias para su defensa. Registrese, comuniquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 10067

OSIPTEL
Aprueban contrato de interconexion de redes suscrito entre Impsat Peru S.A. e Infoductos y Telecomunicaciones del Peru S.A.
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 177-2003-GG/OSIPTEL MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 : Nº 011-2003-GG-GPR/CI : Aprobacion de Contrato de Interconexion ADMINISTRADO : Impsat Peru S.A. / Infoductos y Telecomunicaciones del Peru S.A. EXPEDIENTE MATERIA

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a integrante del MORDAZA Nacional de la Sede Central del INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 261/INC MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2003 Visto el Informe Nº 002-2003-INC, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional del Cultura, que recomienda instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, cantante II del MORDAZA Nacional,

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