Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2003 (12/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de noviembre de 2003

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTO, el Informe Nº 013-2003-MSB-CE del Comite Especial, de fecha 5.11.2003, mediante el cual solicita se declare la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-MSB-CE, retrotrayendo el MORDAZA a la etapa de elaboracion de bases; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 399-2003MSB-A, de fecha 20.10.2003, se aprobo las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-MSB-CE, para la contratacion de la obra "Parque Interseccion Avs. San MORDAZA Sur y MORDAZA Sur" del distrito de San Borja; Que, conforme al cronograma aprobado, las consultas se formularon en fecha 28.10.2003 en la que se presentaron las consultas de las Empresas: Civitas S.A., MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvan, AG y JSAC Contratistas Generales; Que, mediante Informe Nº 013-2003-MSB-CE, de fecha 5.11.2003, el Comite Especial para la Convocatoria de la obra "Parque Interseccion Avs. San MORDAZA Sur y MORDAZA Sur", comunica al Despacho de Alcadia que, estando en la etapa de consultas y observaciones segun el cronograma aprobado, estas fueron remitidas para que MORDAZA absueltas por la consultora de la obra encargada de la elaboracion del expediente tecnico; en dicha absolucion se efectuaban modificaciones a las partidas globales entre las que se encontraba la correspondiente a "concreto MORDAZA MORDAZA rodado", la cual origino el desdoblamiento de dicha partida y como consecuencia el incremento del presupuesto, hecho que por error material no fue considerado en los Presupuestos Parciales ni asumido en el Presupuesto Total final del expediente tecnico, trayendo como resultado un monto referencial distinto al existente en la base administrativa. Hecho que podria originar que los postores presenten propuestas economicas diferentes, con lo cual el Comite Especial se veria imposibilitado de otorgar la Buena Pro, ademas de las impugnaciones que podrian formularse; por lo que a efectos de evitar los riesgos ante una eminente nulidad total se sugiere se declare la nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-MSB-CE y retrotraer el MORDAZA a la etapa de elaboracion de bases, con la finalidad de economizar el tiempo y proseguir el MORDAZA luego de subsanarlo, otorgando la Buena Pro en el lapso mas breve; Estando a lo expuesto, con los vistos buenos de la Gerencia General, Gerencia de Asesoria Legal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Economia, de conformidad con el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y articulo 26º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarase la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-MSB-CE, obra "Parque Interseccion de las Avs. San MORDAZA Sur y MORDAZA Sur", retrotrayendose el MORDAZA a la etapa de elaboracion de bases. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto la Resolucion de Alcaldia Nº 399, de fecha 20.10.2003, que aprobo las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003MSB-CE. Articulo Tercero.- Disponer que el Comite Especial prosiga con el MORDAZA de acuerdo a las formalidades legales establecidas en la Ley Nº 26850. Articulo Cuarto.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20989

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban Reglamento del Comite Electoral para las elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2003 2005
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2003/MDS Surquillo, 3 de noviembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades establece que en el Gobierno Local Distrital se incluira al Comite de Coordinacion Local Distrital, la que estara integrada por miembros de la sociedad civil, en un numero igual al 40% del total de miembros del Concejo Municipal; Que, la Ordenanza Nº 102/MDS, publicada el 9 de octubre del 2003 regula el MORDAZA de programacion y concertacion del presupuesto participativo 2004 de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el mismo que en su Articulo 9º establece que el Concejo Municipal por acuerdo de la mayoria de sus integrantes y a propuesta del MORDAZA designa a los integrantes del Comite Electoral, el cual estara compuesto por dos regidores, un funcionario municipal y un representante de una organizacion elegido por sorteo en acto publico; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 090-2003/MDS, adoptado en la Sesion Ordinaria del 30 de octubre del 2003, el Pleno del Concejo Municipal de Surquillo designo a los Regidores y al funcionario conformantes del Comite Electoral para la eleccion de los consejeros para el Consejo de Coordinacion Local Distrital; Que, el uso de las facultades conferidas a la Alcaldia por el Articulo 11º de la Ordenanza Nº 102/MDS, se faculta al Despacho de Alcaldia para que, mediante Decreto, dicte las normas reglamentarias y complementarias que MORDAZA necesarias para una mejor aplicacion de la Ordenanza MORDAZA senalada; Por lo que en uso de las facultades conferidas por el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Comite Electoral para las elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2003 - 2005, el mismo que consta de Dieciseis Articulos y que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Dispongase la publicacion del Presente Decreto en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DEL COMITE ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC) AL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL (CCLD) PARA EL PERIODO 2003 ­ 2005 CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- El presente Reglamento regula el MORDAZA eleccionario para elegir a los cuatro (04) representan-

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