Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2003 (12/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de noviembre de 2003

res Nacionales y Responsables de Cooperacion que se efectuaran en la misma MORDAZA, el 11 y 12 de noviembre de 2003: - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, del 12 al 15 de noviembre de 2003; - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Belevan-McBride, Coordinador Nacional de la Cumbres Iberoamericanas, del 11 al 15 de noviembre de 2003; - Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Teixeira MORDAZA, Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, del 12 al 15 de noviembre de 2003; - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente (e) de Gestion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), del 11 al 15 de noviembre de 2003; - Ministra Consejera en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivas-Plata, Coordinadora Nacional Adjunta de la Cumbre Iberoamericana, del 11 al 15 de noviembre de 2003; - Ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), del 11 al 15 de noviembre de 2003; y, - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Marielle MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Secretaria Pro Tempore del Grupo de Rio, del 11 al 15 de noviembre de 2003. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione la participacion del Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Embajador MORDAZA Belevan-McBride, del Embajador MORDAZA Teixeira MORDAZA, de la Ministra Consejera MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivas- Plata y de la Tercera Secretaria MORDAZA Marielle MORDAZA MORDAZA, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Belevan-Mc Bride MORDAZA Teixeira MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivas-Plata MORDAZA Marrielle MORDAZA MORDAZA 674,26 432,00 432,00 432,00 526,70 Viaticos US$ 1 000,00 1 200,00 1 000,00 1 200,00 1 200,00 Tarifa aeropuerto 28,00 28,00 28,00 28,00 28,00

Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue la participacion del Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correran a cargo del Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI). Articulo Cuarto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada delegacion debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Quinto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 21013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a El MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 940-2003-MTC/02 MORDAZA, 10 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en

concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la condicion de aeronavegabilidad de las aeronaves, que es requisito indispensable para garantizar la seguridad de las operaciones aereas, se evalua, entre otras formas, a traves de las inspecciones tecnicas a las mismas, las que se realizan en los talleres de mantenimiento autorizados, ubicados en el extranjero; Que, con Carta TP 288-10-03, del 3 de noviembre del 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 11 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, la empresa Taca Peru S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la reprogramacion de las inspecciones tecnicas por expedicion de MORDAZA de conformidad de las aeronaves Airbus 320, cuyas matriculas son N-488TA y N-489TA, en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, para los dias 12 al 15 de noviembre de 2003; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 4381 y 4674, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento precitado; Que, el referido pago esta destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspeccion, el cual es integramente financiado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectua a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1628-2003-MTC/12.04-SDA y 1629-2003MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gallo Lam, para realizar inspecciones tecnicas por expedicion de MORDAZA de conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matriculas N-488TA y N-489TA de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 12 al 15 de noviembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1628-2003-MTC/12.04SDA y 1629-2003-MTC/12.04-SDA; Que, asimismo, en aplicacion de la Ley Nº 27619 y sus normas reglamentarias aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 908-2003-MTC/02 autorizando el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gallo

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