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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G32/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de noviembre de 2003 Artículo Segundo.- La Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Consumidor, Dirección Municipal de Fiscalización y Control, Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano, Dirección Municipal de Se-guridad Ciudadana, Dirección de Defensa Civil, son los órganos encargados de dar el apoyo necesario para el logro de los objetivos de la citada comisión; debiendolas demás dependencias administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, brindar la cola- boración correspondiente. Artículo Tercero.- La Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana", está conformada por los siguien-tes miembros: El Alcalde Metropolitano de Lima, quien la presidirá, pudiendo delegar a un funcionario que lo represente. Un representante de la Dirección Municipal de Comer- cialización y Defensa al Consumidor. Un representante del Ministerio Público. Un representante de la DICSCAMEC. Un representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Un representante de la 7ma. Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú - PNP. Un representante del Escuadrón de Desactivación de Explosivos - EDEX. Un representante del Instituto Nacional de Defensa Ci- vil - INDECI. Un representante de la SUNAT - ADUANAS. Un representante de la Defensoría del Pueblo.Un representante de la Dirección Municipal de Fiscali- zación y Control. Un representante de la Dirección Municipal de Desa- rrollo Urbano. Un representante de la Dirección Municipal de Seguri- dad Ciudadana. Un representante de la Dirección de Defensa Civil. Artículo Cuarto.- La Comisión Multisectorial Per- manente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, deberá convocar a los Alcaldes Distrita- les o sus representantes de las jurisdicciones dondese fabriquen insumos, productos pirotécnicos termina- dos, almacenen, comercialicen y distribuyan artefactos pirotécnicos, a efectos de que participen en las reunio-nes de ésta. Artículo Quinto.- Esta comisión coordinará acciones con la Comisión Multisectorial Consultiva y Ejecutiva delas Zonas de Alto Riesgo del Cercado y Centro Histórico de Lima, creada por Decreto de Alcaldía Nº 152, del 08 de agosto del presente año y asumirá las funciones, compe-tencias y acervo documentario de la Comisión Multisecto- rial de la Comercialización de Productos Pirotécnicos 2002 en el Cercado de Lima creada por Decreto de Alcaldía Nº152 del 31 de octubre del 2002. Artículo Sexto.- El presente Acuerdo entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 21268 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G42/G61/G73/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G49/G6E/G2D /G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G43/G45/G2D/G4D/G44/G41/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G73/G20/G76/G6F/G6C/G71/G75/G65/G74/G65/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 586-2003-A/MDA Ancón, 12 de noviembre del 2003 Visto, el Oficio Nº 03-CE/MDA de fecha 11/11/03 de noviembre del 2003 emitido por el Comité Especial en- cargada del Proceso de Licitación Pública Internacio-nal Nº 001-2003-CE-MDA para la adquisición de dos volquetes; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 568-2003-A/ MDA de fecha 9 de octubre del 2003 se designó al ComitéEspecial encargada de la organización, conducción y eje- cución del Proceso de Licitación Pública Internacional Nº 001-2003-CE-MDA para la adquisición de dos volquetes; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 569-2003-A/ MDA de fecha 9 de octubre del 2003 se aprobaron las Ba- ses Administrativas para el Proceso de Licitación Públicaantes mencionado; Que, mediante Informe Nº 360-2003-UST/MDA la Uni- dad de Servicios Técnicos señala que considerando el Pro-grama de Vivienda Municipal que se proyecta desarrollar en el Distrito de Ancón lo que involucrará la edificación de 10,000 viviendas aproximadamente, así como las obrasconsideradas dentro del plan de obras a realizarse como veredas, pistas van a generar el incremento de materiales a adquirir como a eliminar ya sea de desmonte y/o materialde construcción, por lo que los vehículos deben ser resis- tentes, recomendando ser de última generación, del año, lo cual garantizará brindar un mejor servicio y alcanzar lasmetas trazadas; Que mediante Informe Nº 264-OAJ-2003-MDA emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que para la ad-quisición de los volquetes objeto de la licitación pública in- ternacional, es pertinente reformular las bases por razo- nes de fuerza mayor; Que, el Comité Especial de Adquisiciones encargada del Proceso de Licitación Pública Internacional, mediante Oficio Nº 03-2003-CE/MDA concluye que de acuerdo a losinformes antes indicados es procedente declarar la nuli- dad de Oficio del acto administrativo de aprobación de las Bases Administrativas de la Licitación Pública Internacio-nal Nº 001-2003-CE-MDA, para la adquisición de dos vol- quetes, considerando en las nuevas Bases los nuevos fac- tores condicionantes; Que, según el artículo 57º del TUO de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, se declara nulos actos admi-nistrativos expedidos por las entidades cuando: “hayan sido dictadas por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico oprescindan de las normas esenciales del procedimien- to o de la forma prescrita por la normatividad aplica- ble...”; Que el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, dispone que el titular del pliego o la quecorresponda, podrá declarar de oficio la nulidad de Proce- so de Selección por alguna de las causas establecidas el Art. 57º de la Ley...”; En uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por D.S. Nº 013-2001-PCM, contando con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Administración; RESUELVE: Artículo 1º .- Declarar la Nulidad de Oficio del acto ad- ministrativo de aprobación de las Bases Administrativas de la Licitación Pública Internacional N°001-2003-CE-MDA,para la adquisición de dos volquetes, en razón a los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo 2º .- Retrotraer el Proceso de Licitación Públi- ca Internacional Nº 001-2003-CE-MDA a la etapa de for- mulación de Bases Administrativas y encargar al ComitéEspecial las acciones necesarias para el cumplimiento de lo resuelto. Artículo 3º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 21318