Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2003 (12/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de noviembre de 2003

pesar de estar notificado (via notarial y Diario Oficial El Peruano); Que, el Art. 26º del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de Personal establece "El personal de la Municipalidad... de Azangaro, esta obligado a acreditar por si mismo, su asistencia mediante FIRMA, asistencia a la hora de ingreso y salida a su centro de labores mediante el sistema de control con el reloj marcador. LA TARJETA Y/O REGISTRO CONSTITUYE LA UNICA PRUEBA de la asistencia y puntualidad" MORDAZA concordante con el Inc. 3.3.4 del Manual Normativo de Personal Nº 001-92-DNP "Control de Asistencia y Permanencia" aprobado por R.D. Nº 010-92INAP/DNP que senala "CONSTITUYE INASISTENCIA, la no concurrencia al centro de trabajo, el retiro del personal MORDAZA de la hora de salida sin justificacion alguna, LA OMISION DEL MARCADO DE TARJETA DE CONTROL AL INGRESO Y SALIDA SIN JUSTIFICACION Y EL INGRESO EXCEDIENDO EL TERMINO DE TOLERANCIA"; Que, el procesado tenia la obligacion de "cumplir personal y diligentemente los deberes del servicio publico y concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos" con arreglo al Art. 21º Incs. a) y c) del D.Leg. Nº 276, y las normas senaladas precedentemente; Que, los actos expuestos constituyen faltas graves previstas en el Art. 28º Incs. a), d) y k) del acotado D.Leg. Nº 276 y Art. 129º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, estando el Art. 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, y lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, hay merito para que el procesado sea sancionado; Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado y por los Arts. 6º y 20º Inc. 6) de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades. SE RESUELVE:

quirir bienes para el proyecto "Construccion del sistema de Desague MORDAZA Alianza y Cultural MORDAZA, Sistema de Desague MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Revolucion e Independencia, toda vez que la obra ha sido declarada en situacion de urgencia por lo tanto la compra se debio efectuar por adjudicacion directa de menor cuantia exonerandose del MORDAZA de Licitacion Publica; El Acuerdo Municipal referido ha establecido la adquisicion de bienes por Items cinco (5), no obstante el Comite Especial de Adquisicion teniendo conocimiento de esta situacion ha optado por efectuar la seleccion solo para tres (3) Items, sin haber informado de este hecho al titular del pliego, respecto a los demas Items; Que, de la misma forma el MORDAZA de seleccion se desarrollo sin tomar en consideracion las bases que exige para este MORDAZA de adquisiciones, tal y conforme exige el articulo 92º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hecho que motivo vicios de nulidad establecidas en el articulo 57º de la Ley por haber contravenido las normas legales, asimismo el no haberse tomado en consideracion los Items senalados en el Acuerdo Municipal Nº 33-03/CM-MPA/P; Que, el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el articulo 56º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y considerando que el comite especial ha otorgado la buena pro del MORDAZA de seleccion y entendiendo, que el titular del pliego tiene la facultad de declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion por las causales establecida en el articulo senalado, hasta MORDAZA de la suscripcion del contrato, siendo este el caso al haberse otorgado la buena pro sin tomar en consideracion lo establecido en el Acuerdo Municipal Nº 33-03/CM-MPA/P; En uso de las facultades conferidas por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Imponer la sancion de DESTITUCION al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex servidor de la Municipalidad de Azangaro, quedando inhabilitado para desempenarse en la administracion publica bajo cualquier forma o modalidad por un periodo no menor de cinco anos. Articulo 2º.- Previa autorizacion del Concejo Municipal y con arreglo al Art. 9º Inc. 23) y Art. 29º de la Ley Nº 27972, el Procurador Publico Municipal interpondra las acciones civiles y penales en contra del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los cobros indebidos de remuneraciones por dias no laborados. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente disposicion al Registro Nacional de Funcionarios, Servidores y Pensionistas de la Administracion Publica que administra la Presidencia del Consejo de Ministros e insertese en el legajo personal del sancionado conforme senala el Inc. c) del Art. 1º del D.S. Nº 074-95-PCM y el Art. 160º del D.S. Nº 005-90-PCM, debiendo notificarse al interesado conforme a Ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20782

Articulo 1º.- DECLARAR la nulidad del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa de menor cuantia por situacion de urgencia, autorizado por Acuerdo Municipal Nº 33-03/CM-MPA/P, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- RETROTRAER el MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa de menor cuantia por urgencia a la etapa de convocatoria. Articulo 3º.- EL MORDAZA DE SELECCION se efectuara tomando en consideracion las bases establecidas para la Licitacion Publica Nº 001-2003-MPA en lo que fuera pertinente, excluyendose por completo el cronograma. Articulo 4º.- COMUNIQUESE a los postores que participaron en el presente MORDAZA de seleccion de menor cuantia por urgencia, el contenido de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20774

Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion convocado para la construccion de sistemas de desague
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 421-03/A-MPA/P Azangaro, 6 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO - REGION MORDAZA VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Municipal Nº 33-03/CM-MPA/ P, publicado en el Diario Oficial El Peruano se autoriza ad-

Incorporan MORDAZA de seleccion para la adquisicion de tractores agricolas en el "Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones 2003"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 422-03/A-MPA/P Azangaro, 7 de noviembre de 2003 EL MORDAZA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO VISTOS: El Informe Nº 024-2003-ABAS/MYS/MPA, de fecha 7 de noviembre del 2003 de la Unidad de Abastecimientos y Control Patrimonial; y,

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