Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2003 (15/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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merito al Informe Final emitido por la Comision de Concurso y a la Resolucion Secretarial Nº 103-CND-ST-2003. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SARDON Presidente Regional 21210

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Amplian plazo para que PROHVILLA pueda promover mecanismos de control ambiental y generar desarrollo apropiado en la MORDAZA de los Humedales de MORDAZA
ORDENANZA Nº 553 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 102-2003-MML-CDU de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Dictamen Nº 005-2003-MML-CSCMA, de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA planificar el desarrollo MORDAZA y rural de su circunscripcion, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Articulo 195º inciso 6), de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV; concordado con el Articulo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que MORDAZA que las Municipalidades Provinciales son competentes para regular o pronunciarse sobre Zonificacion y Urbanismo; Que, de acuerdo al Articulo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, el Articulo 161º inciso 1, numeral 1.3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en materia de planificacion, desarrollo MORDAZA y vivienda, es competente para constituir, organizar y administrar el Sistema Metropolitano de Parques, integrado por parques zonales existentes, parques zoologicos, jardines botanicos, bosques naturales y las areas verdes ubicadas en el Cercado de MORDAZA, en forma directa o a traves de sus organismos descentralizados o por terceros, mediante concesion; Que, la Ordenanza Nº 184-MML publicada el 11 de noviembre de 1998, que aprueba la Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA y de la MORDAZA de Amortiguamiento; y, en su Decimo Tercera Disposicion Complementaria establece que la regulacion o vigencia de las licencias de funcionamiento para usos industriales vigentes en la MORDAZA de Reglamentacion Especial de Pantanos de MORDAZA, seran condicionadas a estrictos controles de manejo y/o auditoria ambiental solicitada por PROHVILLA; Que, la referida MORDAZA, crea la Autoridad Municipal de los Pantanos de MORDAZA (PROHVILLA), como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con personeria de Derecho Publico Interno, con au-

tonomia administrativa, economica y tecnica y es la encargada de realizar la gestion y administracion de la MORDAZA de Reglamentacion Especial de Pantanos de MORDAZA, estando conformada por los representantes de los gobiernos locales de la MORDAZA de influencia, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como por los organismos con competencia sobre el area natural; Que, asimismo, la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 184-MML, establece que las actividades economicas que no cumplan con los requisitos y condiciones establecidos y tengan la condicion de No Conforme, deberan en el plazo MORDAZA de cinco (5) anos, proceder a su adecuacion mediante el correspondiente Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA). En caso que los infractores no cumplan con la citada adecuacion, la Autoridad exigira e impondra las medidas de mitigacion necesarias, asi como las sanciones administrativas correspondientes, que incluyen la suspension de las actividades, la cancelacion de licencias o su reubicacion; Que, es politica de la actual administracion fortalecer la gestion de la Autoridad Autonoma de los Pantanos de Villa; y, a efectos de implementacion de la reglamentacion que impulse y promueva la conservacion y defensa de los Humedales de MORDAZA, es necesario que el Consejo Directivo de PROHVILLA cuente con un plazo adicional al fijado en la MORDAZA, a fin de fortalecer sus capacidades, competencias y recursos, en favor de una gestion proactiva y promotora del desarrollo sostenible del Humedal y su entorno de influencia; por lo que, consideran oportuno ampliar a 12 meses (1 ano) el plazo establecido para la adecuacion ambiental de acuerdo a la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 184-MML; Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO DISPUESTO POR LA PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA DE LA ORDENANZA Nº 184-MML PUBLICADA EL 11 DE NOVIEMBRE DE 1998 Articulo Unico.- Ampliar a 12 meses (1 ano), el plazo establecido por la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 184-MML, a fin que la Autoridad Municipal de Proteccion de los Pantanos de MORDAZA - PROHVILLA, debidamente fortalecida en sus funciones, competencias y recursos, pueda promover mecanismos de control ambiental y generar un desarrollo apropiado en la MORDAZA de los Humedales de MORDAZA, aplicando la reglamentacion vigente para las actividades instaladas en su ambito de influencia, debiendo la Autoridad formular su Plan de Accion en el plazo de 60 dias posteriores a la aprobacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA a los seis dias del mes de noviembre de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 21269

Crean Libro de Registro Unico de Organizaciones Juveniles
ORDENANZA Nº 556 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre de 2003, los Dictamenes Nºs. 198-2003MML-CAL de la Comision de Asuntos Legales y Nº 0032003-CJD-MML de la Comision de la Juventud y Deporte, solicitando aprobacion del Proyecto de Ordenan-

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