Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2003 (12/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 12 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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violacion contra quien infrinja sus derechos. Tambien procede la accion por violacion cuando exista peligro inminente de que los derechos del titular puedan ser infringidos. 2.2. Variedad utilizada por la denunciada. Comision de actos infractores De lo actuado en el presente expediente, especialmente de lo verificado en las diligencias de inspeccion de fechas 11 y 12 de octubre del 2001, 1 de marzo del 2002 y 4 de MORDAZA del 2002, y de las propias afirmaciones de la emplazada, se ha podido constatar la existencia, produccion, propagacion, utilizacion y posesion por parte de la denunciada, de semillas y plantulas de MORDAZA identificadas con la denominacion "Celaya". Al respecto cabe precisar que en las diligencias de inspeccion efectuadas en los MORDAZA de diversos agricultores de la MORDAZA del MORDAZA, se constato la plantacion de gran cantidad de hectareas con MORDAZA variedad "Celaya" conforme manifestaron los propios agricultores, quienes senalaron tener contrato con la empresa denunciada (lo cual luego se pudo corroborar con la propia emplazada) y haber recibido las plantulas o almacigos de esta empresa. En ese sentido, se ha podido constatar que obran en el expediente los contratos de siembra suscritos entre los meses de febrero y MORDAZA del 2001 entre la empresa PIVEG DEL PERU S.A. y los siguientes agricultores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sosimo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pucutay MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Pucutay MORDAZA, donde dichos agricultores se comprometen a sembrar en sus MORDAZA MORDAZA variedad Celaya y entregar la totalidad de la produccion a la empresa PIVEG DEL PERU S.A., dejandose MORDAZA que los agricultores reciben de dicha empresa los almacigos necesarios para la siembra. Asimismo, se pudo constatar en el local de la empresa PIVEG DEL PERU S.A. la existencia de gran cantidad de semilla de la referida variedad de MORDAZA, habiendo manifestado el representante de la denunciada que ademas de importar esta semilla de Mexico, poseen semilleros propios donde propagan esta variedad. En ese sentido, de los actuados se ha podido verificar que la denunciada PIVEG DEL PERU S.A. ha producido, propagado, ofrecido con fines comerciales, importado y mantenido posesion sobre el material de reproduccion o multiplicacion (semillas y almacigos) de la variedad de MORDAZA identificada bajo la denominacion "Celaya", quedando por determinar si dicha variedad presenta las mismas caracteristicas tecnicas que la variedad protegida o si se trata de una variedad que no se distingue claramente de la variedad amparada bajo Certificado de Obtentor, de modo tal que se configure un supuesto de infraccion. 2.3. Evaluacion tecnica de las variedades confrontadas Mediante Informe Tecnico Nº 17-2001-INIA-DGIA/ESPPRONARGEB/MSS, se constato preliminarmente que la variedad de la denunciada denominada "Celaya" es una planta de tamano alto con un promedio que oscila entre 1,20 m. a 1,27 m. de porte ramificado, color principal del tallo MORDAZA rojizo, hojas de MORDAZA pinnada, longitud de hoja larga con un promedio que oscila entre 23.43 cm a 26.18 cm. de color MORDAZA intermedio, inflorescencia de color MORDAZA oscuro y unicolora. Del analisis efectuado, dicho informe concluye senalando que los datos registrados para las caracteristicas morfologicas cualitativas de porte de planta, color del tallo, MORDAZA de hoja, color de hoja y color del capitulo de la variedad denominada "Celaya" encontrada en los MORDAZA a cargo de PIVEG DEL PERU S.A., son similares a los datos de la descripcion de la variedad "BELLA MORDAZA APV Nº I" cuya MORDAZA obra en el Fondo Documental del Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas. Concluye tambien que los datos registrados para las caracteristicas morfologicas cuantitativas de altura de planta y longitud de hoja de la variedad denominada "Celaya" son estadisticamente similares a los datos de la descripcion de la variedad "BELLA MORDAZA APV Nº I". Respecto al cuestionamiento efectuado por la denunciada respecto a la validez del Informe Tecnico Nº 17-2001-

