Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2003 (12/11/2003)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 240-2003-EF MORDAZA, 11 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de noviembre de 2003

Que, la Asociacion Pachamama e.V. de Alemania, ha efectuado donaciones a favor de la Asociacion Pachamama Manta Wua Wuan Cunapacc Perupi, consistentes en contenedores usados y diversos bienes para ser donados al Gobierno Regional de Ica, quien los destinara a la Direccion Regional de Salud de Ica, que dispondra su distribucion en los diferentes hospitales de la Region; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Legislativo Nº 935, el Decreto Supremo Nº 09996-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por la Asociacion Pachamama e.V. de Alemania, a favor de la Asociacion Pachamama Manta Wua Wuan Cunapacc Perupi, consistentes en dos contenedores usados con un valor aproximado de US$ 700,00 (Setecientos y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), ropa usada, sillas usadas, sabanas usadas, y otros bienes, segun Cartas de Donacion de fechas 7 de MORDAZA, 2 de MORDAZA, 10 de MORDAZA y 2 de MORDAZA de 2003, Carta de Rectificacion de fecha 12 de agosto de 2003 y Cartas de Correccion de fecha 15 de agosto de 2003, con un peso aproximado de 32 300 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº BRBS0009 de Hamburg Sud. Dichas donaciones seran donadas al Gobierno Regional de Ica, quien los destinara a la Direccion Regional de Salud de Ica, que dispondra su distribucion en los diferentes hospitales de la Region. Articulo 2º.- Comprendanse a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 21054 RESOLUCION SUPREMA Nº 241-2003-EF MORDAZA, 11 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, The Diocese of La Crosse Mission Office de Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado una donacion a favor

de la Asociacion MORDAZA Hogar MORDAZA MORDAZA II, consistente en diversos bienes, destinados para realizar acciones de promocion de salud, social y humana a la comunidad mas desprotegida; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por The Diocese of La Crosse Mission Office de Estados Unidos de MORDAZA, a favor de la Asociacion MORDAZA Hogar MORDAZA MORDAZA II consistente en equipos, suministros medicos y otros bienes con un valor aproximado de US$ 978,00 (Novecientos Setenta y Ocho y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Certificado de Donacion sin fecha y Resolucion Directoral Nº 024-2003-SA/OGCI de fecha 11 de febrero de 2003 del Ministerio de Salud y con un peso aproximado de 1 912 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº 1701051 de Westainer Lines. Dicha donacion ha sido destinada a la Asociacion MORDAZA Hogar MORDAZA MORDAZA II, para realizar acciones de promocion de salud, social y humana a la comunidad mas desprotegida. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Salud y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 21055 RESOLUCION SUPREMA Nº 242-2003-EF MORDAZA, 11 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la O.N.G.D. Bomberos Unidos Sin Fronteras de MORDAZA, Espana, ha efectuado una donacion a favor de Bomberos Unidos Sin Fronteras - BUSF, consistente en diversos bienes destinados para el equipamiento del Centro de Respuesta Ante Emergencias y Catastrofes Naturales de MORDAZA - Peru; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el

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