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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G38/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de noviembre de 2003 DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, el cual consta de dieciocho (18)Capítulos, cincuentiocho (58) artículos y dos (2) Disposi-ciones Complementarias, el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 021/ RE-92 de 18 de setiembre de 1992. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores REGLAMENTO DE TRADUCTORES PÚBLICOS JURAMENTADOS CAPÍTULO I DE LOS TRADUCTORES PÚBLICOS JURAMENTADOS Artículo 1º.- Los Traductores Públicos Juramentados cumplen la función de efectuar traducciones oficiales es-critas de documentos en dos direcciones: de un idioma ex- tranjero al idioma castellano (traducción directa) y del idio- ma castellano a un idioma extranjero (traducción inversa).Un Traductor Público Juramentado podrá serlo en uno omás idiomas y en una o más direcciones. Artículo 2º.- Las traducciones que realicen los Traduc- tores Públicos Juramentados en el ejercicio de sus funcio- nes merecen fe pública y tienen plena validez legal. No obstante, la traducción no significa el reconocimiento de laautenticidad del documento traducido. Artículo 3º.- El número de Traductores Públicos Jura- mentados es ilimitado. Artículo 4º.- Los Traductores Públicos Juramentados podrán ejercer sus funciones en todo el territorio de la Re- pública. Artículo 5º.- Son requisitos para ser Traductor Público Juramentado: a) Ser ciudadano peruano en pleno goce de sus dere- chos civiles. b) No haber sido condenado por delito doloso.c) Para el caso de los idiomas inglés, francés, alemán y aquellos en los que las universidades del país formen tra-ductores: - Tener título profesional de Traductor o de Licencia- do en Traducción o en Traducción e Interpretación otor-gado por una universidad nacional o extranjera, debida-mente revalidado, y contar con un mínimo de tres añosde experiencia comprobada como traductor en el idiomaque postula contados a partir de la obtención del Título Profesional. Para el caso de otros idiomas:- Tener título profesional otorgado por una Universidad nacional o extranjera, debidamente revalidado, y contar con un mínimo de tres años de experiencia comprobada en el idioma que postula como traductor contados a partir de laobtención del Título Profesional. e) Haber aprobado el examen de selección. f) Haber sido ratificado. g) Haber aprobado el Curso de Capacitación, siendo esta condición suspensiva para el ejercicio del cargo. Artículo 6º.- Son impedimentos para ser Traductor Pú- blico Juramentado: a) Ser miembro de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial o de los Gobiernos Regionales.b) Ser servidor público. c) Ser Notario Público. CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN Artículo 7º.- El proceso de selección para la designa- ción de Traductores Públicos Juramentados se realizaráen los idiomas requeridos por el Ministerio de RelacionesExteriores cada dos años, dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores a su convocatoria por el Ministerio deRelaciones Exteriores y la publicación de las bases en elDiario Oficial El Peruano. Artículo 8º.- Una Comisión Especial integrada por los miembros de la Junta de Vigilancia de los Traducto-res Públicos Juramentados y por un (1) profesor, Licen-ciado en Traducción, de cada una de las Universidadesde la República donde se enseñe la especialidad de Tra-ducción, se encargará de redactar las bases para el pro-ceso de selección, que deberán ser aprobadas por elMinisterio de Relaciones Exteriores mediante Resolu-ción Ministerial. La Junta de vigilancia de los Traductores Públicos Jura- mentados podrá designar a dos Traductores Públicos Ju-ramentados para que participen en la redacción de las ba-ses de los Procesos de Selección. Artículo 9º.- El proceso de selección se efectuará ínte- gramente bajo la responsabilidad de una Comisión Evalua-dora compuesta por cinco miembros designados por el Mi-nisterio de Relaciones Exteriores mediante ResoluciónMinisterial. Artículo 10º.- Los postulantes deberán demostrar, por escrito, su capacidad para trasladar con fidelidad un men-saje de una lengua a otra. Artículo 11º.- Los candidatos a Traductores Públicos Juramentados se someterán a dos tipos de evaluación: a) Evaluación curricular. b) Examen de traducción. Artículo 12º.- La evaluación de los exámenes de tra- ducción se realizarán en forma anónima. La calificación seefectuará sobre una escala de cero (0) a veinte (20), y suvalor se duplicará con respecto a la evaluación curricular.El postulante que en el examen de traducción no alcanceel puntaje de catorce (14) quedará automáticamente elimi-nado del proceso de selección. Artículo 13º.- La evaluación curricular se efectuará sobre una escala de cero (0) a veinte (20). Para tal efectolos postulantes presentarán documentos relativos a su ex-periencia como traductores, certificados de notas, títulos ygrados académicos que posean, artículos y trabajos deinvestigación y todo aquello que pueda ilustrar a la Comi-sión Evaluadora sobre su capacidad, preparación o inte-rés en la especialidad de traducción. Artículo 14º.- Aprobarán el examen de selección los postulantes que dentro de una escala de cero (0) a veinte(20), resultante de la suma de los puntajes obtenidos deacuerdo con los artículos 12º y 13º, y su posterior divisiónentre el coeficiente tres, alcancen un mínimo de catorce(14). CAPÍTULO III DE LA RATIFICACIÓN Artículo 15º.- Cada tres (3) años, y en la misma época en que se efectúa el proceso de selección, se llevarán acabo la ratificación para que los Traductores Públicos Ju-ramentados puedan mantener tal título. El procedimientoestablecido para dicho fin, con excepción de la periodici-dad, comprenderá: a) visita de inspección. b) evaluación de desempeño profesional.c) perfeccionamiento profesional permanente.d) actualización del Fondo de Garantía en función de la combinación de idiomas de cada TPJ. e) observancia del presente reglamento y su manual de procedimientos.