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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G38/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de noviembre de 2003 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G2D /G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G65/G72/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G6D/G69/G6E/G75/G73/G76/GE1/G6C/G69/G64/G6F/G73/G2C/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G64/G65/G20/G65/G73/G63/G61/G73/G6F/G73/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G2C/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65 /G70/G6C/G61/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G79/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2003-EF Lima, 11 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, Collaboration Sante Internationale (CSI) de Qué- bec, Canadá, ha efectuado una donación a favor de la So- ciedad de Beneficencia Pública de Piura, la cual forma par- te del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF,Organismo Público Descentralizado del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social - MIMDES, consistente en diver-sos bienes; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe-rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor deEntidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, elDecreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias;y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulari- zación, la donación efectuada por Collaboration SanteInternationale (CSI) de Québec, Canadá, a favor de la Sociedad de Beneficencia Pública de Piura, la cual for- ma parte del Instituto Nacional de Bienestar Familiar -INABIF, Organismo Público Descentralizado del Minis-terio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, consis-tente en equipos médicos, medicinas y otros bienes,con un valor aproximado de CAN $ 165 425,00 (Ciento Sesenta y Cinco Mil Cuatrocientos Veinticinco y 00/100 Dólares Canadienses), según Carta de Donación defecha 15 de abril de 2002 y Certificado de fecha 4 dediciembre de 2002. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria -SUNAT-, y a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los plazos establecidos.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social yel Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer yDesarrollo Social JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 21048 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 235-2003-EF Lima, 11 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Rotary International District 5240 de California, Estados Unidos de América, ha efectuado una donación afavor del Rotary Club El Rímac, consistente en sillas deruedas, para ser destinadas a minusválidos por medio de los diferentes Clubes Rotarios del Perú; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, elDecreto Legislativo Nº 935, el Decreto Supremo Nº 099- 96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por el Rotary International Dis- trict 5240 de California, Estados Unidos de América, a favor delRotary Club El Rímac, consistente en 550 sillas de ruedas,según Carta de Donación de fecha 7 de julio de 2003 y con unpeso aproximado de 8 599 kgs. según Conocimiento de Em-barque HKGDL050300 de Lykes Lines Limited, LLC. Dicha donación será destinada a minusválidos por medio de los dife- rentes Clubes Rotarios del Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) delArtículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.