INIA-DGIA/ESP-PRONARGEB/MSS, cabe precisar que la recurrente no ha aportado medio probatorio alguno o elemento de juicio suficiente que sustente la tacha efectuada, habiendose podido constatar que el Informe Tecnico en mencion ha sido emitido por un profesional especialista de la Autoridad Nacional Competente en materia tecnica (PRONIRGEB) y ha sido adecuadamente sustentado, por lo que no es posible amparar los argumentos que fundamentan la tacha interpuesta. Luego de la evaluacion de MORDAZA de las muestras obtenidas, se emitio el Informe Tecnico Nº 08-2002-INIADGIA-PRONIRGEB/ESP-MSS donde se establece una descripcion completa de las plantas resultantes de las semillas obtenidas en las diligencias de inspeccion, comparandolas con los caracteres definidos para la variedad protegida, a fin determinar si corresponden a una misma variedad. Efectuadas las evaluaciones correspondientes, en dicho informe se detallan en MORDAZA los resultados obtenidos y se comparan los promedios de MORDAZA variedades (analisis estadistico de los resultados de ensayo), concluyendose que en el caso de las muestras colectadas en las diligencias de inspeccion en los MORDAZA de los agricultores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, si corresponden al mismo material de la variedad MORDAZA MORDAZA APV Nº I. 2.4. Verificacion de las medidas cautelares ordenadas Conforme se preciso en el punto 1.2. de la presente resolucion, mediante Acta de fecha 1 de marzo del 2002, se trabo la medida cautelar de inmovilizacion de 76 bolsas de 10 kg. cada una, 3 bolsas de 5 kg. cada una, 1 bolsa de 11 kg., 2 bolsas de 6 kg. cada una, 1 bolsa de 4 kg., 2 bolsas de 7 kg. cada una, 1 bolsa de 9 kg. y 1 bolsa de 1 kg. de semillas de MORDAZA denominadas "Celaya", encontradas en los almacenes de la empresa denunciada, trabandose ademas las medidas cautelares de cese de uso y prohibicion de importacion de las semillas denominadas por el denunciado CELAYA. A pedido del accionante, con fecha 4 de MORDAZA del 2002 se efectuo la verificacion del cumplimiento de las medidas cautelares trabadas, inspeccionandose los MORDAZA de los siguientes agricultores: - Sr. MORDAZA MORDAZA Rosales: se verifico que tiene sembradas 4 hectareas del cultivo MORDAZA en la variedad Celaya, manifestando que fueron sembradas el dia 3 de MORDAZA del 2002 con plantulas proporcionadas ese mismo dia por la empresa PIVEG, con quien cuenta con un contrato firmado por el cual toda la cosecha es entregada a dicha empresa. - Sr. MORDAZA Albujar Villanueva: se verifico que cuenta con 2 hectareas de MORDAZA variedad Celaya sembradas en el mes de MORDAZA del 2002, manifestando que ha sido la empresa PIVEG DEL PERU quien le proporciono las plantulas contando con un contrato firmado con dicha empresa por el cual la cosecha le es entregada en su totalidad. Agrega que cuenta ademas con 3 hectareas de cultivo de MORDAZA variedad Celaya en el sector Las Moras proporcionadas por la empresa PIVEG DEL PERU. Asimismo, en el local de la denunciada se constataron los contratos de siembra celebrados entre los meses de febrero y junio del 2002 por la empresa PIVEG DEL PERU S.A. con los agricultores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Albujar MORDAZA, manifestando el representante de la denunciada que la MORDAZA de MORDAZA a la que se refieren los contratos MORDAZA senalados corresponde a la variedad MORDAZA y no Celaya, precisando que posteriormente a la fecha de dictadas las medidas cautelares importaron semilla de MORDAZA en la variedad MORDAZA en la cantidad de 1000 kilogramos. Al efectuarse el seguimiento de la medida cautelar de inmovilizacion de las semillas, no se encontro una bolsa de 1 kg. y una bolsa de 5 kg. de semilla de MORDAZA de la variedad Celaya que fueron materia de la inmovilizacion, observandose 2 bolsas adicionales: una de 9 kg. y otra de 7 kg. con el rotulado de Celaya. Asimismo, de los documentos de importacion recabados (permiso fitosanitario de importacion, "Bill of lading",

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