Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2003 (29/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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UNIVERSIDADES
Autorizan MORDAZA de adjudicacion directa publica sobre adquisicion de equipos de laboratorio de enfermeria para la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 313-03-R Callao, 22 de MORDAZA de 2003 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 226-2003-OASA (Expediente Nº 77765) recepcionado el 22 de MORDAZA del 2003, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita se incluya en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones 2003 la Adquisicion de Equipos de Laboratorio de Enfermeria para la Facultad de Ciencias de la Salud; asimismo la autorizacion para la realizacion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003-UNAC para la adquisicion de los referidos equipos por un monto tal de hasta $ 71,964.80 dolares americanos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las entidades del Estado se aprueba mediante Resolucion expedida por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad que corresponda; Que, por Resolucion Nº 020-2003-R de fecha 22 de enero del 2003 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el presente ejercicio presupuestal 2003; Que, en cumplimiento a lo senalado en el Art. 20º Inc. a) del D.S. Nº 012-2001-PCM y los Arts. 7º y 8º del D.S. Nº 013-2001-PCM, todos los procesos de seleccion exonerados de Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion directa y procesos no incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o reprogramaciones de metas programadas; se aprueban por Resolucion expedida por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad que corresponda; Estando al numeral 8 de la Directiva Nº 022-2001CONSUCODE/PRE y el Art. 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al Informe Nº 895-2003-UPEP/OPLA y Oficio Nº 134-2003-OPLA de la Oficina de Planificacion recepcionado el 22 de MORDAZA del 2003; En uso de las atribuciones que confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad concordante con el Art. 33º de la Ley Nº 23733 concordante con los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad Nacional del Callao; RESUELVE: 1º INCORPORAR dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 de la Universidad Nacional del Callao, la Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003-UNAC para la "Adquisicion de Equipos de Laboratorio de Enfermeria para la Facultad de Ciencias de la Salud", por un monto tal de hasta $ 71,964.80 dolares americanos. 2º AUTORIZAR a la OFICINA DE ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS AUXILIARES realizar el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003-UNAC para la "Adquisicion de Equipos de Laboratorio de Enfermeria para la Facultad de Ciencias de la Salud" por el monto de $ 71,964.80 dolares americanos, el cual

debe sujetarse a lo prescrito en la Directiva Nº 0222001-CONSUCODE/PRE, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3º DISPONER que a traves de la Oficina General de Administracion el egreso que origine la presente Resolucion se cargara en el Programa 020 "Educacion Superior", Subprograma 078 "Superior Universitaria", Actividad 1-00199 "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 51 "Equipamiento y Bienes duraderos", con cargo a los recursos ordinarios de la Administracion Central. 4º TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los Vicerrectores, FCS, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina de Auditoria Interna, Oficina de Asesoria Legal, Oficina General de Administracion, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector 09946

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Autorizan funcionamiento de Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos - Interfondos SAF
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION CONASEV Nº 032-2003-EF/94.10 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 VISTOS: El Expediente Nº 2002/016106 iniciado por Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, asi como el Informe Nº 119-2003-EF/94.55 de fecha 7 de MORDAZA de 2003 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 163-95-EF/ 94.10, de fecha 25 de MORDAZA de 1995, se autorizo el funcionamiento de Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores Interfondos S.A., hoy denominada Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para administrar fondos mutuos de inversion en valores; Que, al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 11 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 002-97-EF/94.10 y los articulos 21º, 23º y 36º de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo Nº 862, modificada por la Ley Nº 27641, se solicito ante esta Comision Nacional la autorizacion de funcionamiento de "Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos" como sociedad administradora de fondos de inversion, asi como la inscripcion del fondo de inversion denominado "Interfondo Capital de Trabajo Fondo de Inversion en Desarrollo de Empresas" en el Registro Publico de MORDAZA de Valores; Que, evaluada la documentacion presentada se ha determinado que la misma cumple con lo dispuesto en los articulos 9º y 23º de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, asi como por los articulos 11º y 14º del Reglamento de Fondos de Inversion

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